Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Vamos a ver ...... si la entrevista fue como tu indicas "infructuosa", creo que el camino es "la escritura" todo lo que pidas por escrito, al SAC, dónde por cierto se puede perfectamente reclamar o pedir copias de documentos por mail al domicilio electrónico que consta en la web del Banco de España o que también figura en la propia web de tu entidad http://www.catalunyacaixa.com/Portal/es/Particulares/Comodin+Atencion+Cliente
El tema de MiFID no es aplicable antes de 2007, es mas sobre el 2004 ó 2005 y cuando en Europa se estaba preparando esta normativa, algunas entidades de forma voluntaria ya clasificaban los productos con un semáforo, verde sin riesgo o con uno muy moderado, amarillo ..... y luego rojo ....
Antes de la MiFID había ya mucha protección al usuario bancario, pero me hablas de 1992 ¿es así, 20 años? porque de serlo las características no son ni comparables, si bien supongo que sentencias hay, no obstante creo que en un nivel de antigüedad de este calado, es un tema de profesionales del derecho, no creo que aquí te podamos dar alguna luz ..... no obstante, el primer paso ya lo has dado y es obtener la documentación, pero puede ocurrir que tras mas de 15 años ni la conserven, y deberían porque la destrucción de los contratos u órdenes debería efectuarse cuando se cancela y tras 15 años de ello, no obstante 20 años son muchos para que no se pueda considerar que hay una aceptación tácita de los hechos ..... lo siento, pero me temo que esto es ya para profesionales, no por el tipo de problema, sino por el tiempo transcurrido.