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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Es la primera noticia que tengo: que no comunicar un ingreso que no es causa de suspensión sea sancionable. Si esa Web le aconsejó éso, hizo lo correcto (son profesionales en Derecho Laboral y de la SS).
Wediehard09/01/26 22:04
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
UD fue quien de motu propio notificó a SEPE. Sólo hay obligación de notificar a SEPE aquellas situaciones que supongan la suspensión/extinción del subsidio. Aceptar una herencia por un importe de 5700 euros no supone estar incurso en un supuesto de suspensión del subsidio y por tanto, no había obligación de comunicar a SEPE.
Wediehard09/01/26 21:07
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Si ha recibido en herencia esa cantidad, 5700 euros, cómo decía frangjr a la misma duda de otro compañero, se trata de un pago único a dividir entre doce. SEPE puede mirar lo que crea conveniente pero por esa cantidad no hay motivo legal para suspenderle el subsidio. En definitiva, despreocúpese de este asunto ya que no supera 888 euros brutos el mes de imputación de dicho ingreso.
Wediehard09/01/26 20:33
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
No se asuste y lea la respuesta inmediatamente anterior a su pregunta.
Wediehard08/01/26 19:21
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SEPE. Superar el máximo de ingresos
En su día nos comentó este asunto: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6738671-subsidio-mayores-52-anos-aceptacion-hrenciaDe hecho, a la vista del importe heredado, no estaba obligado a notificar nada a SEPE puesto que no constituye un supuesto de suspensión del subsidio, ya que a falta de más rentas brutas mensuales, cumplía el requisito de rentas.Una vez ha comunicado dicha aceptación a SEPE, el organismo puede solicitarle cualquier documentación que tenga a bien. Pero, como le dijo frangjr, sin más rentas aparte cada mes, su subsidio no corre peligro por esta herencia (ni siquiera en términos de suspensión).
Wediehard05/01/26 22:17
Ha recomendado
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
de
euroramon
Wediehard05/01/26 20:31
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La Ocde
No.
Wediehard02/01/26 15:11
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Herencia piso y subsidio +52
Ésto es lo de siempre: errónea idea de asumir una suspensión del subsidio por el simple hecho de heredar un inmueble (en todo o en parte). Una vez se convierta en propietario vía herencia, a falta de un interés efectivo, SEPE a partir del mes siguiente, supondrá un interés presunto del valor catastral del referido inmueble (entendemos que no constituye vivienda habitual). En caso de una hipotética venta, si no hay ninguna ganancia en dicha operación, no habrá que comunicar nada, y si la hubiera, se comunicará si dicha ganancia dividida entre doce supone un cociente mayor al límite de rentas mensual correspondiente en ese momento. PS: realizar cálculos una vez se produzca el hecho causante y en relación a la normativa vigente en este momento: lo que hoy es A, mañana puede ser B.
Wediehard30/12/25 21:20
Ha recomendado
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
de
Angelneu
Wediehard24/12/25 23:37
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Hoy es 24 de Diciembre. Tómese una buena dosis de espíritu navideño. Vuelva a releer en unos días todo lo que le hemos dicho. No se agobie: si es un préstamo, no hay ninguna renta, ya que ese dinero lo tiene que devolver. Si es una donación, ha tenido un ingreso extra que, por su importe, le supone un mes de suspensión del subsidio. Puede comunicar a SEPE dicha operación el día que quiera y como fecha límite el día en que presente la próxima DAR.
Wediehard24/12/25 22:51
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
"... podrá (y deberá) solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. "
Wediehard24/12/25 12:15
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
No hay nada que perdonar. Si es una donación, le hemos respondido respecto a cómo actuar ante SEPE. Es un ingreso extra en forma de pago único: cómo tal, SEPE nos dice en sus instrucciones, que debe dividirlo entre doce. Dado que el cociente supera los 888 euros brutos, es un supuesto de suspensión de subsidio que debe comunicar al organismo. Pero, tiene de plazo hasta la fecha de presentación de la próxima DAR. Cuando lo haga, le suspenderàn un mes el cobro y cotización y podrá solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. Otra cuestión es qué le harà la AEAT (lo desconozco).Tranquila, que su subsidio NO se extingue por esta operación siempre que lo comunique a SEPE en su próxima DAR (fecha límite).Saludos cordiales.
Wediehard24/12/25 11:59
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Es que ahora nos dice que se trata de un préstamo. Entiendo que ese préstamo hay que devolverlo. Como le dice frangjr, no es un supuesto de suspensión de subsidio, por lo tanto, no hay obligación de comunicar nada a SEPE. A partir de ahí, puede complicarse la vida y notificar a SEPE lo que tenga a bien.Saludos cordiales.
