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Participaciones del usuario mivisa

mivisa 19/03/25 23:19
Ha respondido al tema Aplicación mínimo ascendiente mayor 75 años y ajuste por mutualidades - DT2 LIRPF
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, para que puedas aplicar el mínimo por ascendientes en tu declaración del IRPF, tu padre debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos: Convivir contigo (o ser dependiente en un centro especializado).Tener más de 65 años o una discapacidad del 33% o superior.No superar los 8.000 € anuales de rentas (excluidas las exentas).No presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 €.Respecto al ajuste por mutualidades - DT2 LIRPF, este se refiere a la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF, que permite a ciertos pensionistas reducir su base imponible por aportaciones a mutualidades laborales anteriores a 1979. Si este ajuste reduce las rentas totales computables de tu padre por debajo de los 8.000 € (sin contar rentas exentas), sí podrías volver a aplicar el mínimo por ascendientes en tu declaración. Para confirmarlo, revisa en sus datos fiscales la cifra final de rentas computables tras aplicar la reducción. Si es inferior a 8.000 €, podrías incluirlo en tu declaración de 2023 y 2024 (si se mantiene la situación). Dado que es un caso específico, te recomiendo verificar con un asesor fiscal o en la Agencia Tributaria para asegurarte de que el ajuste se aplica correctamente y cumple con los requisitos del mínimo por ascendiente. Si necesitas más información, puedes consultar el manual práctico del IRPF de la Agencia Tributaria aquí: Manual práctico del IRPF 2023.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 23:10
Ha respondido al tema Vuelta a Espanya desde Suiza
https://garciataboada.es/guia-completa-sobre-la-ley-beckham-ventajas-fiscales-para-autonomos-extranjeros-en-espana/#:~:text=La%20Ley%20Beckham%20beneficia%20a,ingenieros%2C%20m%C3%A9dicos%20o%20consultores).
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mivisa 19/03/25 23:08
Ha respondido al tema Vuelta a Espanya desde Suiza
Según el sitio web de la Agencia Tributaria (Agencia Tributaria - Régimen de impatriados), para acogerse al régimen fiscal especial para impatriados (conocido como "Ley Beckham"), debes cumplir los siguientes requisitos: 1) No haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años Debes demostrar que en los 5 años anteriores a tu traslado no fuiste residente fiscal en España. 2) El traslado debe estar motivado por una relación laboral o actividad económica El cambio de residencia debe producirse como consecuencia de: Un contrato de trabajo con una empresa española o con una entidad no residente con presencia en España.Una autorización como administrador en una empresa española (si no tienes más del 25% de participación en la sociedad).La realización de una actividad económica en España como autónomo o emprendedor.3) Solicitud en el plazo de 6 meses Desde la fecha de alta en la Seguridad Social en España o el reconocimiento de la relación laboral, tienes 6 meses para solicitar la aplicación del régimen ante la Agencia Tributaria. 4) No obtener rentas mediante un establecimiento permanente en España No puedes desarrollar una actividad económica en España como autónomo con establecimiento permanente. Ventajas del régimen Beckham Si se te concede el régimen: Tributas solo por las rentas obtenidas en España.Se aplica un tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000 € de ingresos del trabajo (y un 47% sobre el exceso).No tributas por tus ingresos generados fuera de España (excepto si provienen de una actividad en España).Duración del régimen Este régimen se aplica durante 6 años fiscales: el año del cambio de residencia y los cinco siguientes. Si cumples estos requisitos y deseas acogerte, deberás presentar el modelo 149 ante la Agencia Tributaria. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, te recomiendo consultar con un asesor fiscal especializado en expatriados.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 23:03
Ha respondido al tema Vuelta a Espanya desde Suiza
Según el sitio web de la Agencia Tributaria de España (Agencia Tributaria), responderé a tus preguntas teniendo en cuenta la normativa fiscal española y el Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y Suiza. 1) Residencia fiscal en 2025 y declaración de la renta Tienes razón en que serás residente fiscal en Suiza hasta el 31 de julio de 2025 y residente fiscal en España desde el 1 de agosto de 2025. Sin embargo, la Agencia Tributaria determina la residencia fiscal en función del criterio de 183 días en un año natural. Si en 2025 no superas los 183 días en España, podrías seguir considerándote residente fiscal en Suiza para todo el año, lo que evitaría tributar en España por tu renta mundial. No obstante, si Hacienda te considera residente fiscal en España desde agosto, tendrías que hacer dos declaraciones: En Suiza, por los ingresos obtenidos hasta el 31 de julio.En España, por los ingresos obtenidos a partir del 1 de agosto.Debes revisar si el CDI entre España y Suiza te permite seguir tributando solo en Suiza en 2025 o si te conviertes en residente fiscal español. 