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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 13/03/25 16:30
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Menos de 38, 5 años cotizados38, 5 años cotizados
Jalcper 13/03/25 16:27
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En base a lo que cuentas, tengo unas dudas:En la simulación esta contemplado el periodo del Servicio Militar?No comentas si esta cobrando, o has cobrado prestación del SEPEMi respuesta a esas dudas, basándome en lo que comentas y deduzco:Si la Simulación esta contemplando el Servicio Militar,  te faltaría un mes (dias realmente) para cambiar de % de penalización que en el caso de la Involuntaria supone aplicar de 15% a 14% de penalización y en el caso de la Voluntaria del 21% al 19% que puede ser interesante, y no se si has contempladoSi NO estas cobrando, o NO has cobrado en ningún momento, prestación por DESEMPLEO, CLARAMENTE no es una Jubilación INVOLUNTARIA, pues el cese en el trabajo si es voluntario NO se cobra Prestación del SEPE. En cualquier caso como te comentan consúltalo con el SEPEOtras consideraciones:La simulación indica que tienes cotizado 36 años 5,9 meses (36,49 años), es decir no llegas a los 38, años y 6 meses, por lo que entiendo que te afectan lo que se denomina "cotizaciones en la sombra": Te adjunto unos cálculos en situación de los 38,49 años cotizados y con los 38,5 años cotizados para que veas la diferencia. Contempla la posibilidad de jubilarte unos días mas tarde, en lugar del día que viene en la Simulación, hazlo con la edad de 63 años y 4 meses, no con la edad de 63 años 3 meses y 14 días, es decir, en lugar del 7 de Octubre, hazlo el 23 de Octubre que es cuando cumples los 38,5 añosEn la simulación de la Jubilación VOLUNTARIA, habiendo cesado en el trabajo con anterioridad al 1 de Enero de 2022, deben de aplicarte el doble calculo, en los calculos que te adjunto puedes ver que No te la aplican por ser mas beneficioso para ti aplicar la DT34.2.Probablemente en 2026 deje de aplicarse la DT 34, en el Calculo que te adjunto puedes ver la Pensión en esta situaciónUna sugerencia. Dado que la empresa te entrega una cantidad de dinero para el CE, cada año, hasta el 30 de Septiembre puedes ir ajustando las bases de Cotización anualmente, dado que para el 2026, tienes una Base Reguladora bastante alta, considera para ese año, ahorrarte dinero cotizando por el mínimo, por si no lo habías contemplado
Jalcper 12/03/25 22:06
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Aclaraciones al post de mivisa en los puntos 2 y 3:2.- Aplicación de coeficientes reductores. Jubilándote de forma anticipada, con la ley actual en vigor, los coeficientes se aplican sobre la Base Reguladora, pudiendo ser esta:Superior a la P. Maxima. En este caso los coeficientes se aplican sobre la P. Maxima que exista en ese momentoInferior a la P. Maxima. En este caso esos coeficientes se aplican sobre la Base Reguladora.Los coeficientes reductores, para la Jubilación Anticipada Voluntaria, son los que figuran en el articulo 208.2Los que se han especificado en el ese post corresponden con la Ley anterior que ya no se aplica3.- Aplicación de la Disposición Transitoria 34A día de hoy, esta disposición se aplica a TODO aquel que cumpla la condición, que su Base Reguladora sea SUPERIOR a la P. MaximaAhora bien, esta Disposición tiene en su apartado 3 una salvaguarda para aquellos trabajadores que cumplan alguna de las siguientes condiciones:"Que la extinción se haya producido antes de 1 de enero de 2022, siempre que con posterioridad a tal fecha la persona no vuelva a quedar incluida, por un periodo superior a 12 meses, en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social""Que la extinción se produzca después de esa fecha como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2022."Bien es cierto, que probablemente, no lo sabemos con certeza, esta Disposición se dejara de aplicar antes de la fecha que tenia previsto (año 2033), y pensamos algunos de los miembros de este foro que se dejara de aplicar el próximo 2026. Esperemos esta equivocados y que se siga aplicando por el bien de los que se puedan acoger a ella. Ten en cuenta que con el tiempo cotizado (> 38 años 6 Meses) la penalización que te aplicarían en