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Participaciones del usuario Miguelm

Miguelm 31/01/25 12:00
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Si has tenido que dedicarle unas cuantas horas no será tan sencillo. En cuanto a Monillo, con todo el respeto que me merece, creo que ha cambiado de opinión (yo también) sobre asuntos del 720 unas pocas veces y su recopilatorio más fiable será, seguramente, el último. 
Miguelm 31/01/25 11:28
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Coincido contigo en que esto no es coser y cantar. La normativa sobre el tema es farragosa y poco clara. Yo llevo estudiando el 720 hace tiempo y no lo veo tan fácil como lo ven algunos. Lo fácil es equivocarse. Pero tampoco creo que haya que "escapar". La única posibilidad que nos queda a los depositantes españoles de sacar algo de rentabilidad a nuestro dinero es irnos fuera, a bancos europeos, y ahí tienes que pasar por el 720 necesariamente. En conclusión: no tenerle miedo pero sí respeto.
Miguelm 28/01/25 15:26
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
He dicho si dispones del dato. No que te lo inventes. Si dispones del dato tienes tiempo de sobra para cerciorarte de que lo introduces correctamente, varias veces si fuera necesario. Si aún así y todo te equivocas es que eres muy cazurro y mereces que te sancionen.
Miguelm 28/01/25 14:12
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Los asteriscos siempre son obligatorios y los campos sin asteriscos son obligatorios o no según lo que se declareQue sí, que sí. Si lo dice hasta la funcionaria, en el minuto 07:56https://www.youtube.com/watch?v=ZtuvuPq3WlI&t=1001s Si llevan asterico son obligatorios seguro. Pero si no lo llevan, ¿serán no obligatorios? Pues no, pueden ser no obligatorios u obligatorios, según. ¡Pero que forma de liar las cosas!Por eso digo yo que si dispones del dato lo pongas, aunque no sea obligatorio, para asegurar. Es gratis.
Miguelm 28/01/25 13:16
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
No tan fácil, yo no me fiaría tanto del software. Según el art. 42 bis.2.d) del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, "Los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año" es un dato obligatorio. También lo es según la pregunta frecuente Si se te olvida poner ese dato obligatorio, ¿te advierte el software de un error?. No, lo considera como si pusieras saldo cero.
Miguelm 28/01/25 08:56
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Sean para todos los bienes o sólo para las cuentas y depósitos es igual. El caso es que es obligatorio. Lo demás que pones no es normativa, es una pregunta frecuente, que tiene que tener su reflejo en una norma, en este caso en la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, y que es cualquier cosa menos clara. Por ejemplo, el tema del NIF de la entidad financiera, que parece ser que no es un dato obligatorio, si lo miras en esa Orden HAP/72/2013 te dice: "Posiciones 231- 250 ----- NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL EN EL PAÍS DE RESIDENCIA FISCAL. Se consignará el número de identificación fiscal de las entidades declaradas en el campo anterior, asignado en el país o territorio de residencia fiscal." Tal y como aparece ahí redactado no parece ser un dato voluntario sino obligatorio. 
Miguelm 28/01/25 06:33
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Eso tampoco está muy claro, porque no sabemos realmente cuáles son los datos obligatorios.Si te coges la normativa básica sobre el 720 ( Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, art. 42 bis 2) los datos obligatorios son:a) La razón social o denominación completa de la entidad bancaria o de crédito así como su domicilio.b) La identificación completa de las cuentas.c) La fecha de apertura o cancelación, o, en su caso, las fechas de concesión y revocación de la autorización.d) Los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.Si te coges el modelo 720 propiamente dicho, resulta que los datos obligatorios son los que están marcados con un asterisco rojo, que son muy pocos, y que casualmente no son ninguno de los que se recogen en art. 42 bis. 2 que antes he citado.En consecuencia, yo rellenaría todos los datos posibles, cuantos más mejor.
Miguelm 27/01/25 15:31
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
No es que no nos quieran, hombre. Es que la cuenta Facto es una cuenta "transaccional", como la cuenta Raisin: sólo se utiliza para recibir dinero y constituir los depósitos o para, en el camino inverso, recibir capital e intereses del depósito y mandarlo a tu cuenta vinculada. Este tipo de  cuentas no están pensadas para que haya dinero en ellas mucho tiempo. Incluso creo haber leído en la documentación de contratación de la cuenta Raisin que el banco (Raisin Bank AG) tiene la potestad de, si hay dinero en la cuenta Raisin mucho tiempo, enviarte de "motu propio" (por propia iniciativa del banco) el dinero de vuelta a tu cuenta vinculada. 
Miguelm 19/01/25 18:48
Ha respondido al tema Pibank
Creo recordar que no te obligaban pero te recomendaban muy vehementemente que te descargaras la app. Se puede desactivar "Confirmation Mobile"? No lo se. Pero desde la app, en Accueil/Plus/rueda dentada arriba dcha/Confirmation Mobile/Appareils enroles te dicen que esos aparatos pueden ser suprimidos desde la web. En estos momentos en la web no puedes entrar en Confirmación Mobile, me imagino que es por ser domingo. Quiza mañana, si borras ese aparato se desactive.
Miguelm 19/01/25 14:30
Ha respondido al tema Pibank
En cuanto te haces cliente de Cic ya puedes acceder por la web con tu "Identifier", tu "mot de pass" (o contraseña de acceso) y tu "Carte de Clés Personnelles", e incluso creo que te mandan algún que otro SMS para validar algunas operaciones. Yo durante un tiempo, al principio, funcioné así.Pero tienes la opción (que no obligación) de utilizar el sistema de "Confirmation Mobile", para lo cual tienes que tener la App instalada en tu móvil.Además, el contrato de Banca a distancia de Cic (Filbanque Particulier) recoge la posibilidad de acceder y validar tus operaciones si no dispones de o no quieres utilizar tu smartphone, a través de "Digipass", para lo cual necesitas un aparato lector de códigos. (Si quieres saber como funciona:https://www.creditmutuel.fr/fr/particuliers/comptes/authentification-forte-digipass.html)Dicho lo cual, reconozco que yo tengo la app de Cic en el móvil y activado el método de "Confirmation Mobile" y que es lo más cómodo.