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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 12/03/25 22:06
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Aclaraciones al post de mivisa en los puntos 2 y 3:2.- Aplicación de coeficientes reductores. Jubilándote de forma anticipada, con la ley actual en vigor, los coeficientes se aplican sobre la Base Reguladora, pudiendo ser esta:Superior a la P. Maxima. En este caso los coeficientes se aplican sobre la P. Maxima que exista en ese momentoInferior a la P. Maxima. En este caso esos coeficientes se aplican sobre la Base Reguladora.Los coeficientes reductores, para la Jubilación Anticipada Voluntaria, son los que figuran en el articulo 208.2Los que se han especificado en el ese post corresponden con la Ley anterior que ya no se aplica3.- Aplicación de la Disposición Transitoria 34A día de hoy, esta disposición se aplica a TODO aquel que cumpla la condición, que su Base Reguladora sea SUPERIOR a la P. MaximaAhora bien, esta Disposición tiene en su apartado 3 una salvaguarda para aquellos trabajadores que cumplan alguna de las siguientes condiciones:"Que la extinción se haya producido antes de 1 de enero de 2022, siempre que con posterioridad a tal fecha la persona no vuelva a quedar incluida, por un periodo superior a 12 meses, en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social""Que la extinción se produzca después de esa fecha como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2022."Bien es cierto, que probablemente, no lo sabemos con certeza, esta Disposición se dejara de aplicar antes de la fecha que tenia previsto (año 2033), y pensamos algunos de los miembros de este foro que se dejara de aplicar el próximo 2026. Esperemos esta equivocados y que se siga aplicando por el bien de los que se puedan acoger a ella. Ten en cuenta que con el tiempo cotizado (> 38 años 6 Meses) la penalización que te aplicarían en el Año 2029 con 63 años, es:Con la DT 34 ---> 13% sobre la P. Maxima, si Base Reguladora > P. MaximaSin la DT 34 ----> 19% Sobre la P. Maxima (si P.Max > BR) o sobre la Base Reguladora (Si BR < P.Max)Respecto al Post de Werner Pauli.Si aceptas la "oferta" de tu empresa, sin conocer las condiciones que te proponen, veo dos opciones:Que la empresa continúe cotizando por ti a la Seguridad Social hasta una fecha determinada, que puede ser la de tu Jubilación, con lo cual NO es necesario el Convenio Especial, salvo que quieras complementar la Cotización.Si no fuese la circunstancia anterior, te tendrías que suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social, para que en el momento de la Jubilación estuvieras en esa situación asimilada al Alta, este convenio lo puedes suscribir independientemente  de la edad. En mi caso yo lo suscribí también con 59 años.Te puedes acoger al Convenio Especial ( CE ) como máximo, hasta tres meses después de haber abandonado el trabajo, y te contaría como cotizado desde el momento en que dejaste de trabajar, si pasas ese tiempo, te contaria como cotizado desde el momento en el que suscribes el CE. Lo mejor es que te lo expliquen el un centro de información de la Seguridad Social (CAISS). Del resto de comentarios, (edad de jubilación, cotizaciones en la sombra etc..) que comentan, yo no te puedo ayudar.
Jalcper 09/03/25 22:36
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Sería PM - Reduccion
Jalcper 07/03/25 21:22
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Esa es mi duda, y el debate que tuvimos, algunos de los componentes del foro, hace cuantas semanas atrás respecto a si la DT34. 3 decae cuando decaiga la DT34, ese es precisamente el comentario que ha hecho Panconqueso de no abrir de nuevo el debate, pues no se conocerá realmente hasta que se deje de aplicar la DT34. Ahí queda, probablemente en unos meses se sabra
Jalcper 07/03/25 17:49
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si como entiendo, aún estás vinculado a la empresa y esa relación laboral no se ha cortado, para mi que el apartado 3, no te afecta, pero...... lo verás cuando te toque jubilarte y deseo que tengas suerte y te la apliquen. 