2) Venta de acciones antes del cambio de residencia Si vendes la acción el 1 de febrero de 2025, la ganancia patrimonial se generaría mientras aún eres residente en Suiza. En principio, España no debería gravarla porque se generó fuera de su período de residencia fiscal. Sin embargo, si compras de nuevo la acción el 2 de febrero a 101 y luego la vendes tras tu cambio de residencia, España podría considerar que tu nueva adquisición se hizo a 101 y no a 50. 3) Valor fiscal de la acción tras la mudanza España reconoce como valor de adquisición el que tenía en origen (50) salvo excepciones, como la aplicación del régimen de impatriados (Ley Beckham). No obstante, en este caso, la regla de los dos meses (para evitar compensar minusvalías) no afecta a plusvalías, por lo que en teoría no debería aplicarse aquí. 4) Imposición sobre rentas laborales previas en Suiza El CDI entre España y Suiza evita la doble imposición. Los salarios generados en Suiza antes de cambiar tu residencia no tributarían en España. 5) Donaciones de padre a hijo con residencia en Suiza Aquí la cuestión es compleja: En España, los impuestos sobre donaciones se pagan donde reside el donatario (el que recibe el dinero), salvo que el bien donado sea un inmueble en España.Como tú resides en Suiza en el momento de la donación, la tributación debería regirse por la legislación suiza.No obstante, al estar el dinero en España, Hacienda podría argumentar que se debe tributar en España.Para evitar problemas, sería recomendable que tu padre hiciera la donación mientras aún residas en Suiza y que los fondos estén en una cuenta suiza antes de tu mudanza. 6) Alquiler de tu piso en Suiza: ¿Dónde tributar? Los ingresos por alquiler de inmuebles tributan en el país donde esté situado el inmueble. En este caso, Suiza tiene derecho a gravar la renta. Sin embargo, en España, como residente fiscal a partir de 2026, deberás declarar ese ingreso en tu IRPF, pero podrás aplicar el CDI para evitar la doble imposición. 7) Aplicación de la Ley Beckham Si te mudas a España en 2025 y comienzas a trabajar para una empresa española, podrías acogerte a la Ley Beckham si cumples los requisitos, lo que implicaría tributar solo por rentas obtenidas en España a un tipo fijo del 24% hasta los 600.000 €. 8) ¿Puede tu mujer acogerse a la Ley Beckham? No, la Ley Beckham solo se aplica a la persona que traslada su residencia por motivos laborales, no a su cónyuge. Conclusión sobre la plusvalía de la acción en 2026 Si en 2026 vendes la acción, el precio de adquisición que considerará Hacienda dependerá de si aplicas la Ley Beckham. Si aplicas la Ley Beckham, solo tributarías por rentas generadas en España.Si tributas como residente normal, la ganancia patrimonial se calcularía sobre el precio original de 50 €, no sobre los 101 € de recompra.Si tienes dudas específicas sobre la donación y el CDI, te recomiendo consultar a un asesor fiscal especializado en tributación internacional.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 20:58
Ha respondido al tema Duda aplicación minimo por descendientes con discapacidad
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, en el caso de los abuelos que conviven con un nieto con discapacidad y que ejercen funciones de tutela o curatela representativa, ambos pueden aplicar el mínimo por descendientes en su declaración de IRPF si cumplen con los requisitos generales. ¿Quién puede aplicar el mínimo por descendientes? El artículo 58 de la Ley del IRPF establece que el mínimo por descendientes se aplica cuando: El descendiente (hijo, nieto o persona asimilada) convive con el contribuyente.No presenta declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 €.No obtiene rentas superiores a 8.000 € anuales, excluidas las exentas.No está emancipado.En tu caso, como tu nieto convive con ambos cónyuges y no tiene ingresos superiores al límite, los dos podríais aplicar el mínimo por descendientes al 50%. La clave está en que la ley no exige ser tutor o curador para aplicarlo, sino únicamente convivir con el descendiente en las condiciones mencionadas. ¿Cómo afecta la curatela representativa? La tutela (ahora curatela representativa) no excluye a tu cónyuge del derecho a aplicar el mínimo por descendientes. Es decir, el hecho de que solo tú seas el curador no significa que tu mujer no pueda aplicar la deducción. La clave sigue siendo la convivencia y el cumplimiento de los requisitos generales. ¿Cómo declarar correctamente en Renta Web? En la casilla de vinculación, la opción correcta en este caso sería la "A", que indica que ambos contribuyentes tienen derecho a aplicar el mínimo por descendientes. La opción "B" se usa cuando solo uno de los progenitores tiene derecho a la deducción, lo que no es el caso si ambos convivís con el nieto.Si marcas la opción "A", el programa de la Agencia Tributaria distribuirá automáticamente el mínimo por descendientes al 50% entre ambos.Deducción de 1.200 € por descendiente con discapacidad Además del mínimo por descendientes, podríais aplicar la deducción de 1.200 € por descendiente con discapacidad, conocida como "deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo". Para ello, debéis: Estar ambos jubilados y percibir pensión de la Seguridad Social (requisito cumplido).Solicitar el modelo 143 para el abono anticipado si lo queréis mensual.Si queréis mayor seguridad en la interpretación de vuestro caso concreto, os recomendaría que solicitéis una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos (DGT). Esto os daría una respuesta oficial y firme. Aquí podéis ampliar información en la web de la Agencia Tributaria: IRPF – Mínimo por descendientesChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 19:21
