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Cachilipox 06/07/24 12:44
Ha respondido al tema Operación Metales irpf
¿Habéis ganado 24.000.000 $ y vienes a preguntar al foro fiscal de Rankia que cuanto te toca pagar de IRPF?......No se, pero la cosa como que se sostiene muy poco.
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Cachilipox 01/07/24 18:21
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Una posible vía de "optimización" fiscal, estrictamente dentro de las legalidades normativas, y que al parecer, nadie está estudiando.Premisa: Dejarse de zarandajas, y reconocer que eso de participar en el programa Vine supone un lucro, una ganancia, recibir algo a cambio de "nada" (de hecho, es lo que consideran las Consultas Vinculantes de la DGT).Condición 1: Dado que se trata de una ganancia lucrativa, el impuesto que corresponde (nada es gratis), sería el ISD, modalidad intervivos.La tarifa del ISD es sustancialmente inferior a la tarifa de la base general del IRPF.El ISD es incompatible con el IRPF. Si se tributa por ISD, la ganancia queda exenta de IRPF.Condición 2: Dado que ya sería indudablemente una adquisición lucrativa (y que habría tributado por su impuesto), en el caso de una posterior transmisión a terceros, la ganancia patrimonial tributaría en IRPF, pero como coste de adquisición se podría restar el valor a efectos de la adquisición (el valor base del ISD). (Art. 36 Ley 35/2006).Según el tipo de bien, estas segundas transmisiones (la primera es la adquisición original gratuita) casi siempre quedarían o exentas de IRPF, o incluso en algún caso, sería posible valorar una posible pérdida patrimonial.Posible problema:Hacienda estatal perdería una buena parte de ingresos, que solo parcialmente favorecerían a las haciendas autonómicas. Así que el contraataque está garantizado. Posiblemente analizando casuísticas, y presuponiendo "ordenación por cuenta propia de medios de producción" (= "actividades económicas").Nota: El plazo de liquidación del ISD es de 1 mes desde el hecho causante (la fecha de recepción de la cosa). En el caso, entiendo que se podrían agrupar como una donación única todas las cosas recibidas dentro del plazo de 1 mes. La base del ISD es acumulativa a lo largo de 3 años, así que a más cosas se reciban, más tarifa hay que pagar.Ejemplo:Para unas donaciones acumuladas en 3 años de 150.000 € (50.000 € por año), en Catalunya la tarifa a pagar sería de 29.000 € en total. Que cada uno calcule a cuanto le saldrían esos 50.000 € por año en su marginal IRPF.
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Cachilipox 01/07/24 15:27
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
"Ahora algún buen samaritano que traduzca esto al castellano?Que ocurre si un producto que Amazon nos ha cedido por 100€ y vendemos en Wallapop a 50€?"Desde la fiscalidad, existen DOS operaciones distintas.Operación A.- Amazon "cede" a coste 0 un bien valorado (fiscalmente) en 100 €Debes declarar una ganancia patrimonial NO procedente de transmisión, en la base general, por esa valoración de 100 €.Operación B.- A pesar de las limitaciones del acuerdo, vendes vía Wallapop ese bien por 50 €.Debes declarar una ganancia patrimonial SÍ procedente de transmisión, en la base del ahorro, por ese precio de 50 €, al que le puedes descontar "el coste de adquisición" (o sea, 0,00 €).Entre una cosa y otra, pongamos unos marginales del 35 % (base general) y 19 % (base ahorro), por ese obsequio de 100 €, del que has sacado 50 €, habrás pagado en impuestos IRPF 54 €."Solo" has perdido 4 €.
