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Reducción por inicio de una nueva actividad - Declaración de la Renta
Entiendo que SI en el manual del IRPF sólo cita como exclusion:ExclusiónLa reducción no resulta de aplicación en el período impositivo en el que más del 50 por 100 de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.
renciayera22/06/25 19:20
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Modificaciones CNAE 2025
¿Nadie?
renciayera21/06/25 10:07
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Modificaciones CNAE 2025
renciayera20/06/25 10:48
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Deducción por ascendiente con discapacidad
Estaría interesado en saber porque no tiene derecho pero, no se puede acceder al enlace que adjuntas
renciayera19/06/25 15:49
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Procedimiento de apremio por tributos locale!
Correcto por lo que mantengo lo dicho Cualquier reclamación sobre la deuda realizada periódicamente, interrumpe el plazo de prescripción.
renciayera19/06/25 12:43
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Procedimiento de apremio por tributos locale!
Ley 58/2003 de 17 de diciembreArtículo 68. Interrupción de los plazos de prescripción.1. El plazo de prescripción del derecho a que se refiere el párrafo a) del artículo 66 de esta Ley se interrumpe:a) Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario. (...)Cualquier reclamación sobre la deuda realizada periódicamente, interrumpe el plazo de prescripción.
renciayera19/06/25 09:29
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Procedimiento de apremio por tributos locale!
Como ya te han comentado las autoridades locales tienen tiempo y medios para evitar que la deudas tributrias prescriban.El día de mañana cobrarás algun tipo de pensión entonces te pueden embargar mensualmente el 30% del importe que supere los 1.184 euros (equivalente al SMI de 2025)
renciayera17/06/25 20:45
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Reducción del 90% en el IRPF por alquiler en zonas tensionadas
El manual habla de nuevo contrato, nada dice de nuevo arrendatario. Así que si le haces un nuevo contrato po vencimiento del anterior le rebajas un 5% y está en zona ternsionada creo que te puedes deducir el 90%.Copio y pego manual IRPF 2024Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a viviendaLa Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda (BOE de 25 de mayo) modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, de modo que, con efectos desde 1 de enero de 2024, a los contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023 les resultan de aplicación los nuevos porcentajes de reducción, que son:El 90 por 100, en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5 por 100 sobre el contrato anterior.
renciayera17/06/25 16:27
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Duda cálculo venta bien Renta
Según mi opiniónGanancia patrimonial 70.000,00 - 51.600,00 = 18.400,00Valoración del usufructo 89 - 86 = 3%Usufructo 18.400,00 x 3% = 552,00Nuda propiedad 18.400,00 - 552,00 = 17,848,001/5 de la nuda propiedad 17.848,00 / 5 = 3.569,60Salvo superior criterio
renciayera17/06/25 11:34
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Venta de terreno
En el artículo que adjuntas se trata de la posesión de un solar sin edificar que efectivamente no genera imputación de renta."Rucko" tiene razón, la venta de un terreno SI que se declara en el IRPF como Ganancias/Pérdidas patrimoniales