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Participaciones del usuario Marianarosa - Hipotecas

Marianarosa 14/12/23 13:43
Ha publicado el tema Cobrar cuotas de comunidad por código de participacion. - Comunidad de propietarios
Marianarosa 10/12/23 23:37
Ha respondido al tema Solicitar documentación al administrador. - Comunidad de propietarios
Pero se puede pedir de los años que quieras? otra cosa es que él diga que  no lo tiene porque se ha deshecho de ello. ¿Pero hay límite para pedir un numero determinado de años?
Marianarosa 10/12/23 23:35
Ha respondido al tema Solicitar documentación al administrador. - Comunidad de propietarios
Gracias Juan, no sabíamos que  la Junta tendría que pedir el profesional o delegarlo en el presidente, como vamos a delegar en el presidente si está implicado, igual que el que va a entrar ahora de presidente.Pero un grupo de vecinos, a través del juzgado, sí podremos solicitarle documentación y movimientos bancarios y nosotros mismos haríamos la auditoría y según lo que viéramos tomaríamos decisiones.Lo pediríamos a través del juzgado porque él no está dispuesto a dar nada. Quiere que vayas a su despacho, veas papeles pero de darte copia ni hablar.
Marianarosa 10/12/23 17:50
Ha publicado el tema Solicitar documentación al administrador. - Comunidad de propietarios
Marianarosa 22/11/23 12:04
Ha respondido al tema Carta al presidente - Comunidad de propietarios
 No, la foto de exposición se envió, se veía claramente donde estaba expuesto a la salida del ascensor y se les envió el escrito porque en la fotografía de lejos no se podía leer, pero se envió, también, otra foto con el escrito expuesto de cerca que se ve claramente que aparece el nombre, apellido piso y letra, es decir, que se ve que el afectado está claramente identificado. El le ha enviado al presidente una carta certificada donde le pide que le diga por qué expuso esa carta en el portal, la envió con acuse de recibo y tiene el justificante de que lo han recibido. No le ha contestado y pensamos que no lo va a hacer, porque creemos que lo ha comentado con el administrador y le habrá dicho que se ha metido en un lio que no conteste. ahora está pensando enviarle un burofax para ver si le contesta aunque no creemos que lo haga, pero le serviría también como justificante ante la AEPD. También está pensando en enviar el correo electrónico que envió al administrador con la carta para que se lo entregara al presidente, que podría ser otro justificante y que en la reclamación que hizo no lo envió. Ya os iré diciendo como van las cosas.Saludos.
Marianarosa 20/11/23 23:21
Ha respondido al tema Carta al presidente - Comunidad de propietarios
Gracias Juan por contestar, eso es lo que no nos cuadra porque el escrito que se expuso estaba el nombre, apellido, piso y letra, y en el segundo párrafo dice que la AEPD intervendría si la persona afectada estuviera identificada y efectivamente que lo está y ese escrito se les envío a ellos, por eso nos ha sorprendido, lo hará constar en el recurso de reposición.
