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El pago único o capitalización del desempleo para convertirse en autónomo

¿Qué es el pago único o capitalización del desempleo?

El pago único o capitalización del desempleo es el cobro en un solo pago del importe de la prestación por desempleo contributiva a la que tuviera derecho el contribuyente. Para poder recibir por adelantado la prestación por desempleo, la persona desempleada tiene que estar interesada en iniciar su propio negocio, ya sea, como autónomo o como socio trabajador de una cooperativa o una sociedad laboral.

Pago único o capitalización del desempleo

 

¿Quién puede solicitar el pago único o capitalización del desempleo?

Únicamente pueden solicitar el pago único o capitalización del desempleo aquellas personas que reciben la prestación por desempleo contributiva y que, además, cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener pendientes de recibir tres mensualidades de la prestación por desempleo, como mínimo.
  • No haber iniciado la actividad económica ni estar de alta en la Seguridad Social.
  • No haberse beneficiado de otro pago único en los 4 años anteriores.
  • Acreditar el alta como autónomo estable o la incorporación como socio trabajador de una cooperativa, sociedad laboral o mercantil. Además, tienen que iniciar la actividad en como máximo en el plazo de un mes desde la fecha en la que se apruebe el pago único o capitalización del desempleo.
  • No haber impugnado el despido que diera lugar a la situación de desempleo. Una vez que se haya resuelto el expediente de impugnación, se podrá solicitar el pago único.

¿Qué modalidades de pago único existen para los autónomos?

Existen dos modalidades de pago único o capitalización del desempleo. La aplicación de una u otra modalidad dependerá de la elección que tome cada persona desempleada para la constitución de su nuevo negocio como autónomo:
  • Pago único con el límite del 60% de las prestaciones por desempleo pendientes: esta modalidad se aplicará en los casos en los que se realice una inversión inicial para financiar la nueva actividad. El 40% restante se percibe a través de la compensación de las cuotas de autónomos que se vayan pagando. Este límite se eleva hasta el 100% para los trabajadores con una discapacidad igual o superior al 33%, para los hombres de hasta 30 años de edad o mujeres de hasta 35 años, que quieran convertirse en autónomos.
  • Pagos mensualesesta modalidad se aplicará en los casos en los que no se realice inversión inicial alguna para la financiación de la nueva actividad. En este caso, se destinará el 100% de las prestaciones por desempleo a la compensación de las cuotas de autónomos mensuales.

¿Cómo y dónde hay que solicitar el pago único o capitalización del desempleo?

Las personas desempleadas que soliciten el pago único o capitalización del desempleo deben acudir a la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora que les corresponda. Además le pago único se puede solicitar, tanto en el momento en el que se tramita la prestación por desempleo, como en cualquier otro momento posterior.

La solicitud del pago único se tiene que presentar junto con una memoria de la actividad que se va a comenzar a realizar, así como un detalle de las inversiones que se fueran a realizar. Los importes de las inversiones indicadas en la memoria no tienen que incluír su IVA soportado correspondiente, ya que, no es subvencionable.

 

Ahora queda por ver los resultados que obtiene esta medida de pago adelantado de las prestaciones por desempleo, ya que, muchas personas pueden optar por ella y comenzar una nueva actividad pero nadie puede garantizarles el éxito y dentro de 6 meses o 1 año encontrarse en una situación peor de la que estaban inicialmente.

¿Habéis solicitado el pago único o capitalización del desempleo?, ¿El adelanto de la prestación por desempleo os ha servido de ayuda para el desarrollo de la nueva actividad?

 

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