Buenos días: Creo que falta el detalle de "quien lo paga". Si lo compra el hijo lo paga el hijo; si lo compran los 3, lo pagan los 3. Si lo compra el hijo, y dona el usufructo, cuando recupere el usufructo heredara también el dinero que no se han gastado sus padres en comprar el piso (lo ha comprado el) . Herederá el dinero que quede cuando estos fallezcan y le dejen sus padres, claro. Si lo compran los padres, le donan la nuda propiedad y hereda el usufructo (el usufructo no se hereda, se extingue y ahí hay o puede haber tributación por consolidación del dominio). El dinero que no se ha gastado en comprar el piso ya lo tendra en propiedad (perfecto). Al final he puesto una serie de alternativas a plantearse. Cada uno sabrá lo que le conviene. No es una ciencia exacta y menos con la variedad de tributación en cada Comunidad Autónoma. Y sobre todo es muy importante saber si todas estas situaciones son factibles porque todos tengan dinero o puedan obtenerlo.Muchas gracias por comentar, Feliz Año!
Muchísimas gracias a ti.Desconozco el motivo del 37.1 K; podría ser para "castigar" las viviendas presuntamente sin alquilar por los usufructuarios? Feliz Año!!
Sí, claro. Puedes hacer la consulta que quieras.La puedes hacer por aquí y si la quieres hacer más personal me escribes a este email:[email protected] y si quieres que te llame me dejas un teléfono.