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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 10/02/26 19:49
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Por puntos:Tienes razón, no se deroga el artículo 210, se modifica, como la propia Ley 21/2021 dice "Se modifican los apartados 2, 3 y 4 del artículo 210, y se añade al mismo un nuevo apartado 5, que quedan redactados como sigue".Respecto al punto del CG 4/2022, estoy releyendo el articulado de la Ley 21/2021 junto a los informes y criterios de Gestión y me han generado dudas. Intentaré analizar un poco más en detalle, pero en un primer analisis, veo incongruencias en la interpretación de la fecha de aplicación de la DT34, ¿cuando entra en vigor Enero 2022 o 2024? ¿Entra en vigor TODA la DT34? o puede entrar parte de ella en una fecha y el resto en otra fecha?, por que si es TODA ella en una fecha u otra, las interpretaciones de la DT34.3 pueden ser diferentes, y de hecho en una primer vistazo lo son.La DGOSS en su informe de Enero de 2022, da por hecho la fecha de Enero de 2024, por ese motivo los apartados de este punto 3 se aplican en función de esta ultima fechaRespecto a que la DT34.3 es una salvaguarda, estoy de acuerdo contigo, pero ahi esta la discrepancia, en el modo de aplicarse, con reglas/coeficientes anteriores a la Ley 21/2021, o los actuales mas "gravosos", y en ambos casos sobre la BR
Jalcper 10/02/26 02:02
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
@panconqueso ya lo colgó en su post www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6180079-interpretacion-disposicion-transitoria-34?page=199#respuesta_7151499 y en el mío puedes ver mi opinión al respecto www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6180079-interpretacion-disposicion-transitoria-34?page=200#respuesta_7151775
Jalcper 10/02/26 01:32
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
De acuerdo que no pueda cotizar por la Base máxima, pero, que le impide cotizar por una Base cercana a la Máxima, por ejemplo 5100€?, que yo sepa, nada. Otra cosa es que no pueda cambiar de grupo de cotización, que como ya le has indicado, tiene que ser el grupo en el que cotizo cuando se dió de baja en la empresa y era por el que estaba cotizando hasta ese momento.
Jalcper 09/02/26 21:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La Base Máxima es la misma para todos los grupos, la única diferencia esta en que los grupos 1 a 7 su cotización es mensual y el resto es diaria. Este año 5101,20, traducido a dinero contante y sonante, por CESS es 1402,93€ con el % que corresponde al MEI y la mínima en el caso del grupo 1 1929€ ---> 530,51€ para la buchaca de la Tesorería.Base mínima Grupos 3 a 11 --> 1381,20€ ---> 379,86€ mensuales
Jalcper 08/02/26 23:47
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Tal como yo lo veo, TODA la Ley 21/2021 entra en vigor el 1 de Enero de 2022, por lo que el texto de la DT34.3 también entra en vigor en esa fecha y en consecuencia, el texto "seguirán siendo de aplicación las reglas de acceso a la modalidad de jubilación anticipada por voluntad del interesado previas a la entrada en vigor de esta disposición transitoria a las personas a las que se refiere el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 210 (...).” se refiere a las fechas entre el 1 de Enero de 2022 y el 1 de Enero de 2024, entendiendo, así se dicen en la la propia DT34, que la entrada en vigor de esta será el 1 de Enero de 2024.En la fecha del 1 de Enero de 2022, se deroga de la ley anterior los articulos que se ven afectados por esta ley 21/2021, por lo que articulo 210 también queda derogado, con la diferencia de que el apartado 2 de la DT34, hace referencia expresa al artículo que se deroga y el apartado 3 de la DT34, no hace ninguna referencia a ella, por lo que no se puede entender otra cosa diferente a lo que antes he comentado en el párrafo anterior.La única referencia válida, y por la que creo no existe interpretación, desde mi punto de vista, está en la fecha de la entrada en vigor de la Ley y las consecuencias sobre la anteriorAl menos yo así lo veo y la manera en la que lo entiendo.
Jalcper 08/02/26 15:56
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Estoy de acuerdo contigo, solo estaba puntualizando dando por hecho que sellan religiosamente la tarjeta del paro, como bien preguntabas en el punto 1.
Jalcper 08/02/26 12:47
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En el punto 3, si la prestación la habían cobrado pero se les acabo, seguirían con la situación SAA "3.- Estaban cobrando el paro, se les habia terminado (prestación contributiva por desempleo) o el subsidio de mayor de 25 años."
Jalcper 07/02/26 12:50
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Puedes retrasar la solicitud de jubilación, hasta el mes de Abril, 90 dias despues de la fecha de jubilación que indiques en la solicitud, es decir, por seguridad, hasta el 25 de Abril, en esa fecha ya se sabra algo más al respecto y entiendo podras hacer simulaciones con la situación más ajustada a la realidad de hoy.
Jalcper 07/02/26 12:43
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo solo te daré respuesta desde mi experiencia y poco conocimiento con el CESS, al primer punto, del resto quizá te puedan responder otros compañeros del foro.Aunque no lo puedo asegurar, entiendo que al ser un complemento para aumentar la Base de cotización si puedes darlo de baja, y considero no habría ningún problema, pues al estar cotizando el CESS tu empresa, ya estarías en SAA.En cuanto a suspender el CESS, entiendo que te estas refiriendo, al que te paga la empresa, si es así, recuerda lo comentado en post anteriores, para poderte acoger a la jubilación, sea la que sea JAV o JAI debes estar en SAA.En cuanto a lo que comentas de dar baja el Convenio, o suscribir uno por 20 días, o situaciones similares, te daré mi consejo, por mi propia experiencia, y que fue lo que hice en su momento, y así darte otro punto de vista. El CESS se renueva, o puedes renovarle, entendiendo por renovar modificar las cotizaciones para el año siguiente, el día 30 de Septiembre como fecha tope. Si haces el seguimiento del IPC mensual, hasta Septiembre, tienes una idea muy aproximada de lo que puede subir la P. Máxima para el año siguiente, aquí lo hemos estado siguiendo para ver que podía pasar este 2026, y en base a esa información ajustar tu Cotización Adicional. En mi caso particular yo cotice durante cuatro años, variando cada año la Base de cotización, y el ultimo año cotice por el mínimo, mi objetivo fue quedar por encima de la Máxima y cotice hasta el ultimo dia, pensé como tu, darme de baja del CESS pero como he comentado, esta era la condición para estar en SAA, y poderme jubilar en la fecha prevista.Desde mi punto de vista, tendrías menos problemas a la hora de jubilarte y hasta te podrías ahorrar mas dinero que con lo que planteas. Solo es una idea y darte otro enfoque distinto al que planteas.
Jalcper 07/02/26 01:00
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Para ser una SAA como te dice Shs61, tiene que ser por CESS o por cese involuntario, bien ERE... lo que se recoja en el Estatuto de los Trabajadores