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Participaciones del usuario renciayera - Fiscalidad

renciayera 23/06/25 10:38
Ha respondido al tema Lío con nuestro hijo en la declaración
RectificoEn la declaración conjunta del padre/madre con el hijo  el importe de la reducción es de 2.150,0 EuCopio y pegob) En declaraciones conjuntas de unidades familiares formadas por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro (2ª modalidad de unidad familiar, en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial) se aplicará una reducción de la base imponible de 2.150 euros anuales, con carácter previo a las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, incluidos los constituidos a favor de personas con discapacidad, así como a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad y a la Mutualidad de previsión social de deportistas profesionales previstas en la Ley del IRPF.Esta reducción se aplicará, en primer lugar, a la base imponible general sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración. El remanente, si lo hubiera, minorará la base imponible del ahorro, que tampoco podrá resultar negativa.
renciayera 23/06/25 09:19
Ha respondido al tema Lío con nuestro hijo en la declaración
Es que creo  que hay dos conceptos:Por tibutación conjunta aquí solamente el contrbuyente que hace la declaración conjunta con su hijo Eu. 3.400,00, el otro nadaMínimo por descendientes aqui cada cónyuge debe de estipular el 50% de los 2.400,00  Eu. esdecir 1.200,00 cada unoSalvo superior criterio
renciayera 22/06/25 20:01
Ha respondido al tema Reducción por inicio de una nueva actividad - Declaración de la Renta
Entiendo que SI en el manual del IRPF sólo cita como exclusion:ExclusiónLa reducción no resulta de aplicación en el período impositivo en el que más del 50 por 100 de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.
renciayera 22/06/25 19:20
Ha respondido al tema Modificaciones CNAE 2025
¿Nadie?
renciayera 21/06/25 10:07
Ha publicado el tema Modificaciones CNAE 2025
renciayera 20/06/25 10:48
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad
Estaría interesado en saber porque no tiene derecho pero, no se puede acceder al enlace que adjuntas
renciayera 19/06/25 15:49
Ha respondido al tema Procedimiento de apremio por tributos locale!
Correcto por lo que mantengo lo dicho Cualquier reclamación sobre la deuda realizada periódicamente, interrumpe el plazo de  prescripción. 
renciayera 19/06/25 12:43
Ha respondido al tema Procedimiento de apremio por tributos locale!
Ley 58/2003 de 17 de diciembreArtículo 68. Interrupción de los plazos de prescripción.1. El plazo de prescripción del derecho a que se refiere el párrafo a) del artículo 66 de esta Ley se interrumpe:a) Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario. (...)Cualquier reclamación sobre la deuda realizada periódicamente, interrumpe el plazo de  prescripción.
renciayera 19/06/25 09:29
Ha respondido al tema Procedimiento de apremio por tributos locale!
Como ya te han comentado las autoridades locales tienen tiempo y medios para evitar que la deudas tributrias prescriban.El día de mañana cobrarás algun tipo de pensión entonces te pueden embargar mensualmente el 30% del importe que supere los 1.184 euros (equivalente al SMI de 2025) 
renciayera 17/06/25 20:45
Ha respondido al tema Reducción del 90% en el IRPF por alquiler en zonas tensionadas
El manual habla de nuevo contrato, nada dice de nuevo arrendatario. Así que si le haces un nuevo contrato po vencimiento del anterior le rebajas un 5% y está en zona ternsionada creo que te puedes deducir el 90%.Copio y pego manual IRPF 2024Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a viviendaLa Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda (BOE de 25 de mayo) modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, de modo que, con efectos desde 1 de enero de 2024, a los contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023 les resultan de aplicación los nuevos porcentajes de reducción, que son:El 90 por 100, en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5 por 100 sobre el contrato anterior.