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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a jaramar
    -
    #5420
    10/08/16 20:02

    Hola, jaramar, "Equipamiento" = uso público (parque, polideportivo, mercado municipal, etc...), mala pieza en el telar, que decimos en catalán...
    Y si la finca es en realidad del Ayto. pero no instaron tercería de dominio para evitar la subasta, ahora deberán acreditarlo en un juicio ordinario.
    Saludos,

  2. #5419
    10/08/16 16:39

    Hola, aunque me han adjudicado algunos bienes (como 10) desde hace unos veinte años, no tengo mucha experiencia y he descubierto el bloq de Tristán hace solo tres meses, del cual me he hecho adicto. Muchas Gracias por tu trabajo desinteresado (y el de los demás) y por los buenos ratos que se pasa uno leyendo.
    Bueno, yo quería preguntar un poco en broma que “los bienes que salen a subasta ¿dónde los encuentran?” porque rara es la adjudicación que está limpia de polvo y paja, por lo general cada uno tiene su problema, desde malo y feo a peor. Para estar metido en esto hay que ser un poco masoquista.
    Mi caso ahora es en una parcela de la que ya tengo todo a mi nombre (adjudicación definitiva, registro y catastro). Al ser una parcela en urbanización para construir chalets y que era del promotor está vallada por los laterales con vecino pero no por el de la acera o calle, le dije en el juzgado que no quería entrar sin que me dieran la posesión, a lo que me dijo SJ que nada, que no hace falta si no es una casa, pero no he entrado hasta tenerlo claro.
    Lo peor es que al ir por el Ayuntamiento me dicen que esa parcela es suya. En Registro y en Catastro como digo antes estaba a nombre del promotor.
    Pero además es que tiene un sondeo y yo no lo sabía pues, cuando fui a verla estaba cubierta de flores y hierbas altas, sólo había una caseta que pensé que sería de las herramientas o algo así, resulta que es de las máquinas de presión de agua que surte la urbanización.
    A falta de hablar con el arquitecto del Ayto. (está de vacaciones) o me veo en un lío, o ahora resulta que tengo un sondeo gratis en mi parcela ¡con bomba y todo! Bueno, si al final tuviera yo razón, la bomba se la podrían llevar supongo, pero el sondeo tendrán que dejarlo, jeje.
    Lo que me extraña es que el sondeo lo haya hecho el Ayto. sin ser un terreno puesto a su nombre, o puede que lo hiciera el promotor constructor de las aceras y calles y el Ayto. se adueñó; no sé aún.
    Pues bueno, si alguien quiere comentar todo esto os lo agradezco, me vendrá bien para posibles nuevas ideas que tenga que seguir para que no me engañen, porque me da que voy a tener que luchar mucho.
    También os pido si alguien me puede decir que quiere decir la nota simple cuando describe la finca y tiene puesto, Uso: Equipamientos. He visto otra nota simple de otra parcela y dice lo mismo.
    Saludos en general; es un honor poder escribir aquí. Muchas gracias y felices vacaciones.

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5418
    Anónimo 162119
    09/08/16 09:25

    Seguro que Tristán está preparándose en su retiro asturiano para las de Tokio 2020, donde la escalada va a ser deporte olímpico, y traerse alguna medalla para estos lares.

  4. en respuesta a Pecks
    -
    #5417
    08/08/16 18:37

    Hola, Pecks, como ya sabes estoy de retén, así que mis respuestas son que sí (siempre debe constar el rango, y, ante la duda, mejor una certificación que una nota simple) y que no (no afecta el tipo de hipoteca).
    Saludos, y muchas medallas olímpicas,

  5. #5416
    08/08/16 17:22

    Hola, buenas tardes.

