Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Herencia de vivienda

7 respuestas
Herencia de vivienda
Herencia de vivienda
#1

Herencia de vivienda

Hola.

He heredado la vivienda de mis padres. Soy hija única y heredo el 100%. Me han dicho que cambiar el nombre de la vivienda y ponerla a mi nombre es un trámite que no corre prisa y que puedo hacer cuando quiera.

Mi duda es. Yo tengo ya 4 viviendas a mi nombre y el 55% de de otra. Entonces, como soy la única heredera ¿Pasa algo si dejo la vivienda a nombre de mi madre? ¿Qué consecuencias fiscales tendría?Es por no tener tantos inm ebles  a mi nombre.Es algo que ni siquiera sé si se puede hacer

Muchas gracias 
#2

Re: Herencia de vivienda

Cuando hablas de "cambiarla a tu nombre" no sé a qué te refieres exactamente, si has hecho el trámite de aceptación de herencia ante notario, este se lo ha comunicado al Catastro, que es de donde las administraciones públicas toman la información para cobrar impuestos. El que no actualices la información en el Registro de la Propiedad es otro tema.
Fiscalmente, en el IRPF los ingresos que genere (por alquiler, o si está a tu disposición, por imputación de rentas) tienes que declararlos en cualquier caso.
El peligro sería que te afectara alguna norma que con más de x viviendas te declaren gran propietaria y tengas que pagar más de IBI o IRPF por las viviendas vacías, esto imagino depende de ayuntamientos y Comunidades dentro de los límites que marcan las normativas estatales; los comunistas y socialistas están empeñados en ello, no se les ocurre que habiendo aumentado la población en 1 millón de personas en los últimos 5 años, y 3 millones en los últimos 15, a lo mejor la solución es permitir que se construyan más viviendas y no estar dando por saco todo el día tumbando los planes urbanísticos y poniendo todo tipo de trabas y dejar de mentir a la gente diciendo que hay no-sé-cuantísimas casas vacías, cuando eso es mentira es las grandes ciudades, las viviendas vacías están en la España vaciada.

#3

Re: Herencia de vivienda

Los trámites de aceptación de herencia ya están hechos y la plusvalía pagada lo que yo digo es cambiar la titularidad de la casa, el.nombre al que está puesto. 
Creo que no soy gran tenedora. Soy extremeña y con ésta serían 5'5 (más  o menos)viviendas.
Extremadura ha sido muchos años territorio total socialista pero eso está cambiando 
#4

Re: Herencia de vivienda

No estoy muy puesto en el tema, pero sí me parece que (como se decía en un comentario anterior) el trámite del cambio en el Registro de la Propiedad no es necesario, salvo cuando quisieras transmitir/vender el inmueble.

A efectos fiscales, no creo que afecte que esté a tu nombre o no, en ese Registro.
#5

Re: Herencia de vivienda

Si puedes aclarar ciertas dudas:
Cómo se hizo la liquidación de bienes gananciales si estaban casados en régimen económico de gananciales.
Fallece tu padre ¿hizo testamento ó no?

Si hizo testamento, ¿te adjudicó a ti el pleno dominio de la vivienda?
Si no hizo testamento, a ti te corresponde la nuda propiedad y a tu madre el usufructo, ¿conmutaste el usufructo de tu madre?
Una vez que se autoliquida el impuesto de sucesiones, ya está aceptada la herencia y la administración pasa a ser conocedora de a quien corresponde la vivienda y en qué categoría.
Si después en el documento público notarial de cuaderno de partición, adjudicación y aceptación de la herencia de especifica algo distinto a li que se reflejó en la autoliquidación del impuesto de sucesiones, se tiene que hacer una complementaria de esa autoliquidación del impuesto de sucesiones.
#6

Re: Herencia de vivienda

Todos los efectos fiscales que produce la propiedad de la vivienda los vas a soportar, con independencia de que pases por el registro de la propiedad o no. Este, efectivamente, es voluntario. 
Aunque voluntario, el Registro de la Propiedad te da la seguridad máxima jurídica sobre esta. Sin duda alguna, regístrala. 
#7

Re: Herencia de vivienda

Por desgracia mis padres han muerto los dos. Mi padre murió hace 30 años y la vivienda pasó a mi madre (yo era una niña).
Yo única heredera así que lo que hemos hecho es una Instancia descriptiva de los bienes.
#8

Re: Herencia de vivienda

teóricamente, cuando tu padre falleció y si no hizo testamento a ti te correspondia la nuda propiedad de la vivienda y a tu madre el usufructo de la misma. Y esto se reflejaría en su día en las autoliquidaciones del Impuesto de Sucesiones correspondientes a tu madre y a ti.
Si tu padre hizo testamento, lo que dictase el testamento.
Y se tendría que saber si en la liquidación de gananciales al disolverse la sociedad de gananciales por fallecimiento de tu padre, la vivienda se adjudicó a tu madre