No es así, una transferencia tipo nómina no es un pago salarial en sí, puesto que si lo fuese tendría que deberse a la obtención de rendimientos de trabajo que la empresa que los emitiese está obligada a comunicarlo a la Agencia Tributaria.Por ponerte un ejemplo, si tu recibes de tu empresa un sueldo mensual de 200€ en una cuenta tuya y después realizas una transferencia tipo nómina de 100€ a otra cuenta tuya ó incluso una segunda transferencia tipo nómina de 100€ a otra cuenta tuya porque quieres diversificar y/o controlar tus gastos en ningún caso has obtenido ninguna guanacia patrimonial, siguen siendo los 200€ tuyos.
La ganancia patrimonial se refiere al incremento económico que una persona obtiene en su patrimonio, ya sea por la venta de bienes, la realización de inversiones o cualquier otra actividad que genere un beneficio económico. Si transfieres un importe X de una cuenta tuya a otra cuenta tuya no existe incremento.Otra cuestión es el incentivo que obtengas, que normalmente la entidad ya comunica a la Agencia Tributaria y debería aparecer en el borrador del IRPF con su correspondiente retención.
En mi caso la veo adecuada para largo plazo y por eso hay tener paciencia con ésta teniendo en cuenta el negocio al cual se dedica. Tiene un crecimiento razonable y presenta resultados estables, pero se ha visto afectada por la finalización de la vida útil de activos anteriores a 1998 y el actual límite para la inversión en redes eléctricas en relación al PIB, de modo que eso le ha supuesto un aumento del gasto. Sin embargo mantiene controlada su deuda y los nuevos peajes eléctricos aún no están negociados pero lo normal es que suban, y esto le permitiría una mejora de rentabilidad para el nuevo ciclo regulatorio, lo que supondría un espacio más favorable para el crecimiento de la empresa.
Sí, la compañía había anunciado que el pago del dividendo de enero 2025 sería de 0,20€ frente a 0,27€ de 2024 alineado con la expectativa de reducir el pago anual a 0,80€ frente a 1€ de 2024.