Muchas gracias! Mi duda es si por temas que no son partes, por ejemplo, un aviso a grúa por pinchazo, te pueden penalizar de cara a la renovación del seguro, si te pueden subir el precio.
Porque el abogado de la aseguradora tiene más probabilidades de hacer "cambio de cromos" con el abogado de la otra aseguradora que un abogado privado que vaya a porcentaje.
Si los abogados de dos aseguradoras están gestionando siniestros en los que una es responsable y la otra paga, siniestros "cruzados" digamos.. pues pueden pactar indemnizaciones a la baja. Un abogado que cobre a porcentaje tiene menos incentivo a pactar porque cuanto más obtenga para su cliente más gana.
Saludos!
Sigo sin entenderlo. Para estar asegurado por incapacidad permanente para profesión habitual basta que el seguro incluya la "incapacidad permanente"?
Disculpe pero este párrafo de su respuesta tampoco lo entiendo: "Se considera "profesión habitual" la que desempeño como trabajador habitualmente y a
la cual dedico mi actividad fundamental o aquélla a la que pudiera ser destinado dentro
de mí mismo grupo profesional y declarada en solicitud o documento posterior. "
Quiere eso decir que por ejemplo si un cirujano no puede operar ya por un problema en una mano y lo cambian por ejemplo a otras tareas dentro del hospital (con una bajada considerable de sueldo) no tiene derecho a ninguna compensación si tiene contratado un seguro que cubra "incapacidad permanente"? No sirve esa cobertura para compensar la pérdida de ingresos que se produce por cambio a otro puesto de trabajo, aunque esté dentro del mismo hospital?
Incapacidad permanente total entiendo que es más amplia que incapacidad permanente para profesión habitual. Es eso correcto?
Entonces, en el caso de un cirujano, si tuviera un problema en una mano, mal pulso por cualquier causa, o un accidente con pérdida de dedos de la mano por ejemplo, tendría la incapacidad permanente para profesión habitual verdad? Y en ese caso me imagino que al contratar un seguro de vida declarando que es cirujano y que quiere estar asegurado con un capital asignado específicamente a "incapacidad permanente para profesión habitual" o no le asegurarían o le cobrarían carísimo verdad?
Pregunto porque no he visto nunca un seguro de vida donde venga específicamente asegurado "incapacidad permanente para profesión habitual". Sí he visto seguros que incluyen simplemente "incapacidad permanente" o "incapacidad permanente total". Si el seguro dijera simplemente "incapacidad permanente" se entendería que incluye también bajo esa denominación genérica de incapacidad permanente la incapacidad permanente para profesión habitual?
Si tu seguro de coche te da dinero para un abogado privado (no el de la aseguradora), contrata a un abogado.
Al final el abogado que contrates va a porcentaje, y si la aseguradora te da 600 o 1.000 euros para un abogado te va a salir GRATIS, y va a pelear por ti mil veces más que el abogado de la aseguradora.
Las compañías de seguros pueden cargar las bonificaciones y penalizaciones que les dé la gana sin respetar baremos??? Pregunto por total desconocimiento sobre el tema...
Entonces, por ejemplo, a la hora de renovar un seguro de auto, si se compara entre varias aseguradoras, qué sucede cuando no les das el número de póliza de tu seguro actual? Porque entiendo que si hay compañías que cargan en SIMCO la máxima penalización para bonificaciones lo que están haciendo es ponerte una barrera para impedirte que te cambies, además de falsear datos, algo que en principio parece un delito.
Si por ejemplo se da un aviso a grúa por un pinchazo eso penaliza en las bonificaciones o sólo penalizan los partes?
No entiendo muy bien por qué los seguros de coche a todo riesgo con franquicia suben cada año si el precio del vehículo baja y si no se dan partes. Es bastante alucinante.
Los seguros de los bancos realmente sólo tienen por finalidad colocarte un producto que es mucho más caro de lo que marca el mercado. Una aseguradora grande puede darte un seguro mucho más barato que el que ofrece un banco.
El banco bonifica la hipoteca porque por otro lado le saca el dinero al prestatario obligándole a contratar seguros con precios inflados, y sólo acepta esos seguros normalmente.