Marianarosa 19/11/23 21:31
Ha respondido al tema Carta al presidente - Comunidad de propietarios
 Continuando con el tema de los datos expuestos en el portal ya ha  contestadola AEPD y nos quedan un poco desconcertados. Os pongo tres párrafos que nos parecen importantes y claves porque el resto hacen mención a legislación:  1)    “LA DIFUSIÓN de los datos personales en espacios de acceso no restringido a los propietarios, en las paredes de los portales o en tablones de uso común, podría vulnerar la normativa de protección de datos. Ahora bien, la responsabilidad de una eventual infracción solo podría determinarse si se aportara algún medio de prueba que permitiera acreditar quien difundió los datos personales. En particular, en el caso de que el documento afectado hubiera sido dispuesto, al margen de los casos legalmente previstos, en un tablón cerrado con llave cuya custodia estuviera exclusivamente atribuida a sus órganos de gobierno, sería la Comunidad de Propietarios, constituida por todos sus miembros y no solo las personas que la representan, la que asumiría a todos los efectos la responsabilidad por una posible infracción de la normativa de protección de datos.” No ha estado en ningún tablón cerrado. Ha estado expuesto en el portal a la vista de todo el personal que accedía al edificio, no solamente los vecinos. La prueba de quién ha expuesto el escrito no lo ha enviado porque es el Presidente el único que tiene el escrito que se lo entrego el administrador, y el presidente lo expuso, que no era un escrito para exponer porque era una carta de este vecino para el presidente.  2)      “Por otra parte, si entre los datos publicados solo constara la identificación de la finca, pero no los datos de su propietario, esta Agencia únicamente podría entrar a conocer del asunto en el caso de que la documentación aportada junto a la denuncia permitiera acreditar que el propietario afectado resulta identificable.” Este párrafo no lo acabamos de entender ya que entre la documentación aportada, fotos, escrito, se aportaba el escrito que había estado expuesto y aparece el nombre y apellido de la persona afectada además del piso y letra, es decir, que no entendemos que diga la AEPD que solamente intervendrían si el afectado estuviera identificado y sí lo está, y ellos han recibido el escrito donde figuran sus datos, luego pensamos que ellos deben intervenir porque aunque no le envió prueba documental de que ha sido el presidente sabemos que es él . 3)    “En el presente caso, tras el análisis realizado sobre los documentos aportados y las circunstancias concurrentes, no se aprecian indicios racionales de la existencia de una infracción en el ámbito competencial de la Agencia EPD, por lo que de acuerdo con lo previsto en el art. 65.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, SE ACUERDA inadmitir la reclamación” Aquí no entendemos nada, dicen que no ven indicios racionales de una infracción en el ámbito competencial de la AEPD, cuando en el párrafo 2 dicen que si el afectado resulta identificado ellos intervendrían y por qué no lo han hecho si esta identificado.  El vecino ha enviado una carta al Presidente preguntándole por qué expuso el escrito certificado y aún no le ha contestado. No creemos que conteste porque se habrá enterado que se ha metido en un lio y no contestará. Pero el vecino va a poner recurso de reposición y enviará el acuse de recibo de que ha recibido la carta.  Qué os parece, dadnos vuestra opinión porque a nosotros nos ha quedado un poco desconcertados. El que lo ha expuesto es claro, el presidente. Seguiré informando de como se van desarrollando las cosas y como termina todo por si puede ayudar a alguien. Espero vuestras opiniones.
Marianarosa 19/11/23 13:18
Ha respondido al tema Cuenta comunidad - Comunidad de propietarios
En el banco que tenemos la cuenta de la comunidad yo no tengo cuenta personal allí. Cuando yo fui Presidenta el Banco me dio unas claves y yo a través de la cuenta de la comunidad entraba con las claves que me habia dado el banco y yo podía ver los movimientos actuales y  los de los últimos 7 años.No sé en otras comunidades pero yo siempre he reivindicado que todos los vecinos tengamos las claves para poder ver los movimientos en modo consulta, pero el administrador y una serie de vecinos, que si la tienen, no lo quieren dar.
Marianarosa 31/10/23 14:33
Ha respondido al tema Obras con ninguna trasparencia - Comunidad de propietarios
Efectivamente Calamidades, las cosas están hechas para que sean así. No tiene otra explicación y por eso motivo están las comunidades como están. La gente nos sentimos indefensos y por cualquier cosa hay que recurrir al Jugado y hay veces que no compensa por lo caro que sale y de eso se valen los administradores y sus bandas vecinales.Yo digo que ¿quién interceden para que se hagan esas leyes? ¿Los colegios de administradores?
Marianarosa 24/10/23 21:00
Ha respondido al tema Carta al presidente - Comunidad de propietarios
Gracias muros, aunque las cosas sean parecidas lo mismo hay algún detalle que las diferencia, digo yo por pensar algo, Cuando termine todo ya os diré como ha resuelto la AEPD. Parece ser que el tiempo máximo que tienen para resolver son 6 meses. No creo que agoten este tiempo porque el asunto es claro, no es un tema complejo