Hola compañer@s,
Quería compartir con vosotros un tema que no sé si ya se ha hablado pero lo considero muy relevante y creo que puede servir de ayuda a muchos.
En mi caso, hablando recientemente con mi abogado me lo ha explicado y me ha sorprendido bastante, el tema va sobre las famosas tablas que que utiliza el INSS como “Guia de valoracion profesional” (se puede descargar buscando en google) y los codigos que aparecen, los jugones del INSS se basan mucho en este documento para conceder o no las incapacidades y las compatibilidades entre ipt combinado con otro trabajo.
Como ya sabréis, para cada uno de nuestros trabajos corresponde un código que determina exactamente a qué sector pertenecemos, en función de eso catalogan la profesión en distintos grados de carga física, mental, etc..
Pues bien, cómo saber exactamente el código y por tanto la profesión a la que pertenecemos?? Mas o menos podemos intuirlo, pero debemos conocerlo realmente en el que nos tienen catalogados, porque si os pasa como a mí que me tienen catalogado en otra profesión que se parece pero no es la correcta, os van a valorar las patologías con unos baremos erróneos que igual os perjudican.
Seguramente habran varias formas de averiguarlo, pero en mi caso la manera de saber el codigo es tan facil como mirarlo en el primer parte de baja medica (enfermedad común), adjunto una imagen de dónde aparece el codigo en el comunicado de baja y otra imagen de una de las tablas de ejemplo que aparece en la guía de valoración profesional.
Pongo de ejemplo mi caso (por suerte me he dado cuenta antes de pasar por el ICAM):
Según la profesión en la que me tienen incluido me valorarían la carga lumbar con un grado 2, pero la realidad es que si me tuviesen incluido en la profesión correcta y real el grado de carga lumbar sería el 3, si mi concesión o denegación de ip se basa en gran parte en eso pues estaría jodid… fastidiado.
Y me pregunto, cuántas incapacidades se habran denegado debido a esto y el perjudicad@ ni si quiera ha sabido que ha sido por este motivo?? Porque obviamente el INSS no nos da tantos detalles en las denegaciones…
Y por otro lado, qué hacer en caso de que nos tengan incluídos en un codigo que no corresponde como me está pasando a mi? Hay varios métodos pero no es facil solucionarlo, el que lo tiene que cambiar y tiene la última palabra es el INSS, pero lo que hay que hacer primero es hablar con la empresa para la que trabajamos en la profesion en la que estamos solicitando la ip, y que actualicen o corrijan la categoría, grupo profesional y puesto de trabajo en concreto, y en principio a partir de ahí les llega notificación al INSS y corrigen. Si esto no funciona pues mejor hablarlo con vuestros abogados para que os digan exactamente a quien reclamar porque hay variedad de opiniones.
Por último, yo recomendaría para estar blindados pedir también a la empresa copias de vuestros contratos y siempre un certificado de las tareas que realizáis (profesiograma), porque otra opción sería que cuando nos toque pasar por el EVI (en mi caso el ICAM) sacar el tema y poderles demostrar que las tareas que realizamos no corresponden con lo que ellos tienen registrado y que tomen nota.
Pues eso es todo, perdonad por el tocho que he escrito y espero que juntos sigamos aprendiendo los entresijos de este mundillo tan cruel.
Felicidades a los que os van saliendo bien las cosas y ánimo a tod@s los que seguimos lidiando!