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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#32956

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola María cómo bien dices Emilio la reclamación viene estimada o desestimada pero no se meten para nada en el alta o baja.
Un saludo 
#32957

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

sabeis la reduccion del 33? y las siguientes?
Gracias
#32958

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es que depende de los que ganes, cuando tienes desde el 33% al 64% no pagas impuestos por los primeros 8500 euros que ganas, en lugar de 5500, estás exento de 3000 euros.
Sin embargo cuando tienes el 65% o más están exento de los primeros 14500 euros, son 9000 euros en lugar de 3000.

Por ejemplo, si ganas 20000 euros:

Con el 33 al 64% pagas impuestos por 11500 euros
Con el 66% o más, pagas impuestos por 5500 euros.

Por eso te digo que va en función de lo que ganes
Un saludo 

#32959

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Mil gracias vecino yo es que en estas cosas de la renta me pierdo completamente 🙏🏼😅 x cierto ayer te escribi!!!😜😂
#32960

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ayer estuve muy perdido, ahora lo miro 😃😃
#32961

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ok, José Luis muchas gracias. Me vale!!! 
#32962

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ayyyyy como te gusta perderte!!!!😂😂😂😂
#32963

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias 🙏 . tengo programada infiltraciónes después y ya me tocaría tramitar el pago directo (pasar d los 18 meses). Ya, ya se q es difícil anticipar-se a los pasos tiempos respuestas...😄🤷🏼‍♀️, pero es inevitable q este sms d cita icam por Reclamación previa me ha puesto d nuevo nerviosa, pienso si implicara el alta que ha llegado el momento de hablar con la empresa de la incompatibilidad d mis patologias con el trabajo de la fàbrica..gracias por tu aclaración. Ya os contaré cómo ha ido para que sirva a otros casos. 
#32964

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola!!

Una pregunta, si te quitan la IP y tenias paro de antes se que lo pierdes, pero tienes el subsidio de mayores de 52 años, verdad?
#32965

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

el subsidio de mayores de 52 años tampoco puedes solicitarlo,puedes solicitar una ayuda que conceden en estos casos de 6 meses ampliable hasta los 18 meses de 480€,pero esta no cotiza
#32966

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Y una vez agotados esos 6 a 18 meses en que situación te quedas? Si reúnes los requisitos para el subsidio de mayores de 52/55 años no puedes cobrarlo por venir de una incapacidad permanente?
Un saludo 
#32967

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

yo en esto tengo dudas, tengo respuestas de un abogado que si. alguien lo sabe seguro?
#32968

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

en principio tienes que volver a cotizar 2 años o haber cotizado durante la incapacidad y tener derecho a paro para tener opcion al subsidio de mayores de 52 porque las cotizaciones anteriormente las utilizaron para la incapacidad:
 
El subsidio por revisión de invalidez

Actualizado: 10/01/2023

Requisitos

1- Haber tenido una pensión por incapacidad permanente que le ha sido retirada por mejoría.  Es decir, haber sido declarado capaz para el trabajo o en situación de incapacidad parcial como consecuencia de un expediente de revisión de la situación de incapacidad permanente absoluta o total por la que cobraba una pensión.

2- No tener ingresos propios superiores a 750€ mensuales (2023).  Es el requisito de carencia de rentas, que fija el tope de ingresos en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

3- No tener derecho al paro, la prestación contributiva por desempleo.

4- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo (el mes de espera) y suscribir el compromiso de actividad, que >implica no haber rechazado una oferta de trabajo propuesta por la oficina de empleo ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en cursos de formación, orientación, etc desde la inscripción como demandante de empleo.

Si tuviera derecho al  subsidio para mayores de 52 años se le concedería éste, pues es más favorable.

Plazo para la solicitud

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al cumplimiento del mes de espera, es decir, a partir de la declaración de capacidad hay que inscribirse como demandante de empleo, esperar un mes y luego hay 15 días hábiles para solicitar el subsidio.

La inscripción como demandante de empleo y la solicitud posterior debe hacerlas en la oficina de empleo que corresponde al domicilio en el que está empadronado.

¿Cuánto dura este subsidio y cuánto se cobra?

El subsidio se concede durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.  Vea cómo renovar el subsidio.

Se cobra el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir,  480 euros/mes (en 2023) 

#32969

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes ,como puse ayer , me concluyo el punto 4 y sigo con los 8 puntos y el 5 sigue ahi.
Acabo de entrar en mi expediente y me pone PENDIENTE RESOLUCION.
No se si es bueno ,o no ...pero parece que ya va quedando menos para saber si me aprueban o me deniegan el expediente.

saludos a  todos
#32970

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

con eso tienes el 90% de posibilidades de que te concedan la incapacidad