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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

2,9K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2912

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sí Señor! Muy buen trabajo. 
Saludos cordiales.
#2914

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días 
Entiendo que esto tiene importancia a la hora de determinar la edad ordinaria de jubilación porque podría retrasarse 1 mes 
Según sea el caso de suspension: de 30 dias de fecha a fecha por  ingresos puntuales (herencia, venta inmueble, venta acciones) o de un mes natural por rentas regulares (intereses, dividendos, alquileres) en el primer caso se cotizaria febrero y marzo en partes proporcionales pero no se  pierde tiempo de cotización que es una ventaja  pero en el segundo caso habría 1 mes que se cotiza cero, con lo cual se retrasaría 1 mes la edad de jubilación (salvo se pague convenio especial)
No sé si me explico, si estoy equivocado o tenéis algo que aportar
Un saludo
#2915

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Realmente no es así, si hay algún mes en que no se ha cotizado se rellena de la siguiente forma, los 48 primeras mensualidades se integran con la base mínima de cotització vigente en cada momento y las siguientes con el 50 % de la base mínima.
Por lo cual no se retrasaría ningun mes la fecha de jubilación.
Saludos.
#2916

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La edad ordinaria de jubilación no se puede retrasar un mes de ninguna manera. Está establecida en la Ley General de la seguridad Social, 67 años como norma y 65 si se tienen más de 38 años y medio cotizados (con un periodo transitorio para elevarla a los 67 que termina en 2027).
#2917

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola Fran, ¿entonces no hay punto intermedio? Si cumples con el requisito de los 38,5 años cotizados a los, por ejemplo, 66 años ¿No te puedes jubilar con el 100% a los 66 años‽ ¿Tienes que esperar a los 67?
Un saludo 
#2918

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Ha día de hoy  si se han cotizado menos de 38 años y tres meses, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y 8 meses, ha partir del año 2027 será 67 años.
En el supuesto que planteas si que se puede uno jubilar a los 66 años si cumples los 38 años y 6 meses cotizados, sin penalización.

#2919

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Uno puede pedir la jubilación cuando cumpla los requisitos, pero la jubilación ordinaria y obligatoria es la que está establecida en la Ley.
Incluso esa jubilación no ordinaria puede no tener descuentos.
#2920

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Un apunte,sí has dejado de trabajar antes de abril del 2012,la edad de jubilación es a los 65 años 
#2921

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Exacto, se aplica la legislación anterior y se calcula la base reguladora con los últimos 15 años, si resulta más beneficiosa.
#2922

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola.
Tenía entendido que las lagunas de cotización sirven para rellenar períodos no cotizados o que se ha cotizado por debajo de la base mínima de ese año pero las lagunas de cotización  no suman tiempo cotizado, solo una base económica, en nuestro ejemplo 1 mes menos
#2923

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola.

Efectivamente es tal como tú dices no suman tiempo cotizado, me habré expresado mal en mi anterior comentario.
#2924

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola franjgr
Para aclararme te pongo un ejemplo, 
Fecha de la edad ordinaria de jubilación: 20 Mayo 2029, por tener 65 años de edad y 38 años y 6 meses cotizados. En el caso de suspensión de 1 mes natural habría cotización cero.
La laguna de cotización "llenaría" ese mes con una cotización ficticia por la base mínima
Mi duda: El tiempo sin cotizar (1 mes ) por la suspensión como se contabiliza?
Gracias