Matrimonio formado por "A y B", casados en separación de bienes compran "a medias" a una promotora: vivienda, garaje y trastero -mismo edificio-. En la misma escritura o en otra, pero simltáneamente, "A" adquiere con carácter privativo un garaje adicional del mismo bloque.¿Cuál es el tipo de IVA aplicable a la adquisición de ese "segundo" garaje adquirido exclusivamente por "A"? Normativa.- Arts. 90.Uno y 91.Uno.1.7º LIVARespuesta: Tributa al 10%Motivo: -Adquisición en el mismo momento que la de la vivienda.-El garaje (los dos garajes y el trastero) se halla en el mismo edificio que la vivienda.Dice la DGT (Consultas V0052-16, V1210-19 y V1305-08) que:"Carece de relevancia, a estos efectos, la distribución de la propiedad de dichas edificaciones entre las personas adquirentes".Por lo tanto, a la adquisición de los 4 locales: vivienda, los dos garajes y el trastero, se le aplica un IVA del 10%. 1