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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Es la primera noticia que tengo: que no comunicar un ingreso que no es causa de suspensión sea sancionable. Si esa Web le aconsejó éso, hizo lo correcto (son profesionales en Derecho Laboral y de la SS).
Wediehard09/01/26 22:04
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
UD fue quien de motu propio notificó a SEPE. Sólo hay obligación de notificar a SEPE aquellas situaciones que supongan la suspensión/extinción del subsidio. Aceptar una herencia por un importe de 5700 euros no supone estar incurso en un supuesto de suspensión del subsidio y por tanto, no había obligación de comunicar a SEPE.
Wediehard09/01/26 21:07
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Si ha recibido en herencia esa cantidad, 5700 euros, cómo decía frangjr a la misma duda de otro compañero, se trata de un pago único a dividir entre doce. SEPE puede mirar lo que crea conveniente pero por esa cantidad no hay motivo legal para suspenderle el subsidio. En definitiva, despreocúpese de este asunto ya que no supera 888 euros brutos el mes de imputación de dicho ingreso.
Wediehard09/01/26 20:33
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
No se asuste y lea la respuesta inmediatamente anterior a su pregunta.
Wediehard08/01/26 19:21
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SEPE. Superar el máximo de ingresos
En su día nos comentó este asunto: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6738671-subsidio-mayores-52-anos-aceptacion-hrenciaDe hecho, a la vista del importe heredado, no estaba obligado a notificar nada a SEPE puesto que no constituye un supuesto de suspensión del subsidio, ya que a falta de más rentas brutas mensuales, cumplía el requisito de rentas.Una vez ha comunicado dicha aceptación a SEPE, el organismo puede solicitarle cualquier documentación que tenga a bien. Pero, como le dijo frangjr, sin más rentas aparte cada mes, su subsidio no corre peligro por esta herencia (ni siquiera en términos de suspensión).
Wediehard05/01/26 20:31
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La Ocde
No.
Wediehard02/01/26 15:11
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Herencia piso y subsidio +52
Ésto es lo de siempre: errónea idea de asumir una suspensión del subsidio por el simple hecho de heredar un inmueble (en todo o en parte). Una vez se convierta en propietario vía herencia, a falta de un interés efectivo, SEPE a partir del mes siguiente, supondrá un interés presunto del valor catastral del referido inmueble (entendemos que no constituye vivienda habitual). En caso de una hipotética venta, si no hay ninguna ganancia en dicha operación, no habrá que comunicar nada, y si la hubiera, se comunicará si dicha ganancia dividida entre doce supone un cociente mayor al límite de rentas mensual correspondiente en ese momento. PS: realizar cálculos una vez se produzca el hecho causante y en relación a la normativa vigente en este momento: lo que hoy es A, mañana puede ser B.
Wediehard24/12/25 23:37
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Hoy es 24 de Diciembre. Tómese una buena dosis de espíritu navideño. Vuelva a releer en unos días todo lo que le hemos dicho. No se agobie: si es un préstamo, no hay ninguna renta, ya que ese dinero lo tiene que devolver. Si es una donación, ha tenido un ingreso extra que, por su importe, le supone un mes de suspensión del subsidio. Puede comunicar a SEPE dicha operación el día que quiera y como fecha límite el día en que presente la próxima DAR.
Wediehard24/12/25 22:51
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
"... podrá (y deberá) solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. "
Wediehard24/12/25 12:15
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
No hay nada que perdonar. Si es una donación, le hemos respondido respecto a cómo actuar ante SEPE. Es un ingreso extra en forma de pago único: cómo tal, SEPE nos dice en sus instrucciones, que debe dividirlo entre doce. Dado que el cociente supera los 888 euros brutos, es un supuesto de suspensión de subsidio que debe comunicar al organismo. Pero, tiene de plazo hasta la fecha de presentación de la próxima DAR. Cuando lo haga, le suspenderàn un mes el cobro y cotización y podrá solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. Otra cuestión es qué le harà la AEAT (lo desconozco).Tranquila, que su subsidio NO se extingue por esta operación siempre que lo comunique a SEPE en su próxima DAR (fecha límite).Saludos cordiales.