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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#2611

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

O sea que desde la aplicación  de la DT39, los que cobraban la PM, dejarán de cobrarla porque porque solo se les aumentará el IPC, pero no el incremento de la DT39  ??
#2612

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A pesar de saber el ipc definitivo a aplicar en las pensiones de 2026, seguimos con la incertidumbre de si seguirán aplicando la DT34.2.
Sin embargo, con respecto a la DT34.3 , por lo que estoy viendo por las redes, se da como hecho que continuará aplicandose y si es así tendremos que darle la razón a Panconqueso, que siempre ha defendido esa opción y yo la he secundado con él.
En mi caso, estoy a la espera de resolución, que supongo que me llegará a mediados de Enero.
En breve saldremos de dudas
#2613

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Respecto a la DT34.2 la incertidumbre se resolverá en poco tiempo.
Respecto a la DT34.3, debo reconocer mi error y dar la razón a Panconqueso y los que apoyabais ese razonamiento, creo que es justo reconocerlo y así lo hago. Pero por otro lado, solo se podrán acoger a ella, desde mi punto de vista, un número cada vez menor de personas
#2614

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Cierto que cada año serán menos las personas que se puedan acoger a la DT34.3!!!!
Tú, que ya estás jubilado, me puedes confirmar que sólo cobrarán la PM en 2026 los que se jubilen en 2026 ??
Porque a los jubilados del 2025 y anteriores solo se les incrementa
el ipc, pero no la DT39???
Gracias por tus grandes aportaciones al foro Jalcper, te honra el reconocimiento de la continuidad de la DT34.3
#2615

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así lo entiendo yo. Puedes ver el post de Icens, 2558 y el mío 2558, creo que hay alguno mas, en el que comentamos esta circunstancia.
Los que cobraron la P. Maxima en 2024, en 2025 solo les subieron el IPC, es decir 2,8% quedando su pensión en 3263,94€. No se si hay alguien en el foro que pueda corroborar este dato, pero al menos esto es lo que yo entiendo de la ley y de la DT 39. Aui dejo una tabla en la que se puede ver como ira cambiando la P. Maxima hasta 2050 con un IPC del 2% anual aplicando la DT39.
#2616

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Confirmado. A partir de ahora el concepto “pensión máxima” así, a secas ya no resulta suficiente… Hay que ponerle la añada, como a los buenos vinos… pensión máxima del 29, pensión máxima del 37 menos 6%, etc…
Por lo que comentas, ahora y en otros post anteriores, ya has solicitado tu jubilación anticipada con fecha 1 de enero, así que serás la punta de lanza del 26. Mucha suerte y ya nos contarás. Despejaremos dudas o bien con el Criterio o con tu Resolución. También podría ser que retrasen tu Resolución hasta que haya Criterio. No lo sé. ¿Qué hacían en 2024?
Respecto a la DT34 3, cuya continuidad todavía no se ha confirmado, aunque es de pura lógica que así se haga,  creo que durará hasta que no haya nadie que pueda cumplir sus condiciones. Esto sucederá, salvo raras excepciones, en unos 5 o 6 años… Antes del fin del período establecido para la aplicación de la DT 34
#2617

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No te lo puedo confirmar, no conozco ningún caso, es mi interpretación de la Ley y de la DT39.
Me explico, la Ley actual no recuerdo artículos, te dice que las pensiones subirán anualmente el IPC medio de los últimos 12 meses desde Diciembre del año anterior a Noviembre del año actual, que a día de hoy, según mi calculo y a falta de confirmar por el Gobierno es del 2,7%, por lo que estas subirán ese tanto por ciento, incluidos los que el año anterior cobraron la P. Máxima. Ahora bien, el incremento de la DT39, a mi entender, SOLO se refiere a la P. Máxima del año en curso, y se le aplica el tanto por ciento que indica la DT, 0,115%, sobre la P. Máxima del año anterior. 
Por este motivo, y repito es mi opinión y lo que entiendo, el que en 2025 cobro la P. Máxima, este año solo le subirán el IPC.
En mi caso, me aplicaron la DT34.2, es decir tuve penalización por jubilarme anticipadamente, por lo que no cobro la p. máxima. Los que se jubilan/jubilamos anticipadamente no cobramos la máxima, esta, SOLO la cobraran los que se jubilen a su edad de jubilación ordinaria, no se, si puede haber alguna otra circunstancia que lo permita. 
Espero haberme explicado
#2618

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te dejo una tabla en la que puedes ver que sucederá, en mi opinión y salvo error, aplicando la DT39, solo hasta 2035, pues va hasta 2050, para que se puede apreciar la imagen
 
Evolucion P. Maxima con aplicacion DT39
#2619

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes @jalcper,

¿Por qué en la columna incremento vas sumando 0,115% cada año?