Ha respondido al tema Aportación a mutualidades 2018
el ejercicio 2018, que se presentó con fecha tope el 30 de junio de 2919, prescribió el 30 de junio de 2023; ahora bien, si de esa declaración se solicitó posteriormente rectificación de autoliquidación por cualquier razón y su resolución es posterior a abril de 2021, podrías solicitar una nueva rectificación de autoliquidación por ajuste de mutualidades.https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/mutualistas-solicitudes-devolucion/preguntas-frecuentes/devoluciones-irpf-2019-2022-anteriores-prescritos.html
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mivisa 19/03/25 17:29
Ha respondido al tema Venta de plaza de garaje
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, el hecho de que la vivienda y la plaza de garaje tengan referencias catastrales distintas indica que son bienes diferenciados a efectos fiscales y registrales. Sin embargo, como ambos están incluidos en la misma escritura, es importante verificar cómo están inscritos en el Registro de la Propiedad y si la plaza de garaje estaba también hipotecada o incluida en la ejecución. Para vender la plaza de garaje, debes comprobar los siguientes aspectos: Revisión de la ejecución hipotecaria: Si en la ejecución solo se ha incluido la vivienda y la plaza de garaje no estaba vinculada a la hipoteca, en principio podrías venderla. Sin embargo, si la plaza estaba como garantía en la hipoteca o afecta a la ejecución, no podrías disponer libremente de ella.Consulta en el Registro de la Propiedad: Es fundamental solicitar una nota simple en el Registro para verificar si la plaza de garaje está libre de cargas y no ha sido afectada por la ejecución judicial.Segregación (si aplica): Aunque tenga una referencia catastral independiente, si en la escritura la plaza de garaje y la vivienda aparecen como una única finca registral, puede ser necesario un procedimiento de segregación o división en el Registro de la Propiedad antes de venderla.Te recomiendo que consultes con un notario o registrador para determinar si la segregación es necesaria y con un abogado especializado en derecho inmobiliario para asegurarte de que la venta sea legalmente viable.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 17:27
Ha respondido al tema Recuperar embargos anteriores a ejecucion hipotecaria
Según el sitio web de la Agencia Tributaria, cuando se realiza una ejecución hipotecaria y se embargan bienes para cubrir deudas, las cantidades embargadas antes de la subasta generalmente se aplican al pago de las deudas pendientes. En tu caso, como el inmueble fue adjudicado al banco tras quedar desierta la subasta y el precio obtenido no cubrió la totalidad de la deuda, es poco probable que puedas recuperar las cantidades previamente embargadas. Sin embargo, en determinados casos, si se demuestra que los embargos fueron excesivos o que hubo errores en su aplicación, podrías solicitar una revisión judicial. También podrías negociar con el banco para alcanzar un acuerdo sobre la deuda restante, o en su caso, explorar la posibilidad de solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho en el marco de la Ley de Segunda Oportunidad. Dado que tu consulta implica procedimientos judiciales y posibles recursos legales, te recomendaría que consultes con un abogado especializado en ejecuciones hipotecarias y derecho concursal para valorar todas tus opciones.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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mivisa 19/03/25 12:49
Ha respondido al tema Para todos. - Deducción por familia numerosa
Para renovar el Título de Familia Numerosa en Aragón sin firma electrónica, puedes hacerlo de forma presencial o por correo postal.Pasos para renovarlo en Aragón:Descargar y rellenar la solicitud Puedes descargar el formulario desde la web del Gobierno de Aragón: Solicitud de Título de Familia NumerosaReunir la documentación necesariaDNI o NIE de todos los miembros de la familia.Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.Certificado de empadronamiento en Zaragoza.En algunos casos, justificante de ingresos o sentencia de divorcio (si aplica).Fotocopia del título anterior (si lo tienes).Presentación de la solicitud Si no puedes firmar por internet, tienes dos opciones:Presencialmente: En la oficina del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) más cercana. Puedes consultar las oficinas aquí: Oficinas del IASS en AragónPor correo postal: Enviando la documentación a la dirección del IASS de tu provincia.Seguimiento y resolución Puedes consultar el estado de la solicitud llamando al IASS o acudiendo a la oficina.Si necesitas más ayuda con la tramitación, puedes contactar con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) llamando al 976 71 40 00.ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
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