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Contenidos recomendados por Juan Lackland

Juan Lackland 15/02/25 10:06
Ha respondido al tema Votaciones en la Junta de Propietarios - Comunidad de propietarios
Las votaciones de una comunidad de propietarios se rigen exclusicamente por la ley y por la jurisprudencia, no cabe aplicar otras.Las diversas sentencias, precisamente establecen que la abstención es una no participación en la toma de la decisión, o sea igual que lo que atribuyes al silencio. De hecho, a la hora de valorar el resultado de la votación, las abstenciones no se computan ni siquiera como votos emitidos, lo cual tiene su importancia sobre todo en el caso de exigirse mayoría cualificada.
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Juan Lackland 12/02/25 20:49
Ha respondido al tema Dudas de un ERE
Si se trata de tu cónyuge y sus ingresos superan los 1.500 €/año, situación 3.
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Juan Lackland 12/02/25 19:32
Ha respondido al tema El lawfare
A raíz de eso, recuerdo que comenté que el "troceamiento" de gastos  es una mala práctica muy extendida en la Administración. Es ilegal pero no es un delito.No conozco en profundidad el caso de Borràs, pero para que hubiera delito supongo que quedó demostrado que lo hizo para favorecer a un amigo. Eso sí es delito, no el mero fraccionamiento. 
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Juan Lackland 12/02/25 19:24
Ha respondido al tema Dudas de un ERE
Si quieres calcular la retención, debes utilizar esto:https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R250/index.zul
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Juan Lackland 11/02/25 16:54
Ha respondido al tema El PSOE baja las pensiones y nadie dice nada
Hay que decir verdad de una vez.Los hipócritas dicen que son cristianos.Hace más de 2.000 años, el Verbo dijo: "Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios" (Mateo 22.21).Los fariseos, al menos, se asustaron. Pero ellos ni siquiera se asustan y siguen diciendo ser cristianos. 
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Juan Lackland 10/02/25 18:14
Ha respondido al tema Venta segunda residencia mayores de 80 años - ganancia patrimonial
El valor de adquisición es un 50% igual a 500.000/2 = 250.000, convertida a euros = 1.502,53 €El otro 50% es 30.000 €.A continuación tienes que calcular la ganancia patrimonial. Como el primer 50% tiene abatimiento, calculas la diferencia entre el 50% de la venta y los 1.502,53 y aplicas el abatimiento:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2020/capitulo-11-ganancias-perdidas-patrimoniales/determinacion-importe-ganancias-perdidas-patrimon-generales/derivadas-transmisiones-onerosas-lucrativas/regimen-transitorio-aplicable-ganancias-patrimoniales/calculo-reduccion-aplicable/aplicacion-coeficientes-reductores-abatimiento-que-correspondan.htmlLa ganancia a de la segunda mitad es : 50% venta menos 30.000 €.P.D. Si hubo gastos inherentes a la compra y a la herencia se suman al valor de adquisición.
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Juan Lackland 10/02/25 10:26
Ha respondido al tema Banca March
Si lo haces todo on line, hay que hacer vídeo, pero no es complicado.Si renuevas el depósito no hay comisión.
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