Cada año sube un 0,115% sobre la PM y así sale en el programa de cálculo de la Seguridad Social y es acumulativo porque al año siguiente sube sobre otro 0,115% sobre la pensión máxima. Pero veo que interpretais acumulativo subiendo los siguientes años 0,115% x 2, 0,115% x 3, 0,115% x 4, etc.

Adjunto una captura se pantalla de una simulación.



En los cálculos que hace la Seguridad Social en su página "Tu Seguridad Social" tienen en cuenta un 2% anual + un incremento de 0,115% cada año, pero no va acumulando ese 0,115% como sale en las tablas que has publicado.

Adjunto otra captura de pantalla con lo que ponen en las observaciones en la simulación.



¡Un saludo!
#2620

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Os mantendré informados, espero que no me retrasen la resolución hasta que no saquen el criterio de gestión!!!
En 2024 no sé cómo actuaron !!!
#2621

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si, está claro!!!
Gracias
#2622

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Tengo que corregir MIS ERRORES de CALCULO de los POST 2618, Tabla del 2615, que no de concepto. No puedo cambiar los post en los que están los cálculos equivocados respecto a la aplicación de la DT39 y la P. Máxima para el año que viene:
  1. La P. Máxima del año que viene, es como esta comentado en un post anterior, es 3336,70€, como bien da el simulador de la Seguridad Social, aunque con un IPC del 2%, y para 2027, 3407,27€.
  2. Mi calculo de P. Maxima de 2026, una vez corregido mi error, es de 3359,58€.
  3. Las tablas anteriores, SON ERRONEAS, pues en el calculo de la P. Máxima de cada año, ya arrastraba en el calculo el 0,115% anual, y mi error, que no se cuando y como lo cometí, fue añadirle otra vez el 0,115% a cada año. LO SIENTO.
Los errores, como digo, han sido de calculo, que no de concepto, como ya he comentado en post anteriores
DOY las GRACIAS a J.a Javi_81 por hacerme ver el ERROR que he cometido y poder así corregirlo
#2623

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34


No es mi día, vuelvo a cometer un nuevo error en el punto 3.
Mi error era que, a la maxima del año anterior, que ya llevaba el acumulado, le volvía a aplicar el acumulado, y no el 0,115% anual.
Ahora si, espero haber aclarado bien donde tenía el error.
Repito mis disculpas por mis errores, mi intención es ayudar, siempre desde mi punto de vista.
#2624

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días @jalcper,

Nada que disculpar, sin debate no podemos llegar a interpretar algunas normativas que las redactan con gran ambigüedad y no nos lo ponen nada fácil.

La grandeza de este foro la forman los rankianos que participan, y entre todos intentar sacar conclusiones.

Agradecido de todas tus aportaciones.

¡Un saludo!
#2625

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34


Jalcper, en absoluto estas errado. Todos tus cálculos encajan con la idea que teníamos hasta ahora de la aplicación de la DT39. Leeros la página 162 de este foro. Siempre creímos y esa es la razón de los cálculos que hiciste que el 0,115% era acumulativo... 2025 el 0,115%, 2026 el 0,230%, 2027 el 0,345% etc...
Pero lo creímos así porque así estaba implementado en el simulador. Y pudo comprobarlo cualquiera que hizo los cálculos.
Pues bien, la SS ha dado un golpe de timón y ahora lo interpreta como un 0,115% a sumar cada año.

Fijaros en dos simulaciones mías, una de marzo y otra de diciembre, donde queda patente el cambio de interpretación. Para la subida de la PMax de 2026, a la Pmax de 2025, en marzo aplicaban el 2% mas el 0,230% = 3340,47€ y en diciembre aplican el 2% mas el 0,115% = 3336,71€ (la subida por IPC todavía no está).


Fecha del cálculo : 19/03/2025
v1.11
Informe de Simulación de jubilación
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La cuantía de su pensión puede minorarse en el caso de que perciba otras pensiones, de manera que la suma de las mismas no supere el importe máximo para
las pensiones públicas, fijado en cada momento. De manera orientativa, para el ejercicio 2026 la cuantía estimada de la pensión máxima es de 3.340,47 €, si bien...




Fecha del cálculo : 18/12/2025
v1.11
Informe de Simulación de jubilación

La cuantía de su pensión puede minorarse en el caso de que perciba otras pensiones, de manera que la suma de las mismas no supere el importe máximo para
las pensiones públicas, fijado en cada momento. De manera orientativa, para el ejercicio 2026 la cuantía estimada de la pensión máxima es de 3.336,71 €, si bien...


Así que los cálculos de Jalcper no estaban equivocados respecto de la forma como estaban aplicando (en el simulador) la DT 39

El porqué de ese golpe de timón de la SS creo que se merece un debate...