Acá en este enlace que le pasé a un compañero del foro hace unas semanas https://paiporta.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13897 tienes información de los documentos y cosas que te pedirán.
A ver, al notificar el cambio de unidad familiar te van a pedir explicaciones del porqué (como ha sido el caso) así que imagino que habrás iniciado los trámites de separación y divorcio y eso es lo que quieren saber, o si ha ocurrido por violencia de género (VG) pues la correspondiente denuncia en sede policial, o bien algún informe de Servicios Sociales... eso es lo que te piden, algún documento acreditativo de la situación que ha ocasionado esa decisión de que cambie el padrón por el cual ha variado tu unidad de convivencia.
Pues espérate porque lo último que he leído es que algunas de las ayudas por la DANA están supeditadas a la aprobación por parte del Ejecutivo de los Presupuestos Generales del Estado del 2025, ojo... quiero decir que se cuenta en algunos medios que si no se aprueban dichos PGE 2025 no habrá ayudas 😱 inmediatas, así que igual lo del IMV "se retrasa" aunque esperemos que no...La Seguridad Social, por su parte, ha indicado que los beneficiarios del IMV residentes en las localidades afectadas recibirán dichos complementos del +15% automáticamente https://revista.seg-social.es/-/seguridad-social-y-agencia-tributaria-detallan-medidas-afectados-dana
Es porque también tienen en cuenta los ingresos del año anterior al 2023... si en la casilla 0022 del IRPF 2023 tienes por ejemplo 4000 y en la 0022 del IRPF 2022 tienes cero, o sea que no existe dicha casilla, tu máximo incentivo serían 4000 (ojo, el máximo de bonificación, que no significa que te lo puedan aplicar completo), pero sí en el IRPF 2022 en dicha casilla 0022 tienes 3000 el máximo de incentivo serían 1000 porque es la diferencia.De la misma forma, si en IRPF 2022 en dicha casilla 0022 tuvieras 5000, pues no tendrías derecho alguno a la bonificación porque tus ingresos del IRPF con el que te revisan deben ser superiores a los del IRPF anterior.Esta gente no da puntada sin hilo, ya idearon un sistema complejo de calcular con vistas... es igual que las ayudas por la DANA de Valencia, que ahora dicen que están sujetas a la aprobación por parte del Ejecutivo de los PGE 2025 ... hay que joderse!
Si te llega a casa es igual dentro de un tiempo... recuerda que los acontecimientos han sido primero revisarnos el IMV a partir del 7 de octubre, luego enviar poco a poco las notificaciones (que siguen enviándolas porque la mía me llegó por DEHú hace nada) y supongo que luego las no recepcionadas por vía telemática se enviarán por correo postal, quiero decir con todo esto que igual cobramos dos meses con las nuevas cuantías antes de recepcionar por correos las cartitas de marras... ojoEs importante tener certificado digital o clave permanente para poder acceder a estas cosas, y claro, dichos certificados también caducan y hay que irlos renovando...
Yo no me daría de baja del IMV, pero si guardaría el dinero del IMV y lo aprovecharía para meterlo en algún depósito o cuenta remunerada, de forma que sea la Seguridad Social quien determine extinguírtelo en todo caso y cuando te lo reclamen dentro de 3 años se lo devuelves de golpe, pero mientras igual has generado un buen dinero en intereses a tu favor... no sería mal negocio, ojo.
7000€ a 3 años con un TAE del 2% son 420€ limpios
7000€ a 3 años con un TAE del 2% son 420€ limpios
Tuviste suerte, si se llegan a poner con tu expediente en junio te hubieran mirado con IRPF 2022 porque en esas fechas no hay datos de IRPF 2023 disponibles para ningún Organismo ni AAPP desde AEAT. A partir de julio si, pero antes no.Si echas la solicitud en abril, pasa mayo y julio en el limbo y se ponen con ella en julio o agosto, pues genial... pero si hubieran movido el culo y la hubieran analizado en el mismo mayo olvídate... por eso recomiendo echar el IMV en junio si quieres tener certeza al 100% de que te miren con el último IRPF que has realizado... en mayo igual ese porcentaje es solo un 75% y en abril un 50%.
