Sí pone 2 Mayo, el 3 es el primer día de comienzo del mes de espera. Pasado ese mes, dispone de 15 días hábiles para realizar la solicitud. Cómo hacerlo? De la misma forma que solicitó la prestación contributiva de desempleo. Vía online o presencial en SEPE. Dando por supuesto que cumple los requisitos, en uno u otro caso, si la oficina SEPE necesita información y/o documentación adicional, ya se la solicitarà Saludos.
El mes de espera empieza el día que acaba el período reconocido de la prestación contributiva; NO a partir de la fecha de cobro del último pago de SEPE. Verifique la fecha de fín de efecto de su prestación, y a partir de ese momento, espere un mes. Saludos.
En mi opinión, las anteriores a los 24 meses últimos, limitadas en el mínimo y máximo en función de las cotizadas por cada interesado. En cuanto a plazo para suscribirlo, la reglamentación específica de este tipo de CE establece que puede suscribirse e cualquier momento mientras se sea beneficiario de este subsidio.Saludos.
Como señala Gomaya, siendo perceptor del SUB MAY 52, hay un convenio especial específico para sumar ambas cotizaciones. Podrías realizar dicha suscripción vía online mediante certificado digital. Y si lo suscribes dentro de los 90 días posteriores a la fecha de efecto de concesión del subsidio, surtiría efecto desde esta última fecha. Saludos.
Bàsicamente, porque hay muchos tipos de convenio especial específicos y un tipo único genérico. Esos específicos tienen algunas características diferentes, por ejemplo, en el caso del de mayores de 52, se puede suscribir en cualquier momento mientras se sea beneficiario del subsidio, cosa que no es así respecto al que UD suscribió. Y por supuesto, el coste mensual de sufragarlo es mucho menor.
Divida entre doce esa cantidad. Si no sobrepasa 850,50 euros brutos mensuales (sumando la totalidad de rentas mensuales que, en su caso, pueda tener), no tiene obligación de notificar nada a SEPE.Saludos.
Debe cambiarlo y suscribir un CE específico para beneficiarios del SUB MAY 52, adecuando la base de cotización que estaba suscribiendo, para que la mensualidad se adapte a la diferencia que cotiza el SEPE y a la cantidad total de base reguladora que quiere suscribir.Saludos.
Solicite la suspensión del subsidio y trabaje esos once meses. Puesto que tras la finalización del mismo no habrä generado derecho a prestación contributiva, al día siguiente de la finalización del contrato, solicite la reanudación del subsidio.Saludos.
Buenas tardes Gonzo,Es que si has hecho los cálculos y no has superado el límite de las mismas en ningún mes y aun calculando un interés presunto de las cuentas sin remunerar tampoco se superan sumándolo todo, opción A del impreso de la DAR: "sin variación de rentas o aun habiendo variado, lo han hecho por menos del 75% del SMI."; fecha y firma y nada que aportar.Saludos.