Por ejemplo un piloto de aviación por un problema menor de la vista puede perder su licencia al no superar un reconocimiento médico periódico, y eso lo incapacita para su profesión habitual, pero la seguridad social no le va a reconocer ni de lejos una discapacidad del 33%, ni creo que una compañía de seguros vaya a pagar el importe de la incapacidad permanente, ya que la seguridad social no reconocerá esa incapacidad. La compañía aérea puede recolocar al piloto en otra labor distinta a volar con una reducción de sueldo considerable. Cómo se cubriría un riesgo así en una póliza de seguro?
En un caso en que conduzca el vehículo alguien que no esté cubierto por la póliza o que no tenga carnet, por qué motivo renunciaría la aseguradora a reclamar las cantidades que pueda haber pagado?
La aseguradora al final repite por las exenciones de responsabilidad de la póliza. En vez de reclamar daños los perjudicados al tomador o al asegurado, les reclaman los abogados de una aseguradora, todavía peor. Saludos
Búscate un buen abogado porque los daños ocasionados conduciendo un coche sin carnet ya suponen un delito. Luego ten en cuenta la responsabilidad civil, no sólo por daños a las cosas sino por lesiones, cada lesionado, suponiendo que sean lesiones leves, puede tener derecho a miles de euros de indemnización, puedes presupuestar tranquilamente 5.000 euros por persona afectada.
Al hilo de lo que estáis comentando me surge una duda relacionada.. en caso por ejemplo de un accidente laboral in itinere (golpe de tráfico), con resultado solamente de lesiones, pagaría el seguro de auto del que da el golpe pero.. la empresa tendría que pagar algo aparte?