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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Pecks
    -
    #5400
    02/08/16 14:48

    Pecks primero de todo disculpa por no contar el final, fui a hablar con la Directora me puse un poco serio y a partir de ahora ya no me cobran y me devuelven esos 15 €

  2. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5399
    02/08/16 13:46

    Por otro lado lo que veo una incoherencia es lo de si esta alquilado (si estuviera en esa situación ellos tendrían el contrato de arrendamiento en el registro ya que si no es asi no seria del todo legal) la parte de tanteo y retracto que me comentas si tiene sentido pero si se cumpliera lo anteriormente mencionado en el parentesís.

    Gracias por tu tiempo jotaerre

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5398
    02/08/16 13:32

    Mil gracias por la rapidisima respuesta Jotaerre, me alegra que la primera consulta que propongo seas el primero en responder ya que te sigo muy de cerca tus comentarios eres como una enciclopedia macho de nuevo mil gracias.

    Un cordial saludo.

  4. en respuesta a tonigs
    -
    #5397
    02/08/16 13:20

    Hola tonigs.

    Al final, ¿pudiste ir al banco y solucionar el asunto?
    Qué te dijeron sobre esa comisión y sobretodo, ¿Te devolvieron esos 15€ y/o conseguistes que para el futuro no te los cobren más?

    Un saludo.

  5. en respuesta a manuel triton
    -
    #5396
    02/08/16 12:48

    Buenos días, manuel, es lo legal, ya que tu régimen matrimonial (si fuera el caso) determina si se registra a tu nombre o de la sociedad de gananciales, y lo del alquiler (que algunos registros permiten hacer por instancia allí mismo) es para preservar los derechos de tanteo y retracto.
    Saludos,

  6. #5395
    02/08/16 11:45

    Hola buenos dias en primer lugar me gustaria felicitar a tristan por el block pero tambien a las personas que lo forman porque despues de algo menos de un año he aprendido muchisimo antes desconocia todo este mundo (ahora por lo menos empiezo a sacar rendimiento a esas horas de lectura)

    Ya he conseguido ser el adjudicatario en diferentes bienes tanto en subastas judiciales como en hacienda y en seguridad social.Tampoco no muchas por mi corta edad (30 años) y tiempo desde que empece en este mundillo.

    En concreto tengo una pregunta que agradeceria de antemano devatieramos.
    Hace unos meses fuy el adjudicatario de un bien inmueble en malaga capital,en concreto era una subasta judicial electronica el proceso de la misma ya se encuentra concluida por la autoridad gestora he mandado los documentos al registro de la propiedad de malaga pero me piden algo que hasta ahora nunca habia tenido que hacer que le firme ante notario si estoy soltero casado,como se encuentra el bien inmueble alquilado etc.

    Mi pregunta esto es havitual,como lo soleis hacer vosotros ya que intento reducir costos para hacer la inversion mas rentable y que decir del tiempo perdido en la demora de tramites.

    Un saludo a toda la comunidad.

  7. en respuesta a Pecks
    -
    #5394
    30/07/16 15:13

    Lo del juzgado lo veo difícil ya que soy del centro y el juzgado de la costa,pero como tampoco me sobra la pasta y lo que quiero es sacar más pasta pues como dices me quedo por ahora como estoy hasta que me comuniquen el remate gracias vuestras solucciones

  8. en respuesta a Ares77
    -
    #5393
    30/07/16 01:54

    Todavía tendrás que esperar un tiempo... El ejecutado y el acreedor tienen sus plazos para mejorar tu postura, y según como sean las notificaciones puede alargarse la cosa.
    Yo que tú no sólo llamaba cada 2x3, sino que me plantaba en el mismo juzgado cada semana para ver como va el tema (si puedes ir).

    Y eso de pagar....olvídate de eso por ahora. A no ser que te sobre el dinero y te guste soltarlo sin más.

  9. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5392
    29/07/16 19:22

    ok Jotaerre,ire llamando
    gracias

  10. en respuesta a Ares77
    -
    #5391
    29/07/16 19:21

    De nada, no puedo responder de plazos, pero te aconsejo que no dejes de ir llamando al Juzgado.

  11. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5390
    29/07/16 19:01

    Muchas gracias Jotaerre,entonces esperare a que el juzgado me mande un email para hacer el ingreso,lo decia por si se pasaban esos 10 dias.¿suele tardar mucho,o no?
    gracias por la respuesta y la solucción

  12. en respuesta a Ares77
    -
    #5389
    29/07/16 16:47

    Hols, Ares77, parece que Tristán ya debe estar atrapado en la operación salida, así que entro de servicio (¿otro güisqui, Torrente?;):
    Son 10 días, pero desde que el Juzgado te apruebe el remate, lo del "cierre" de la subasta es a efectos del plazo para el Juzgado, no para tí.
    Saludos,

  13. en respuesta a Molito
    -
    #5388
    29/07/16 16:37

    ¿Y en el registro es una sola finca?
    ¿Conocéis el contenido del contrato?

  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    #5387
    29/07/16 16:30

    Seria una venta "amistosa" no es ninguna subasta , esta mi padre negociando con los herederos, pero el rentero no se trata con alguno de ellos pero podría "joder la marrana " ( cosas de pueblos.....).
    En catastro aparecen como 3 subfincas dentro una finca matriz ( A y B las rusticas y C la edificación ) .
    Para CarlosMallorca Por el tema de colindantes creo que no habría problema, tengo entendido que eso es en caso de fincas menores a la hectárea que no es el caso.

  15. #5386
    29/07/16 14:54

    Hola a todos,lo primero gracias a los de este foro por enseñar tanto durante mucho tiempo leyéndos.
    Hoy os escribo porque al final de un tiempo,el otro día puje por un lote de bienes muebles en boe,y al final fui el mejor postor,me mandarán el email con un numero de cuenta y diciendo que era el mejor postor.
    Ahora estoy llamando al juzgado de turno para que me diga cuando debo pagar el resto del importe desde hace 3dias y nada,no lo coge ni dios.
    Tengo que esperar por sí se lo adjudican a acreedor o el secretario da por desierta la puja,ya que no supera no el 10% del valor o hago el ingreso del resto.había leído que para muebles son 10 días desde el cierre de la subasta.
    Gracias

  16. #5385
    29/07/16 13:52

    Esto es lo que pone en la página de subasta
    LA SUBASTA HA CONCLUIDO SU PERIODO DE PUJAS (se encuentra pendiente de finalización por la Autoridad Gestora).
    Certificado de cierre
    Gracias

  17. en respuesta a Molito
    -
    #5384
    29/07/16 12:49

    Además, en este caso también habría que tener en cuenta el retracto de los colindantes

  18. en respuesta a Molito
    -
    #5383
    29/07/16 12:48

    Hola, Molito, este caso no lo veo tan claro, dependerá de si la casa figura en registro, catastro y edicto, y de ese contrato extrañamente parcial de la finca.
    Saludos,

  19. en respuesta a CarlosMallorca
    -
    #5381
    29/07/16 12:27

    Me viene de perlas este comentario
    Tengo un familiar que anda detrás de una finca rustica + una casa, la finca rustica ahora mismo esta alquilada y la vivienda desde hace años vacía.
    Si se vende todo el conjunto finca con la casa ¿ El inquilino de la finca rustica no podrá ejercer el derecho de tanteo y retracto entiendo?

    saludos


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