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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#4441

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

"Pues hombre, lo habitual es el 52% de la pensión que recibía el cónyuge."

que no es lo mismo que sobre la base reguladora....

#4442

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pero en caso el de mi sra o si fuera yo el que cobrara la pension de viudedad, no recibiriamos ese 52%, pues entre nuestra pension propia y la viudedad, nos pasamos un poco del maximo. Es por ende que seria inferior.
#4443

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Como tu quieras , mi base reguladora es 2.600 y el bruto que recibo son 2.600, por tanto, me da igual el 52% de la base reguladora que el 52% que del bruto que recibo. Pero si te hace ilusion, pues no es lo mismo.
#4444

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

#4445

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

no es que me haga ilusión ó no me haga ilusión, no es lo mismo: en términos  sencillos, la base reguladora es una cuantía resultante de promediar las bases de cotización de un trabajador durante un período específico (actualmente, los últimos 25 años para la jubilación), y la pensión es la cantidad periódica que la Seguridad Social paga al trabajador, la cual se calcula aplicando un porcentaje a esa base reguladora, 

https://www.bancosantander.es/blog/jubilacion/diferencias-base-reguladora-base-cotizacion


#4449

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo creo que no he indicado , que efectivamente el primer año de cobro de la pension, la base reguladora, coincida con el bruto a cobrar. Pero hay un dato importante no tenido en cuenta, que supongamos han pasado 10 años, entonces, no es igual,

¿Cuánto me corresponde?

Con carácter general, la pensión asciende al 52% de la base reguladora, aunque puede alcanzar el 60% en determinados supuestos (ser mayor de 65 años, no percibir otra pensión pública española o extranjera, no tener ingresos por la realización de trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia, ni disponer de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas, superiores a 7.569,00 euros/año), e incluso hasta el 70% en caso de que existan cargas familiares y poco nivel de ingresos.

En caso de separación judicial o divorcio, si no hay más posibles beneficiarios me corresponde el importe íntegro aplicando esos porcentajes. Si no, se calcula proporcionalmente al tiempo de convivencia, garantizándose el 40% a favor del cónyuge o pareja de hecho superviviente con derecho a esta pensión.
AQUI ESTA EL LAPSUS
La base reguladora a la que se aplica estos porcentajes será la misma que sirvió para determinar la pensión de jubilación o incapacidad inicial

Ahi ha estado la confusión, o no.

#4450

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

AQUI ESTA EL LAPSUS
La base reguladora a la que se aplica estos porcentajes será la misma que sirvió para determinar la pensión de jubilación o incapacidad inicial

Ahi ha estado la confusión, o no
  
                         SI
#4451

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo lo tengo igual, rectificaciones en agosto 2024 tramitadas y si .. He realizado de abril de este año
#4452

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenos días a todos, a mi padre ya le han ingresado los 4 ejercicios, 2 el día 19 y 2 hoy.
Le llegaron 4 sms y se pudo descargar los 4 recibos.
Me ha sido muy útil este foro,
Gracias 
#4453

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Enhorabuena por mi parte sigi esperando 
#4454

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Cuando dices descargar los "recibos", a qué te refieres? a las liquidaciones rectificativas? O a qué?
Te figuran los intereses de demora? Y las fechas de cálculo? 
#4455

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Lo prometido es deuda
Año 22. 636,60-616,44= 20,16 €
Año 21. 614,47-594,82= 19,65 €
Año 20. 614,94-595,28= 19,66 €
Año 19. 696,28-696,28= 23,00 €
Intereses abonados        82,47 €
La primera cifra de cada linea es lo que me han devuelto y la segunda cifra de cada linea lo que me tenían que devolver...
Tengo cuatro notificaciones por ver qué me imagino que es donde puedo ver los días totales de los intereses...cuando los pueda mirar los pongo. SALUDOS