Hola Peter, tú solicitas una incapacidad permanente, luego después el EVi en función de tus limitaciones, secuelas y de cual es tu trabajo habitual decide el grado de parcial, total, absoluta o gran invalidez.
Tu no puedes pedir la absoluta, ellos considerarán que concederte.
Sobre lo de si es total y darte el 75% al tu haberlo solicitado si cuando se te ha concluido el punto 5, osea, hoy, no estabas cotizando (por ejemplo por vacaciones no disfrutaras y remuneradas) pues te debería de venir directamente con el 75%.
Un saludo