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Análisis del nuevo Código Mercantil

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¿Qué es el nuevo Código Mercantil?

La nueva Ley del Código Mercantil sustituirá al Código de Comercio que se encuentra vigente desde 1885. El nuevo Código Mercantil está compuesto por 1.726 artículos y debido a su complejidad, la Comisión General de Codificación, lleva trabajando en su redacción desde el año 2006.

El nuevo Código Mercantil se centra en el concepto de mercado dentro del entorno actual y, por tanto, regula conceptos que no disponían de normas específicas en el momento en el que se redactó el Código de Comercio.

Nuevo Código Mercantil: definición de mercado

El título preliminar del nuevo Código Mercantil define al mercado de la siguiente manera:

El mercado se concibe como el ámbito donde se cruzan ofertas y demandas de bienes y servicios mediante relaciones jurídico-privadas que son objeto de una regulación especial. Los protagonistas de ese tráfico se clasifican en productores de bienes y prestadores de servicios, que son los operadores del mercado sujetos al Código, y los consumidores.

Además el Código Mercantil regula materias que anteriormente carecían de normativa aplicable. En este sentido, el Código Mercantil, define normas sobre la empresa y las operaciones. También se incluyen varios artículos sobre la propiedad industrial y sobre distintos tipos de contratos como, prestación de servicios mercantiles, contratos bancarios, prestación de servicios electrónicos, etc.

 

Nuevo Código Mercantil: la empresa y el empresario

En el Código Mercantil se incluye:
  • La regulación de las empresas.
  • La representación de los empresarios.
  • Los negocios sobre las empresas.
  • El Registro Mercantil.

Concepto de empresario

El término empresario se define en un sentido amplio. Se entienden como empresarios, a los agrícolas y a los artesanos. También se incluye dentro del concepto y se les considera operadores de mercado a las personas que ejercen actividades intelectuales, liberales, científicas y artísticas siempre que sus bienes o servicios se destinen al mercado.

Incluye a todas las personas jurídicas que ejerzan las actividades previstas en el Código Mercantil, entre ellas se encuentran: las asociaciones y las fundaciones, además de entes sin personalidad jurídica.

Limitación de la responsabilidad patrimonial de los emprendedores

El nuevo Código Mercantil limita la responsabilidad patrimonial de los emprendedores de responsabilidad limitada. En este sentido, queda recogida la exclusión de la vivienda habitual como responsabilidad en la realización de actividades económicas.

Concepto de empresa

El Código Mercantil define a la empresa como un conjunto de diversos elementos, a los que se incorpora el Fondo de Comercio. La empresa realiza su actividad en establecimientos y, entre ellos, se distinguen:

  • El principal (centro de las operaciones desarrolladas).
  • Las sucursales (dotadas de una representación permanente y de autonomía de gestión)
  • Los demás establecimientos secundarios o accesorios.

Otra de las novedades que incluye el Código Mercantil se da en los concursos de acreedores. Quedando regulada la transmisión de la empresa como conjunto y, salvo pacto en contrario o falta de conformidad de la contraparte, comprenderá la cesión de contratos celebrados en el ejercicio de la actividad empresarial, la cesión de créditos generados en ese ejercicio y la asunción por el adquirente de las deudas que resulten de la documentación contable y empresarial, de las que el transmitente responderá solidariamente.

Nuevo Código Mercantil: Las Sociedades Mercantiles

Tal vez sea en este apartado, en el que se puede encontrar una de las mayores novedades que incluye el nuevo Código Mercantil. Esta novedad se da dentro de las Sociedades de capital y, más concretamente, en las Sociedades Anónimas.

Esta novedad dentro del Código Mercantil se da en la cifra de capital social mínimo. Las Sociedades Limitadas el capital social se mantiene en 3.000 euros, mientras que la cifra de capital social mínimo en las Sociedades Anónimas se eleva hasta 120.000 euros.

También quedan recogidas las distintas fases de un contrato:

  • Fase precontractual.
  • Perfección.
  • Modificación.
  • Interpretación.
  • Cumplimiento.
  • Extinción e incumplimiento.

 

Con el nuevo Código Mercantil se pretende adaptar la Ley a las características actuales del mercado. Estos son únicamente algunos de las aspectos que quedarán recogidos en el nuevo Código Mercantil, además, habrán muchas más variaciones con respecto al actual Código de Comercio.

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