el Año 2029 con 63 años, es:Con la DT 34 ---> 13% sobre la P. Maxima, si Base Reguladora > P. MaximaSin la DT 34 ----> 19% Sobre la P. Maxima (si P.Max > BR) o sobre la Base Reguladora (Si BR < P.Max)Respecto al Post de Werner Pauli.Si aceptas la "oferta" de tu empresa, sin conocer las condiciones que te proponen, veo dos opciones:Que la empresa continúe cotizando por ti a la Seguridad Social hasta una fecha determinada, que puede ser la de tu Jubilación, con lo cual NO es necesario el Convenio Especial, salvo que quieras complementar la Cotización.Si no fuese la circunstancia anterior, te tendrías que suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social, para que en el momento de la Jubilación estuvieras en esa situación asimilada al Alta, este convenio lo puedes suscribir independientemente  de la edad. En mi caso yo lo suscribí también con 59 años.Te puedes acoger al Convenio Especial ( CE ) como máximo, hasta tres meses después de haber abandonado el trabajo, y te contaría como cotizado desde el momento en que dejaste de trabajar, si pasas ese tiempo, te contaria como cotizado desde el momento en el que suscribes el CE. Lo mejor es que te lo expliquen el un centro de información de la Seguridad Social (CAISS). Del resto de comentarios, (edad de jubilación, cotizaciones en la sombra etc..) que comentan, yo no te puedo ayudar.
Jalcper 09/03/25 22:36
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Sería PM - Reduccion
Jalcper 07/03/25 21:22
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Esa es mi duda, y el debate que tuvimos, algunos de los componentes del foro, hace cuantas semanas atrás respecto a si la DT34. 3 decae cuando decaiga la DT34, ese es precisamente el comentario que ha hecho Panconqueso de no abrir de nuevo el debate, pues no se conocerá realmente hasta que se deje de aplicar la DT34. Ahí queda, probablemente en unos meses se sabra
Jalcper 07/03/25 17:49
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si como entiendo, aún estás vinculado a la empresa y esa relación laboral no se ha cortado, para mi que el apartado 3, no te afecta, pero...... lo verás cuando te toque jubilarte y deseo que tengas suerte y te la apliquen. 
Jalcper 07/03/25 16:27
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Mi caso es parecido al tuyo. En mi caso, se extinguió el contrato de trabajo, aunque continuaba recibiendo mis ingresos mensuales, a través de un "seguro" asociado a una entidad bancaria, pero a la hora de hacer la Declaración de Hacienda, figuraba mi empresa como la que me abonaba el sueldo. Para continuar cotizando hasta la fecha de Jubilación, suscribí el Convenio Especial, deje de trabajar en Julio de 2020, por lo que a mi me afecto la DT34.3.Para acogerme a esa "oferta" de la empresa tuve que firmar un documento, en el que claramente exponía que se cortaba la relación laboral con la empresa, y entiendo que en tu caso debería de existir algo similar, bien firmado contigo, que por lo que cuentas no existe, o bien un acuerdo a través del Comité de empresa, y siempre que esto sea con anterioridad al 1 de enero de 2022. En mi humilde opinión, deberías de tener esto atado, para no llevarte ningún susto en el momento que te quieras jubilar, pues hay una diferencia considerable en el resultado final de la Pensión
Jalcper 07/03/25 00:34
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Respecto a lo que comentas del hijo, no te puedo responder, no conozco el tema.Aqui te dejo una Comparativa con la aplicación de diferentes leyes:Ley 2021 (La ley anterior a la que actualmente esta en vigor, para que se vea la "alegria" que nos aplicaron con la modificación de la Ley)Ley 2022 (La actual en vigor)Con Aplicación de la DT 34 y periodo transitorioSin Aplicar la DT, aplicando los coeficientes TotalesCalculadora leyes diferentesEspero te sirvaEspero no haberme equivocado en los calculos y %
Jalcper 06/03/25 09:18
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Entonces si no cumples ningún condición de la DT34. 3, no entiendo como te la pueden estar aplicando, salvo alguna condición o circunstancia que a mi, se me escapa. Evidentemente, mejor para ti
Jalcper 06/03/25 09:08
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Así es. Esto lo aclara el Criterio de Gestión 4/2022.