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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#4456

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Por la cantidad de intereses pagados las declaraciones originales debían de ser todas a devolver.
#4457

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Añado: recibido también el pago por las rectificaciones de 2020 y 2022. Figuran asímismo las 4 liquidaciones rectificativas con la suma de los intereses de demora.

Sobre el cálculo de los intereses de demora, los han practicado desde el 1-11-2024 hasta las fechas de las liquidaciones 18-8 y 20-8-2025. 

No sé porqué han tomado esa fecha de 1-11-2024, como de inicio del cálculo, ¿de dónde la han sacado? 
Las declaraciones iniciales, por los 4 ejercicios, fueron a devolver. ¿No se suponía entonces que en caso de rectificación de devoluciones, como es el supuesto, tendrían que calcularse los intereses de demora desde el transcurso de los 6 meses desde que finalizó el plazo correspondiente de declaración, es decir, desde el 1-1-2021, 1-1-2022, 1-1-2023 y 1-1-2024, respectivamente para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022? 
¿Podría alguien ilustrarme si es así o estoy equivocado?
Lo único que me queda por pensar, es que en esa fecha se hubiera publicado alguna norma relativa a las Mutualidades, en donde se especificara que es ahí cuando comenzaría el cómputo.
#4458

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

equivocado

#4459

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

cómputo intereses de demora mutualidades

https://www.asensioyasociados.com/21042025/
#4460

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si a la fecha del 1-11-2024 le restas 6 meses te saldrá la fecha cuando presentaste la reclamación, el inicio del pago de intereses lo han tomado 6 meses después de la presentación del formulario de reclamación de 2024. Esto corresponde cuando las declaraciones originales fueron a devolver.
En el caso de las declaraciones positivas la fecha de inicio del pago de intereses corresponde con la fecha que se efectuó el pago de la declaración original.
#4461

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Año 2019
                                              Dias
28-10-24 hasta 31-12-24     65       5,02
1-1-25.   hasta  13-08-25    225    17,44
14-08-25 hasta 20-08-25.       7      0,54
             Total intereses.                  23,00
Año 2020
                                              Días
28-1024 hasta 31-12-24      65       4,29
1-1-25.   hasta  13-08-25    225    14,91
14-08-25 hasta 20-08-25.       7      0,46
              Total intereses.                 19,66
Año 2021
                                              Días
28-10-24 hasta 31-12-24      65      4,29
1-1-25.   hasta  13-08-25    225    14,90
14-08-25 hasta 20-08-25.       7       0,46
               Total intereses.                 19,65
Año 2022.                            Dias
31-10-24 hasta 31-12-24      62      4,24
1-1-25.   hasta  14-08-25    225    15,51
15-08-25 hasta 20-08-25.       6       0,41
             Total intereses.                  20,16









#4463

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Los intereses abonados son irrisorios para el tiempo que llevamos esperando, pero en fin ya parece que esto está terminando... Hasta ver qué es lo próximo que se puede reclamar a estos gandules saludos
#4464

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

quejarse por quejarse: debido a la tenacida, voluntad y capacidad de unos pocos contribuyentes que recurrieron y recurrieron hasta llegar a Supremo (casi todos con altos cargos y por tanto salarios y con importantes planes voluntarios de previsión social), desde que se publicó en el BOE la Ley 35/2006 con la disposición transitoria segunda, que abrió el melón y que posibilitaba solicitar rectificaciones de autoliquidaciones por devoluciones por ingresos indebidos desde el ejercicio 2000 que se presentó en 2001 (la prescripción era de 5 años), se llega a la ST  de abril de 2023, que por fin reconoce el ajuste por aportaciones a mutualidades y la sentencia de 2024 que explica cómo se hace el cómputo.
Pues bien, la gran mayoría de jubilados mutualistas deben dar gracias a Hacienda que en octubre/noviembre de 2024 decide facilitar el proceso cruzando datos con la SS y dejar de solicitar los documentos de las aportaciones que habían hecho a lo largo de su vida laboral hasta 1999.
Aún así, la gra  mayoría de los afectados no supieron que lo eran hasta que hacienda decide incorporar en los datos fiscales del ejercicio 2023
#4465

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

quejarse por quejarse: debido a la tenacida, voluntad y capacidad de unos pocos contribuyentes que recurrieron y recurrieron hasta llegar a Supremo (casi todos con altos cargos y por tanto salarios y con importantes planes voluntarios de previsión social), desde que se publicó en el BOE la Ley 35/2006 con la disposición transitoria segunda, que abrió el melón y que posibilitaba solicitar rectificaciones de autoliquidaciones por devoluciones por ingresos indebidos desde el ejercicio 2000 que se presentó en 2001 (la prescripción era de 5 años), se llega a la ST  de abril de 2023, que por fin reconoce el ajuste por aportaciones a mutualidades y la sentencia de 2024 que explica cómo se hace el cómputo.
Pues bien, la gran mayoría de jubilados mutualistas deben dar gracias a Hacienda que en octubre/noviembre de 2024 decide facilitar el proceso cruzando datos con la SS y dejar de solicitar los documentos de las aportaciones que habían hecho a lo largo de su vida laboral hasta 1999.
Aún así, la gra  mayoría de los afectados no supieron que lo eran hasta que hacienda decide incorporar en los datos fiscales del ejercicio 2023, declaraciones presentadas en 2024.

Y desde la publicación de la Ley 35/2006, hacienda ha trabajado para todo tipo de gobiernos.

#4466

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo ya comente que no voy a perder un segundo con los intereses . Mi devolución es alta, unos 
2.000 euros por ejercicio. Aun no han tocado nada, eso lo primero que me gastaría ver y luego que me llegue la devolución, me da igual me paguen o no me paguen interés, no voy a reclamar nada.  Quiero acabar con esta historia.
#4467

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¡Qué razón tienes! Algunos se quejan de vicio. Esperan a que otros cosechen para recoger ellos los frutos.
En relación con los intereses, ya he puesto varios mensajes señalando una posible impugnación para quienes los consideren insuficientes.
El movimiento de demuestra andando.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4468

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Lo que hay que dar es gracias a las personas que lucharon en los juicios y a las del foro y algún otro medio (pocos) que ha seguido el tema y han estado informando.

A Hacienda (y al Gobierno) no hay que darle gracias por nada. Existen gracias a nuestros impuestos, son cargos públicos y como tal su trabajo es ayudar al ciudadano.
Su "ayuda" ha consistido en ocultar todo lo posible la información, requerir formularios (que realmente nunca tendrían que haber existido) y entorpecer el proceso lo máximo posible.
Sólo faltaría que Hacienda y la SS no compartan esos datos....

Seguramente muchos que lo hayan pedido es gracias a los hijos (yo se lo he hecho a mis padres), porque estoy seguro que un % muy alto de personas mayores ni saben que existe este proceso.

Deberían haber sido devoluciones automáticas, y no lo han sido porque no les ha dado la gana de ayudar.

Y siguiendo con los datos:
Zaragoza
2019 y 2020 sin tocar
2021 y 2022 rectificados en 2024
0 devoluciones.

#4469

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Un inciso: la mayoría no esperaba recoger los frutos de la cosecha de otros porque simplemente desconocían este tema.


#4470

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muy bien tu contestacion, adecuada