SEPA no es contrato alguno con el facturador. Es una autorización para cargar un servicio.Además es una garantía para el consumidor. Tienes 58 días para devolver cualquier recibo SEPA si tienen tu firma en el documento de domiciliación correspondiente y TRECE MESES si la empresa carece de ese documento firmado por ti.El banco es un simple intermediario, se limita a pagar las domiciliaciones que TÚ autorices, no las que cualquiera envíe a cargo de tu cuenta. Dar orden de NO ATENDER cargos de tal empresa es más que suficiente para que el banco rechace esos cargos y si, por lo que sea, se equivocara das orden de devolución y tan pancho.Si devuelves un recibo sin fundamento deberás atenerte a las consecuencias: demandas, fichero morosos, recargos, etc.
Bajar de un descuento de más de 25 cts/litro a unos 20 primero y a menos de 20 ahora no es buena notícia. Esto último usando MasterCard + Carrefour+CepsaHogar=16%El 1%, con máximo anual de 30 euros, nada tiene que ver con la StarRessa. Seguirán abonándolo, el problema és que si pagas con puntos PQTuvuelves, no te abonan los 8 cts de la StarRessa
¿El recibo corresponde a vuestro domicilio? En caso negativo con dar orden al banco de no atender el cargo ya cumples.¿Tenéis el contrato de suministro de ese domicilio a vuestro nombre? Si así es, como antes, orden al banco de no atender los recibos que no os correspondan.
En Cataluña tenemos el llamado certificado autorresponsable de desplazamiento por la crisis sanitaria en https://certificatdes.confinapp.cat/#/, tiene versión castellana e inglesa también.Entre las excepciones entiendo que está el supuesto que citas.Suerte
Muchas gracias por destapar esa "minucia".El lunes contactaré con chat de CEPSA para confirmar que significa lo que creo.Si da 30 euros máximo por 1% anual fuera de cepsa, quedarán 12 euros más el 6% por compras en CEPSA. Muy limitado en comparación con lo que llegaba a ofrecer hasta hace unos 4 años.A este paso pronto dejará de ser mi opción más rentable.
Explicación posible: si la lectura del contador es correcta, te han facturado menos consumo del real durante los periodos anteriores y lo han actualitzado en esta factura.Desconozco Reglamento municipal pero seguramente el cambio de ubicación, si lo aceptan, te lo cobrarían por ser tu quien lo pide.Simple opinión de usuario.
De ninguna manera es obligatorio incapacitar judicialmente a una persona con discapacidad.Presenta la fe de vida y reclama o cambia de comercializadora.