Jalcper
10/02/26 19:49
Ha respondido al tema
Interpretación Disposición Transitoria 34
Por puntos:Tienes razón, no se deroga el artículo 210, se modifica, como la propia Ley 21/2021 dice "Se modifican los apartados 2, 3 y 4 del artículo 210, y se añade al mismo un nuevo apartado 5, que quedan redactados como sigue".Respecto al punto del CG 4/2022, estoy releyendo el articulado de la Ley 21/2021 junto a los informes y criterios de Gestión y me han generado dudas. Intentaré analizar un poco más en detalle, pero en un primer analisis, veo incongruencias en la interpretación de la fecha de aplicación de la DT34, ¿cuando entra en vigor Enero 2022 o 2024? ¿Entra en vigor TODA la DT34? o puede entrar parte de ella en una fecha y el resto en otra fecha?, por que si es TODA ella en una fecha u otra, las interpretaciones de la DT34.3 pueden ser diferentes, y de hecho en una primer vistazo lo son.La DGOSS en su informe de Enero de 2022, da por hecho la fecha de Enero de 2024, por ese motivo los apartados de este punto 3 se aplican en función de esta ultima fechaRespecto a que la DT34.3 es una salvaguarda, estoy de acuerdo contigo, pero ahi esta la discrepancia, en el modo de aplicarse, con reglas/coeficientes anteriores a la Ley 21/2021, o los actuales mas "gravosos", y en ambos casos sobre la BR