Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

1,53K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
76 suscriptores
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Página
103 / 104
#1531

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Trabajando a tiempo parcial se cobra en el paro por la parte proporcional y te dan el 70% los primeros seis meses? O te dan el 70% de lo que has tributado esos meses y no tienes ninguna penalización por trabajar a tiempo parcial?Me explico, a mi mujer le han dicho en el paro que con un sueldo de 1500€/mes si hubiese trabajado a tiempo completo cobraria 1050 pero al  trabajar 5 días, 26 horas a la semana cobrará la parte proporcional. No lo veo justo
#1532

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Su Señora cobrará por desempleo en función de la base de cotización de los últimos 180 días. No es cuestión de justicia es cuestión de qué cantidad ha cotizado en ese periodo de referencia.
#1533

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Entonces el que cotiza 3000 euros a jornada completa también puede quejarse de que no es justo.
La norma es igual para todos, hay unos máximos y unos mínimos en función de la jornada y justos o no, es lo que dice la Ley
Si alguien consigue que un juez diga que esos máximos no son justos por X razón (basada en la constitución o en el derecho europeo) entraremos en otro panorama.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1534

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No me han entendido. Me refiero a que si trabaja a media jornada y cobra medio jornal lo lógico es que en el.paro cobre por lo que ha cotizado. Es decir la mitad de lo que cobraría si hubiese trabajado la jornada completa. Otra cosa son los mínimos y los máximos, no hablo de eso. Solo estaba preguntando si de verdad es así porque me extraña y por internet lo que he leído me da la razón pero quería asegurarme.
Ejm. Un trabajador que tributa 1000€a jornada completa en el paro cobra 700€ el primer medio año. Un trabajador a media jornada que tributa también 1000€ en el paro 350€. Ya se que hay mínimos pero es un ejemplo. Y si es así sigo diciendo que no es justo porque los dos han tributado lo mismo. 
#1535

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A mi mujer le toca hacer la declaración de rentas el 1 de Agosto, y resulta ser que teníamos un piso a la venta y se ha apalabrado hoy. Nos dice el chico de la agencia que se firmaría la venta la primera semana de Julio. Se podría hacer la declaración anual de rentas algún día antes del 1 de Agosto y así aprovechar e informar de la superación de rentas por la venta de piso en el mes de Julio. Sería el SEPE el que suspendería el subsidio y lo reactivaría de igual manera o nos tocaría hacerlo a nosotros. Se puede hacer de alguna manera en la que actúe de oficio el SEPE para la reactivación o de cualquier manera tendríamos que hacerlo nosotros.
#1536

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es que va a cobrar la mitad de lo que le correspondería si fuera jornada completa.
Si trabajara jornada completa cotizaría por 3000 euros, el 70% superaría el máximo y cobraría el máximo para el 100% de jornada en lugar del máximo para el 50%
En el ejemplo que pone. El que cotiza 1000 euros trabajando a media jornada cobrará 612,50 (la mitad de 1225), si no tiene persona a cargo.
El máximo sin hijos es 1225 para jornada completa, con un hijo 1400, los que no me se de memoria son el máximo con 2 o más hijos y los mínimos con hijos o sin hijos. Si el trabajo es a jornada parcial, se calculan estos máximos y mínimos en función del porcentaje del trabajo.
Por lo tanto, no es lo mismo cotizar 1323 euros a jornada completa (cotización mínima) que 1323 euros a jornada parcial, lo contrario sería favorecer la pillería.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1537

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La declaración de rentas se realiza cuando se lleva un año seguido cobrando el subsidio.
Si antes de hacerla se le suspende el subsidio por superación de rentas ya no lleva un año seguido cobrando el subsidio y por lo tanto ya no tiene que hacer la declaración anual de rentas.
De todas formas, se acepta que se comunique en el momento de la declaración anual de rentas, así que puede comunicarlo en cualquier momento entre la venta y la fecha en la que le toca hacer la DAR y, en cualquier caso, no tendrá que hacer las dos cosas.
Una vez pasado el mes de suspensión, debe ser su mujer la que solicite la reanudación del subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1538

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas. Si yo cobrando el subsidio de mayores de 52, mi mujer recibe un dinero de herencia y ese dinero pasa al banco "En gananciales" el SEPE
me puede aplicar 50% del 3,25 del rendimiento presunto o solo es de mi mujer por ser dinero de una herencia. Gracias
#1539

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Yo le he comprendido perfectamente y estoy con UD: el 70 y 50% de los respectivos tramos de cobro de la prestación por desempleo se calculan en función de la base de cotización de los últimos 180 días cotizados.
#1540

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Dado que no publico links salvo de SEPE o SS, por respeto a la política de Rankia, le remito vía email un enlace de un artículo donde puede tomar en consideración la opinión de otro experto que refleja perfectamente la situación que UD describe.
#1541

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 
Buenas tardes, si cobrando el subsidio para mayores de 52 años, además cotizas como cuidadora no profesional de un familiar, que es gratis, la cotización, se sumarian las dos cotizaciones?? Es decir, ¿¿¿¿cotizarías por cuidador de grado I, que son unos 660 más los 1.653 del subsidio, por un totat de 2.314 Euros ¿??? 
#1542

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si el dinero es de ella, el rendimiento presunto también.
Que lo tenga debajo del colchón, en una cuenta privada o compartida no debería importar.
El problema es, en caso de una inspección del SEPE ¿cómo demuestra que el dinero es de ella cuando los euros no llevan nombre?
Mientras el SEPE no lo investigue, y no tiene porque meterse en lo que tiene en cuentas corrientes, no hay problema en considerarlo como un patrimonio privativo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1543

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En el caso de gananciales, las herencias etc. son privativas, pero los rendimiento son gananciales
#1544

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

NO es aplicable la imputación de rendimientos presuntos del 50% a cada cónyuge;  en todo caso tendrían que ser “efectivos”, si es que los hay. 
No cabe otra imputación. 
#1545

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Por qué base de cotización está cotizando el CESS? Obviamente, debe ser superior a 1653,75 euros. La base que esté suscribiendo a partir de dicha cantidad, es la referencia para calcular la cantidad correspondiente a las contingencias cubiertas por el mismo. La cotización que realiza el SEPE sólo cubre la contingencia de jubilación.