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Amortización inmueble alquilado - Usufructuario y Nudo Propietario
Correcto "Bacalo" lo deberían de explicar con la fórmula del 89 y lo hubiéramos tenido más claroUn saludo
renciayera04/06/25 12:08
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Amortización inmueble alquilado - Usufructuario y Nudo Propietario
Me contesto yo mismo"Geli22" creo que los dos henmos sufrido un error de interpretaciónAEAT Un contribuyente adquirió por herencia el usufructo de una vivienda. El valor a efectos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de 55.000 € y el importe de dicho impuesto satisfecho con ocasión de esta adquisición es de 5.000 €. La vivienda estuvo alquilada todo el año y el importe del alquiler es de 800 € mensuales.Marcará adquisición lucrativa* Si el usufructo fuese temporal y tuviera una duración de10 años “Amortización en casos especiales”= Coste de adquisición/ duración del usufructo= 60.000/10= 6.000* Si el usufructo fuera vitalicio “Amortización en casos especiales”= 3% * 60.000= 1.800 Tanto si el usufructo es temporal como si es vitalicio el importe de la amortización no podrá superar el importe de los rendimientos íntegros del derecho, en este caso: 800*12= 9.600Se refiere al valor único del usufructo del total de la herencia de esa vivienda, no a la valoración total de la vivienda
renciayera04/06/25 11:37
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Amortización inmueble alquilado - Usufructuario y Nudo Propietario
Tienes razón en los ejemplos de la AEAT lo calculan sobre el valor total del inmueble a efectos del ISD no sobre el valor del usufructo que es el que queremos amortizarEsperamos a foreros que hagan comentarios al respecto
renciayera04/06/25 11:10
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Duda derramas IRPF
Los importes de derrama girados por la Comunidad por obras en el edificio serán deducibles:Como gastos necesarios. Si se corresponde con el concepto de reparación y conservación (Con el límite de los rendimientos integrospercibidos)Con las amortizaciones como mayor valor de adquisicion si estas obras se consideran mejora del inmueble.Y en ambos casos en la medida en que las obras se vayan realizando.Es decir que si la derrama la has pagado en 2023 y hasta 2024 el constructor/albañil no las ha terminado y facturado a nombre de la Comunidad, entiendo que te las podras deducir o amortizar en 2024Salvo superior criterio
renciayera03/06/25 16:37
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Reinversión en vivienda habitual
Para que la ganancia patrimonial puedas considerarla exebta por reinversión, para la compra de la nueva vivienda habitual debes de destinar una cantidad equivalente u superior ala obtenida en la venta de la anterior vvienda habitual.Ver consulta V0887-19 del 24/04/2019Salvo superior criterio
renciayera01/06/25 20:52
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Rendimientos capital inmobiliario
Aclarada esta duda en el post "Alquiler de piso"
renciayera01/06/25 20:50
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IRPF - Alquiler de piso
Gracias por vuestras intervenciones todo entendido."Enasua" muy aclaratorias las consultas vinculantes aportadas.Gracias
renciayera01/06/25 12:11
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IRPF - Alquiler de piso
"Enasua" Efectivamente tu comentario lleva a confusión.Entonces la amortización de los muebles cedidos ¿se prorratea en función del tiempo que permanece en alquiler cada año ?Acabo de planter un nuevo tema sobre esta misma cuestión.La verdad es que no veo en ningún sitio que diga que haya que prorratearlo
renciayera01/06/25 12:01
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Rendimientos capital inmobiliario
renciayera29/05/25 09:57
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Deducir impuestos obras de mejora en piso alquilado siendo arrendador
Amortizables no. Yo los consideraría deducibles del los posteriores rendimientos del capital inmobiliario.Ver consulta vinculante V4347-16 del 10/10/2016Salvo superior criterio