#2731
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
ueda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024
También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud.
A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad a dicha fecha.
¿ SE PUEDE INTERPRETAR QUE QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO QUE HABIA , PARA LOS QUE QUIERAN HACER LA RECLAMACION A PARTIR DEL 22-12-2024?
SI FUERA ASI, ENTIENDO QUE LOS QUE TIENEN LOS EXPEDIENTES DEL AÑO 2019 AL 2022 TRAMITADOS, COBRARIAN YA POR EL TOTAL EN ESTAS FECHAS
¿ SE PUEDE INTERPRETAR QUE QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO QUE HABIA , PARA LOS QUE QUIERAN HACER LA RECLAMACION A PARTIR DEL 22-12-2024?
SI FUERA ASI, ENTIENDO QUE LOS QUE TIENEN LOS EXPEDIENTES DEL AÑO 2019 AL 2022 TRAMITADOS, COBRARIAN YA POR EL TOTAL EN ESTAS FECHAS