Es referente a la RGC catalana sobre condonación de deudas anteriores a 2025 si se cumplen alguno de los dos requisitos que indican, recordando al beneficiario que es obligatorio mantener actualizada la información y comunicar cualquier variación... eso "a grosso modo" más o menos, lo cual no tiene nada que ver con el tema de este hilo (actualización 2024 / atrasos del IMV)
Ni idea sobre algo tan concreto que preguntas, pero no parece ser el caso siempre que cumplas los requisitos... léete la carta o que te responda alguien que entienda el catalán.
Te corresponde actualmente lo que te marque tu certificado integral de prestaciones, que será el importe concedido en diciembre 2023 con las variaciones correspondientes por cruce de ingresos del 2023 del año pasado (porque la concesión en diciembre 2023 sería basándose en los ingresos del 2022) hasta la revisión real para este 2025 cruzando datos de ingresos del IRPF 2024 que se realizará en octubre de este año.Dicho "certificado" lo puedes obtener mediante alguno de los métodos que ya indiqué en su momento https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4765686-estado-solicitud-ingreso-minimo-vital?page=3636#respuesta_6654894
Tendrás que reclamarlo... hay mucha más gente que le está pasando lo mismo, no sé muy bien por qué (mi teoría es que les falta dinero y van cubriendo cosas como pueden, pero vete a saber)
Mejor si es la misma, más que nada para evitar historias en el cruce de información entre las diferentes Instituciones (Seguridad Social, Censo del INE y Hacienda)