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Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

5 respuestas
Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.
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Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.
#1

Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Hola a todos/as,

El año pasado adquirí una vivienda de segunda mano y necesita reforma, no tiene cédula de habitabilidad ni dados de alta los servicios de agua y luz.
Mi pregunta viene porque en el borrador de la declaración de hacienda he visto que se me ha imputado una renta inmobiliaria por los días que soy propietario.  
¿Es esto posible si la vivienda no es habitable a día de hoy?. 

Gracias de antemano.

#2

Re: Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Hola! La Agencia Tributaria lo que indica es lo siguiente:
 
os propietarios de bienes inmuebles o los titulares de derechos reales de uso o disfrute que recaigan sobre los mismos, deberán imputarse rentas inmobiliarias cuando concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que tengan la consideración de bienes inmuebles de naturaleza urbana de acuerdo con el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario o que se trate de inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.

 
#3

Re: Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Hola Marta gracias por responder,

Sí, este articulo lo había leído por eso preguntaba si había excepciones, como pueda ser mi caso que la vivienda no es habitable y no puede generar una renta.
Es mi primera vivienda y cuando económicamente pueda acabar la reforma será la habitual, pero me parece injusto que me apliquen este pago si no puedo darle ningún uso, de ahí mi consulta.
Por la respuesta intuyo que me va a tocar seguir pagando hasta que no conste como mi vivienda habitual, ¿Hay alguna alternativa o resquicio legal?.
#4

Re: Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Que no tenga cédula de habitabilidad tan solo quiere decir que legalmente no puede ser la vivienda habitual de nadie. No implica que no pueda tener otros usos, incluso lucrativos.
Podría usarse como oficina/despacho, podría usarse como trastero/almacén (y en este supuesto ni siquiera necesitarías dar de alta suministros...)
La imputación de rentas nace de usar o potencialmente poder usar un inmueble urbano, lo hagas o no lo hagas.
Si materialmente es imposible ningún uso efectivo, por tener un expediente de ruina, por ejemplo, cabría plantear la no imputación de rentas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Hola Cachilipox gracias por la respuesta,

Pues entonces no me escapo del pago porque la vivienda ruinosa no está si no no la habría comprado. No había pensado lo de usarse como trastero o almacén, aun así me parece injusto porque yo no la he comprado para especular.
La vivienda necesita reforma y es lo que estoy haciendo como buenamente puedo, si no estoy viviendo en ella o dándole otros usos es por eso mismo, porque se está reformando para poder habitarla.

Pero bueno esto es hablar por hablar, ya que parece que esto a Hacienda le importa bien poco mientras recaude. 
#6

Re: Imputación renta inmobiliaria en vivienda sin cédula de habitabilidad.

Otra cuestión que me surge es si lo que se paga es la cantidad total que aparece como Renta imputada en la casilla 0089 o es un tanto por ciento.
¿Me lo podéis aclarar?, porque no lo encuentro por ningún lado.

Gracias.