Wediehard24/12/25 11:31
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
A ver, que no cunda el pànico. Si es un traspaso entre cuentas suyas, nada que comunicar. Si es un ingreso de una cuenta NO suya a su CC, es un ingreso único que le hace estar en un supuesto de suspensión del subsidio, dado el importe del mismo.Pero dado que esta operación fue realizada después de su última DAR, tiene de plazo hasta la próxima DAR para notificar a SEPE (no le van a extinguir el subsidio ni nada por el estilo: serà un mes de suspensión). Y si Hacienda considera que está operación es una donación, deberà arreglarse con Hacienda por lo que repercuta a efectos fiscales.
Wediehard24/12/25 10:54
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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Es un ingreso en forma de pago único que, dividido entre doce meses, supone incumplir el requisito de carencia mensual de rentas brutas. Que lo comunique antes, cuanto antes o en la próxima DAR no va a afectar en que disminuya o aumente la posible sanción por un mes de no cobrar ni cotizar cómo beneficiario del subsidio.
Wediehard19/12/25 13:26
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Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Es que aunque SEPE considere que ha aceptado una herencia aun sin haber realizado el formalismo ante notario de aceptación, su condición, mientras viva su padre, es de nudo propietario. La nuda propiedad no genera ningún tipo de rendimiento.En mi opinión, la respuesta de su abogado resume a la perfección, la justificación de no hacer nada ante SEPE de momento.
Wediehard17/12/25 21:16
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Subsidio + 52 y Pago Impuesto sobre Donaciones.
Su padre es usufructuario y UD y su hermano tienen la nuda propiedad del inmueble en cuestión. La nuda propiedad no genera ningún tipo de rendimiento. Personalmente, creo que no afecta para nada a efectos de subsidio.
Wediehard11/12/25 16:45
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SEPE. Superar el máximo de ingresos
Tenga en cuenta que en el límite de rentas NO se incluye el importe del subsidio. A partir de ahí y teniendo éso claro, cualquier ingreso computable bien como pago único o bien como rendimiento periódico (mes a mes), deberà notificarlo a SEPE si dicha cantidad resultante le pone en situación de incumplir el requisito mensual de rentas. Y si tiene dudas, aún no superando al mes dicho límite, puede notificar cualquier ingreso extra que obtenga. La duración de una suspensión dependerá de los meses en que incumpla su obligación de no superar rentas cada mes; con un límite de doce meses consecutivos manteniendo dicho incumplimiento, su subsidio quedaría extinguido.
Wediehard10/12/25 16:16
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Perceptores actuales del subsidio de mayores de 52 años
Veo bastante complicado que un cambio se refiera a los años mínimos cotizados, ya que estamos hablando de requisitos que afectan a una jubilación contributiva (quince años mínimo de cotización).Mientras tanto, podemos seguir leyendo chorradas infundadas de quienes acojonan al personal preveyendo un cambio de gobierno que modifique las actuales condiciones de acceso al subisidio, condicionando así un futuro ejercicio de derecho al voto. A nadie que actualmente sea beneficiario del SUB MAY le va a cambiar dicha situación, por mucho que digan ciertos gurús informativos (OCDE incluída).
Wediehard10/12/25 10:56
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Subsidio desempleo
Puede consultar el artículo 275.3 de la LGSS sobre el particular que comenta: no habla de ascendientes. Por tanto, las rentas/ingresos de sus padres no se tendrían en cuenta a efectos de rentas de la "unidad familiar".
Wediehard04/12/25 08:48
Ha recomendado
Re: Subsidio 52 años combinado con convenio especial
de
Paco50
Wediehard03/12/25 10:41
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Hacer la declaración de renta IRPF obligatoria si cobras subsidio
No se complique la vida. La hace y la presenta en AEAT: "Resultado 0". Yo las llevo presentando con ese resultado en las dos ultimas declaraciones.
Wediehard30/11/25 15:28
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Subsidio 52 años combinado con convenio especial
En el caso que describe la BR son 2000 euros.
Wediehard30/11/25 11:35
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Cobro de indemnización del seguro se declara a efectos del subsidio de 52
Recuerde: una cosa es la normativa de la AEAT y otra la de SEPE. SEPE dice que en el caso que UD comenta no está obligada a notificarle nada puesto que en su instrucción de rentas lo considera renta excluída.A partir de ahí, se puede marear la perdiz a gusto del interesado.
Wediehard30/11/25 09:26
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Cobro de indemnización del seguro se declara a efectos del subsidio de 52
El hecho de percibir una indemnización en el caso que describe NO es una renta para SEPE. No hay que dividir entre 12 meses ni nada. Está claro que su CC va a verse incrementada por dicho importe, al que habría que calcular su rendimiento presunto salvo que su banco le remunere su CC. Quiere quedarse tranquila? Vaya a SEPE. Qué le tiene que decir el funcionario que le atienda? Qué para el organismo esa cantidad derivada de ese supuesto es una renta excluída.