    Tengo una pequeña duda que espero alguien pueda ayudar a resolver y entender mejor. Está claro que en una subasta, las cargas posteriores siempre se cancelan. Excepto las hipotecas de mismo rango registral y las cargas preferentes como el IBI o CCPP.
    Y ya se ha dicho alguna vez en el blog que las hipotecas posteriores de mismo rango, siempre debe advertirse esto en una nota simple. ¿Es correcto? ¿Siempre y digo siempre debe estar reflejado esto en una nota simple, en el caso de hipotecas de mismo rango? Supongo que es así, pero me gustaría tenerlo confirmado al 100%.

    Y siguiendo con lo mismo.....Las hipotecas, del tipo o clase que sean, siempre tendrán preferencia segun su orden de inscripción. La 1ª tiene mejor rango que la 3ª, y ésta tiene preferencia que la 7ª, por poner un ejemplo. Excepto que alguna de las hipotecas posteriores tuviera el mismo rango. Eso lo tengo claro. Pero, ¿afecta algo el tipo o clase de hipoteca para saber si tiene preferencia o mismo rango que otra?? Están las hipotecas "normales" habituales para la compra de una vivienda y luego hay otras hipotecas menos habituales como las hipotecas inversas, las hipotecas de máximo, las hipotecas multidivisas, etc.....¿Afecta esto a su rango o la preferencia de una sobre otra sólo es por orden de inscripción registral, o hipoteca de mismo rango inscrita posteriormente (según el caso)?

    Espero haberme explicado y que se entienda mi duda.
    Gracias y saludos.

  6. en respuesta a Pecks
    -
    #5415
    Anónimo 162119
    03/08/16 15:09

    Por temas familiares "adquirí" una participación en una sociedad de un familiar, estando casado en gananciales, la condición de mi familiar fue que, al no tener hijos por aquel momento, mi mujer renunciara ante notario a la propiedad de esas acciones y así lo hicimos, firmamos ese documento junto con la compra de las acciones. No creo que mi familiar y el notario nos hiciera perder el tiempo con un paripé si al final ella sigue teniendo la propiedad compartida de esa participación.
    Miraré lo de openbank, pero es que ni me he planteado que se pueda, también tengo cuenta en bbva para otras cosas y es la que he usado para los depósitos

  7. en respuesta a Anónimo 162119
    -
    #5414
    03/08/16 14:29

    Gracias malagaga.
    Por eso mismo estoy considerando uno de estos bancos virtuales. No cobran por nada y no tienen comisiones ocultas o abusivas. Transferencias gratuitas siempre y demás ventajas. Pero he visto que no están en las entidades colaboradoras de la AEAT...

    Si pudieras averiguar o intentar a ver si es posible usar esa cuenta de OpenBank para hacer un depósito, la verdad que te estaría muy agradecido. Sólo si lo puedes hacer y no te es mucha molestia. Es que son todo ventajas frente a los bancos de siempre, excepto por el tema este de los depósitos de la aeat. Si fuera posible, yo lo veo un gran punto a favor.

  8. en respuesta a Ares77
    -
    #5413
    03/08/16 14:21

    Hola.
    Creo que si estás casado en régimen de gananciales no puedes comprar un bien a título privativo. Ahora formas una sociedad con tu pareja y todo es de ambos. Creo que lo único que no sería así, es cuando hay una herencia y si te toca algo, lo recibes a título personal y privativo.

    Deberías haberte casado en régimen de separación de bienes en su momento......O ahora también puedes hacer capitulaciones matrimoniales. Todo esto es a título personal, si tienes una empresa o SL para tu negocio de las subastas o inmuebles supongo que es diferente y no te afecta tu régimen de casado (o eso supongo yo). Aunque si esto último fuera tu caso seguramente no estarías haciendo estas preguntas.

    Esto es lo que yo creo que es. Si he dicho algo incorrecto lo siento, y que alguien más sabio me corriga y diga la respuesta correcta.

  9. en respuesta a manuel triton
    -
    #5412
    Anónimo 162119
    03/08/16 14:17

    Hasta las 7.58 tan solo, vaya nochecita se habrán pegado dale que te pego. Yo no he investigado las condiciones de esa subasta, pero parece que la han sacado a buen precio a pesar de todo. Puja ganadora 235.001,00 €, ¿habrán estado subiendo de euro en euro y el perdedor habrá desistido por no subirle a 235.002?

