Si te refieres a darte de alta como autónomo, pagar tu sello de cotización mensualmente de autónomo y además cobrar el IMV, pues sí, es factible hacerlo... ahora bien, los ingresos que puedas obtener por tal actividad (si los obtienes porque claro, si no facturas nada, pues son cero) serían tenidos en cuenta para descontártelos de tu IMV en la revisión de ingresos anual al año siguiente.