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Cachilipox 29/06/24 21:49
Ha respondido al tema Fotógrafo profesional dado de alta como autónomo
Por poder......No es correcto, pues si la fecha de adquisición es de casi a final de trimestre, no has amortizado un 7,5 % en 1 semana.Pero como hablamos de escasa cuantía, dudo mucho que llegues a tener ningún problema por eso.En el caso, te aconsejaría:a.- Respeta las normas contables y fiscales de amortizaciónb.- Aplica los incentivos fiscales existentes, como lo de la amortización acelerada, si es que te interesaVer: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2023/c07-rendimientos-actividades-economicas-estimacion-directa/incentivos-fiscales-aplicables-empresas-reducida-dimension/amortizacion-acelerada-elementos.html
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Cachilipox 28/06/24 21:50
Ha respondido al tema Gastos Acumulativos IRPF Modelo 130
Es que no se calcula así.El 7 % (5 % en general, pero de momento y por ahora es el 7 %), es respecto del RENDIMIENTO NETO PREVIO.Ejemplo:Ingresos 1T = 3.000Gastos "reales" 1T = 1.000Rendimiento neto previo = 2.0007 % s/2.000 = 140Total "gastos fiscales" = 1.140Rendimiento "fiscal" = 1.860Acumulado Ingresos 2T = 6.000Gastos Gastos 2T = 2.500Rendimiento neto previo = 3.5007 % s/3.500 = 245Total "gastos fiscales" = 2.745Rendimiento "fiscal" = 3.255
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Cachilipox 25/06/24 21:52
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Si el hecho imponible fuese, como dices, la "adquisición de la propiedad efectiva", respecto de los bienes de terceros, podría ser.Pero si el hecho imponible es la adquisición de la "posesión y dominio útil de un bien", pues cuando lo recibes ya se da el hecho imponible. Tanto de los bienes de terceros como de los bienes Amazon.Pero bueno, entiendo que sí sería defendible ante hacienda eso de los 6 meses para los bienes de terceros, ya que hay una cláusula del acuerdo que podría permitir esa interpretación de buena fe. ("Bienes recibidos en posesión y tenencia, y en expectativa de consolidar el dominio útil")
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Cachilipox 25/06/24 15:31
Ha respondido al tema Planificación jubilación últimos 15 años previos
Fíjate en un literal de ese artículo (que no hace otra cosa que trasladar a lo periodístico lo que dice la LGSS):"Si en este régimen no cumplieran el periodo de carencia requerido, se jubilarán por el régimen al que cotizaron previamente si en el mismo cumple dicho periodo de carencia."En otras palabras, para el acceso a la jubilación...Primero: Desde el régimen en el que estés de alta.Segundo: Si no estás de alta, desde el régimen en que tengas cubierta la cotización específica de la carencia.Tercero: Si no estas de alta al momento de jubilarte, ni cubres el periodo de carencia entero en uno u otro régimen (pero sí contando ambos dos), entonces te jubilas en el régimen donde tienes más cotizaciones acumuladas.Por eso comentaba que aunque tenga 13 años en RG, y 1 actual + 2 a futuro en RETA, si va a la jubilación con esos 16 años (13 + 3), pero la carencia solo la cubre en RETA, se jubila en RETA. Sin integración de lagunas..... 
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Cachilipox 24/06/24 17:52
Ha respondido al tema Autonomo en sociedad con subarrendamientos
Era "uso y costumbre" del lugar, interpretado tanto por los asesores-gestores como por parte de la TGSS, que a una SL le correspondía siempre un autónomo.La normativa NUNCA dijo eso, pero los usos y costumbres son como son....Desde la reforma del sistema de cotización de autónomos, se está regularizando, tanto en altas como en bajas, todos esos autónomos-sociedades mercantiles improcedentes (los que faltaban, y los que sobran).
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Cachilipox 24/06/24 17:47
Ha respondido al tema Planificación jubilación últimos 15 años previos
Si los dos años específicos de la carencia son cotizados en RETA, la jubilación es en RETA. Por tanto, sin integración de lagunas.Hay varias cosas que se debe "diseñar":Primero: Tener al menos 15 años cotizados (aun no se cumple)Segundo: Tener los dos años de carencia específica (aun no se cumple)Tercero: Hacer "whatever it takes" para jubilarse en el RGEso implica que los 2 años de cotización RETA (1 en tarifa plana) sí sirven para los dos primeros objetivos, pero no sirve para el tercero. Es más, incluso podría perjudicarla, si solo confiase en eso.Dado que sí o sí ya cumple con lo de los 6 años de carencia específica para el subsidio mayores de 52, el "whatever it takes" debiera ser cualquier cosa (no ilegal....), que le meritara dentro de una temporada el derecho de acceso al subsidio +52. Aunque sea pagando (es de las mejores inversiones que jamás podrás valorar...). 
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Cachilipox 24/06/24 13:14
Ha respondido al tema Cooperativa paralela a una S.L.
Debes tener en cuenta que hay una parte muy significativa de los excedentes cooperativos (beneficios), que son absolutamente irrepartibles entre los socios.Además, una cosa es que formalmente se pueda hacer todo dentro de la ley, y otra cosa muy diferente es que hacienda no lo considere un mero negocio de simulación para eludir tributación (y entonces la cosa puede salir muy cara).Aparte de esos considerandos, no es nada extraño estructurar cooperativas con sociedades mercantiles, o con fundaciones, por ejemplo. Todo depende de las necesidades operativas.
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