Aunque el Banco de España lo considera una mala práctica, todavía no están obligados legalmente a que el cierre tenga que ser on-line, aunque queda poco para que les obliguen.
Quizás reclamando al Banco de España se podría conseguir el cierre, si este les traslada la petición indicando que lo considera una mala práctica.
La Directiva (UE) 2023/2673 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, es la que les obliga a ello, y España debe transponerla antes del 19 de diciembre de 2025. No obstante, las nuevas obligaciones previstas por la Directiva no serán aplicables hasta el 19 de junio de 2026.
Así que, en teoría, queda menos un año para que se puedan cerrar on-line, sin excepción, parece.
Saludos.