Pero vamos a ver ¿tienes concedido el IMV? parece que no... ¿cuándo echaste la solicitud?, dices que en octubre 2023, pues te mirarán si te lo conceden o no con el IRPF 2022. Así de simple. Si te lo conceden, pues cobrarás retroactivo de esos meses de final de 2023 y todo lo de 2024 que corresponda, pero si tuviste ingresos en 2023 te los descontarán de ese retroactivo porque puede darse el caso perfectamente que te concedan para 2023 un IMV de 550€ y tras revisarte IRPF 2023 tu IMV para 2024 sea de solo 300€ ¿comprendes?¿No mirarán en octubre/noviembre de 2024 año mis ingresos de 2023 para abonarme el 2024?Es lo más probable, como te dije antes, en el supuesto de que te aprueben tu solicitud pasado octubre 2024. si tu solicitud te la aprueban en julio 2024 y te concedieron 500€ pues te abonarian retroactivo desde octubre 2023 a julio 2024 más el mes, en agosto y septiembre tambien 500€+IPC que corresponda de la subida 2024 y en octubre te revisan con IRPF 2023 y dicen "hay que bajarle el IMV a 300€/mes" pues ya cobras obtubre 300€ y les tendrás que devolver 200€ de los meses de 2024 que has cobrado de más.Luego: ¿y puesto a ir a juicio por no aprobarme el IMV después de presentar la reclamación previa...si lo gano... ¿me abonarán las cuantías desde el 1 de enero de 2023 hasta hoy?Te pagarán lo que reclames judicialmente si es de ley; si el juez estima que te pertenece IMV desde enero 2023 porque fue cuando presentaste la solicitud inicial de IMV que fue denegada y que recurriste y te volvieron a denegar y por eso acudes a la vía judicial, pues si.La SS accede a mis datos fiscales con mi permiso desde 2020 y sabe de mi situación. ¿No ingresa el IMV de cada año de oficio si comprueba la vulnerabilidad de cada año? Pues no, ese proceso de revisión / actualización se realiza en octubre / noviembre de cada año y se basa en lo que haya indicado cada uno en su IRPF... por eso se hace tan tarde, porque tienen que esperar a que Hacienda consolide y tenga disponible la información... es como si en un juicio de impagos o fraude en junio 2024 el fiscal solicita a Hacienda a través del PNJ información fiscal y patrimonial del demandado, que solo recibirá datos hasta 2022 porque el 2023 no está disponible hasta pasado el 30 de junio de 2024.
Si quieres que te miren con el IRPF 2024 (la declaración de la renta de tus ingresos de este año que haremos cada uno a partir de abril de 2025), deberás primero hacer la declaración nada más se inicie el plazo y después solicitar el IMV a partir de junio de 2025.Es la única forma de que te miren con IRPF 2024.
Ok, pues no será tu caso, pero a poco que leas en el foro verás que llevamos hablando del tema este año desde la revisión que se realizó el siete de octubre y se comenzó a avisar a la gente, y en este último mes hay decenas de consultas iguales y llevo años recomendando que se saque un certificado digital o una clave permanente para poder realizar gestiones con las AAPP y no depender de tener que estar al teléfono dos horas para que nos atiendan o acudir a oficinas de la Seguridad Social o de cualquier organismo a realizar consultas que podemos obtener fácilmente desde internet con una par de pasos desde cada sede electrónica y un portátil o incluso con un móvil. Siento la expresión y desconozco la situación de cada uno, pero como ves es sencillo saber las cuentas como van, se ha explicado decenas si no cientos de veces, por parte de varias personas tanto este año como en años anteriores. Dicho esto mis disculpas si te lo has tomado a título personal porque no era mi intención y ojalá vuestra situación mejore.