  10. en respuesta a Pecks
    -
    #5411
    Anónimo 162119
    03/08/16 14:15

    Yo soy cliente de Openbank, por la facilidad y 0 comisiones, nunca me han cargado 1 céntimo desde que abrieron, me di de alta con una promoción cuando lo crearon y hasta ahora. Pero para hacer consignaciones no creo que se pueda.

  11. en respuesta a manuel triton
    -
    #5410
    03/08/16 14:08

    Si, eso parece, en las entidades colaboradoras de la aeat no aparecen los bancos virtuales. Por lo que entiendo que no se pueden usar para hacer los depósitos. Lo pregunté por si alguien los usaba y podía hacer las consignaciones. Y es algo que no entiendo, ¿no son bancos igualmente válidos? Incluso muchos de ellos son "filiales" de los grandes bancos habituales.

  12. #5409
    03/08/16 12:23

    buenas tardes,a ver si me podeis resolver una duda.
    Si yo estoy casado a efectos de gananciales,pero compro un piso en subasta,y deseo que este a mi nombre y no entre en el regimen de ganciales,como lo deberia escriturar,como compraventa privativo.
    gracias

  13. en respuesta a Pecks
    -
    #5408
    03/08/16 11:52

    Exacto, en la caixa hay que pelearte hasta la saciedad...

  14. en respuesta a Pecks
    -
    #5406
    03/08/16 11:41

    Buenos días señor Pecks yo normalmente lo hago todo por el Santander.
    Pero creo que por estas bancas no son válidas para hacer los depósitos de la Aeat.
    Un cordial saludo.

  15. #5405
    02/08/16 17:37

    Y siguiendo un poco con el tema.
    Me gustaría saber si alguien del blog tiene cuentas o usa alguno de los bancos totalmente onlines o virtuales como OpenBank, Unoe, SelBank, BancoPopular-e, etc.....¿Se pueden usar para hacer los depósitos en las subastas de la aeat? Lo pregunto porque parece que entre los "bancos colaboradores" no están estos, pero a lo mejor alguien tiene cuenta en ellos y no hay inconvenientes en hacer las consignaciones.

    Es que los he estado mirando un poco y considerando como opción de futuro próximo tener una cuenta en alguno de ellos, pero quisiera despejar esta cuestión primero. Y ya de paso, si alguien los usa normalmente, que cuente su experiencia, ventajas e inconvenientes,....Creo que sería de mucho interés.

    Gracias y saludos.

  16. en respuesta a tonigs
    -
    #5404
    02/08/16 17:31

    ¡¡Pues qué bien!!

    Entonces, si entendí bien, ¿ya no te van a cobrar nada por hacer las consignaciones para participar en subastas de la aeat (o su sistema como en las judiciales) a pesar de ser una comisión establecida en sus tarifas?

    Si es así, me parece de lujo. Como tengo cuenta en el mismo banco, tendré que ir a la oficina a hablar con el director y dejarle las cosas claras....A ver si tengo la misma suerte que tú.

  17. #5403
    02/08/16 16:43

    Y ya como cosa de cachondeo esta madrugada ha estado la cosa calentita con la vivienda de puerto marina la de la darsena de levante ¨que dura la vida de subastero que ni en agosto para jeje¨

    Espero que se la adjudique alguien del blog a mi se me salia de presupuesto.

  18. en respuesta a tonigs
    -
    #5402
    02/08/16 15:29

    Gracias tonigs por la respuesta pues en cuanto tenga noticias de como va el tramite lo publico por si le puede servir a otros lectores.

    Un saludo

  19. en respuesta a manuel triton
    -
    #5401
    02/08/16 14:49

    Depende de que fecha sea el contrato... Si es de hace unos años y pagan las cuotas (o pueden demostrar que no es una patraña) por supuesto que te pueden ejercer el retracto. Mucha suerte


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