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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 02/02/26 18:13
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Dejando aún lado lo inútiles que son, y lo mal redactada que está la DT, tengo una pregunta, " Si en el " cartelito" pone la DT34.2", por qué no indica más claramente la "DT34 deja aplicarse", si como tu dices, también afecta a la DT34.3  en todos los casos que cubria ese punto?En cualquier caso, sabremos más una vez veamos o tengamos el informe de nuestra mano, lo leamos e interpretemos.Por cierto @pntrpb , en tu resolución indica algún motivo, o dice algo relacionado con esto?, o no dan un porque?
Jalcper 02/02/26 14:24
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo lo tengo en cuenta y la DT 34.3, ese es precisamente el "doble calculo" al que se refiere el punto 3.Respecto a los ERE's firmados/acordados con anterioridad a 2022 , es una condicion del punto 3 no recuerdo el apartado, y tengo claro que si, por lo que he comentado con Panconqueso. Si este punto es una salvaguarda para los que cesaron antes de 2022, se les debe de aplicar la DT34.2 si le es mas beneficioso, si no fuese asi, que tipo de salvaguarda es?.Solo se aplicaría para los que cumplan las condiciones de la DT34.3 y no para el resto.Yo lo veo asi de claro y sin dudas, otra cosa es que este acertado o no.Tambien es cierto que yo al estar jubilado no me afecta y no tengo la preocupación que podais tener los que esteis en esa situación, que os entiendo perfectamente.
Jalcper 02/02/26 14:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
@panconqueso te ha indicado unos post que te dirigiran a este texto que te pego:"En el post 2689 página 180, puedes ver por un lado un informe de la DGOSS a petición del INSS en el que explica porque se aplico la DT34 en 2024 y como preveía, entonces, que posiblemente en 2026 se dejará de aplicar.En el post 2698 de la misma página, puedes ver con números la misma explicación."Si te diriges a estos post, puedes ver y espero respondan tus dudas
Jalcper 02/02/26 14:02
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Lo desconozco, pero si te planteas esa situación, miralo muy bien.
Jalcper 02/02/26 13:59
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Para ver en que estamos de acuerdo:Entiendo que un ERE, se acoje a una JAI.La DT34.3, es una "salvaguarda" para los que cumplen sus condiciones (tanto JAV como JAI), entiendo que si.Entiendo que si es una "salvaguarda", para este caso la DT34.2 sigue en vigor, por lo tanto solo se aplica a los que cumplan condiciones de la DT34.3 y no para el restoSi es una salvaguarda, existe el famoso "doble calculo", cálculos anteriores a 2024 y DT34.2, entiendo que si.De ese doble calculo, se aplica el que mas beneficie. Creo que aqui no hay duda pues el mismo parrafo lo dice.Ahora, si un ERE es un despido, y por lo tanto una JAI, cumpliendo las condiciones de la DT34.3 se debe de aplicar lo anterior, al menos yo lo veo así.Ten en cuenta que, por ejemplo:Anticipo 24 Meses, Tiempo cotizado inferior 38,5 años con DT34.2Penalizacion ---> 9,1%Sin DT34.2 Penalización -->14%Luego los números reales dirán cual es el mejor de los dos cálculos.
Jalcper 02/02/26 13:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si dejas el trabajo de forma voluntaria, no cobras paro y tampoco estas en lo que llaman "situación asimiliada al alta". Otra cosa es que una vez encuentres un trabajo y despues seas despedido, si es a lo que te refieres, pero como bien dices, mucho ojo con este tipo de situaciones pues las vigilan 
Jalcper 02/02/26 01:31
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La DT34.3 indica en uno de los apartados, que se pueden acoger por ERE's o Acuerdos Colectivos; siempre que se hayan firmado antes de 2022. Para mi, eso son condiciones para que una JAI se le pueda aplicar la DT 34.3 , no sé si estoy equivocado o no.Creo que estamos de acuerdo, que el punto 3 de la DT34, es una salvaguarda, por lo tanto si se cumplen las condiciones que se indican en él, la DT 34.2 se seguirá aplicando para estos casos.Lo coeficiente de la DT34.2, son inferiores a los de la JAI en las mismas condicionesUna cosa a tener en cuenta, para que una JAI se le pueda aplicar la DT34, solo se le puede aplicar, si se quiere jubilar en los últimos 24 meses
Jalcper 02/02/26 01:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Yo no te se responder, lo siento. Quiza en el foro haya alguien que te pueda orientar
Jalcper 01/02/26 23:41
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
.Si la baja en el trabajo ha sido voluntaria, el paro en este caso no cumple con la "situación asimilada al alta", así que andaros con mucho ojo en ese tema
Jalcper 01/02/26 16:39
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
La Disposición Transitoria 34, no es la "mala de la pelicula", el autentico malo de esa pelicula, que es la Jubilación anticipada, no es ni mas ni menos, que los artículos 208 y 210, en los que se cambian los coeficientes que existían con anterioridad a la Ley 21/2021 LGPAP, son mas "duros" pues han pasado de 16%, 15%,14% ,13% a un 21%,19%, 17%, 13% y el 210. que ha pasado de aplicar un coeficiente del 0,5% por trimestre (máximo 4%) sobre la máxima y ahora a aplicar los coeficientes por anticipación directamente sobre la máxima.La DT 34, es una "salvaguarda" para esas cotizaciones máximas, es decir que su aplicación durante un periodo de 10 años, hiciese que el cambio entre la anterior aplicación y la nueva del 210, fuera, por decirlo de alguna manera, mas "suave". Lo que ha sucedido es, que con la pésima redacción de la DT, ese periodo transitorio ha durado solo 2 años, por haberse absorbido el efecto del aumento de los coeficientes