Jalcper 07/03/25 16:27
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Mi caso es parecido al tuyo. En mi caso, se extinguió el contrato de trabajo, aunque continuaba recibiendo mis ingresos mensuales, a través de un "seguro" asociado a una entidad bancaria, pero a la hora de hacer la Declaración de Hacienda, figuraba mi empresa como la que me abonaba el sueldo. Para continuar cotizando hasta la fecha de Jubilación, suscribí el Convenio Especial, deje de trabajar en Julio de 2020, por lo que a mi me afecto la DT34.3.Para acogerme a esa "oferta" de la empresa tuve que firmar un documento, en el que claramente exponía que se cortaba la relación laboral con la empresa, y entiendo que en tu caso debería de existir algo similar, bien firmado contigo, que por lo que cuentas no existe, o bien un acuerdo a través del Comité de empresa, y siempre que esto sea con anterioridad al 1 de enero de 2022. En mi humilde opinión, deberías de tener esto atado, para no llevarte ningún susto en el momento que te quieras jubilar, pues hay una diferencia considerable en el resultado final de la Pensión
Jalcper 07/03/25 00:34
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Respecto a lo que comentas del hijo, no te puedo responder, no conozco el tema.Aqui te dejo una Comparativa con la aplicación de diferentes leyes:Ley 2021 (La ley anterior a la que actualmente esta en vigor, para que se vea la "alegria" que nos aplicaron con la modificación de la Ley)Ley 2022 (La actual en vigor)Con Aplicación de la DT 34 y periodo transitorioSin Aplicar la DT, aplicando los coeficientes TotalesCalculadora leyes diferentesEspero te sirvaEspero no haberme equivocado en los calculos y %
Jalcper 06/03/25 09:18
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Entonces si no cumples ningún condición de la DT34. 3, no entiendo como te la pueden estar aplicando, salvo alguna condición o circunstancia que a mi, se me escapa. Evidentemente, mejor para ti
Jalcper 06/03/25 09:08
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Así es. Esto lo aclara el Criterio de Gestión 4/2022.
Jalcper 05/03/25 22:42
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Porcentaje de la Base Reguladora en función de los años cotizados para el periodo 2023 - 2026 % Base Reguladora por años cotizados 2023 - 2026 % Base Reguladora por años cotizados 2023 - 2026
Jalcper 05/03/25 22:06
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La modificación de la ley actual, en relación al artículo 208 (Con la nueva ley, se añadio la DT 34 y se modifico el Articulo 208 respecto a la ley que indicas) y DT 34 que afectan a la Jubilación Anticipada Voluntaria, entro en vigor el 1 de Enero de 2022 (BOE-A-2021-21652 -- Ley Garantia del Poder adqusitivo de las Pensiones) con unos coeficientes por anticipación diferentes a la Ley anterior (la que comentas). La DT 34, entro en vigor el pasado 1 de Enero de 2024 (DT 34  apartado "2. La previsión del segundo párrafo del apartado 3 del artículo 210 de esta ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024", el articulo 210 habla de aplicar los coeficientes sobre la P. Maxima en el caso de superarla (esto también se modifico con respecto a la ley que indicas, antes se aplicaba sobre la BR).La ley que te indico anteriormente, es la que modifica la LGSS, y en esa ley en su Disposición derogatoria única indica, "Derogación normativa.1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley.2. Quedan derogados expresamente el párrafo último del apartado 1 del artículo 210 y el artículo 211 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en atención a lo expuesto en la disposición final cuarta.", por lo que los coeficientes a utilizar desde el 1 de Enero 2022 hasta la entrada en vigor de la DT 34 son los que indica la nueva ley en el articulo 208 apartado 2 (¡OJO! estos coeficientes, se aplican también en el caso de que la Base Reguladora (BR) sea inferior a la P. Max.).Espero haberme explicado