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Participaciones del usuario Insurance

Insurance 19/12/24 08:43
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
Un PIAS es un seguro. No una cuenta de ahorro. Es como si comparas un zapato y un calcetín.Los PIAS todos tienen gastos. Unos más y otros menos.Si el tuyo es de interés garantizado, y el interés te convence, perfecto. Es bueno para ti. Y el gasto lo están cobrando de la diferencia entre lo que ganan con la inversión de tu reserva matemática, y el tipo que te están dando.Si el tuyo es de interés variable en función de fondos o cestas de fondos, no es buena opción, porque a los gastos de los fondos, aumentan los del propio seguro. Y mientras haya seguros que invierten en fondos y la aseguradora NO TE COBRA más, no tienen sentido.Y cuando son de los que hablamos que te cobran salvajadas, pues imagina...
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Insurance 19/12/24 08:35
Ha respondido al tema Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto
Gracias por la explicación detallada, aunque me deja una sensación de desamparo frente a las políticas de la aseguradora. Entiendo que la ley y los contratos pueden ser complejos, pero considero que un cliente no debería estar en desigualdad de condiciones respecto a la aseguradora.Para no estar en desigualdad puedes contar con asesoramiento profesional de un mediador, o aprender. Tienes horas de estudio por delante de leyes, jurisprudencia... y aún así te faltará la parte práctica. Mi duda principal no era sobre la interpretación del contrato, sino por qué se considera legalmente válido que la aseguradora no informa al cliente del precio de renovación, mientras se nos exige notificar con antelación de 1 mes nuestra intención de no renovar. Esto genera una clara asimetría en la relación contractual.Ya te lo han dicho, es que la ley no obliga a las aseguradoras a comunicar el precio. Ya está. El por qué también es sencillo. El precio es parte del contrato y está en el contrato. Y más, la legislación, obliga a la aseguradora a cobrar una cifra suficiente para no quebrar. O sea, el sentido de las leyes (ya no hablo solo de la ley de contrato de seguro), es que la compañía tiene que cobrar lo que necesite. Por tanto, tiene que ser variable, aunque dentro del contrato. La cuadratura del círculo. En cuanto a lo que comentas sobre mi contrato, quiero aclarar que lo he revisado varias veces y no menciona en ningún apartado el plazo en que deben informarme del precio de renovación. Este vacío no hace más que aumentar la incertidumbre para el cliente.La semana pasada una persona necesitaba ayuda para saber como le iban a pagar el coche por la DANA. Alquien le dio mi whatsapp y me preguntó. Le dije "lo tienes en el contrato", y el "no, ya lo he leído 100 vences y no lo pone". Yo "lo pone seguro", el "que no". Dos días después cede a enviarme el contrato, en menos de un minuto le dije dónde lo ponía. Su respuesta "eso lo he leido muchas veces. No lo entendía así".Moraleja: no pierdas tiempo. Es tu agente o corredor el que te va a decir dónde pone cada cosa.En concreto, esto del plazo, no tiene por qué venir en el contrato. Porque no existe el plazo, ni en la ley para la comunicación del precio de renovación, que ya va implícito en el contrato. Y la explicación que te he dado al principio que es dónde tienes que mirar para entender como funciona este caso concreto, sobre la modificación del contrato, ya está en la ley. No tiene por que aparecer en un contrato, porque el contrato tiene que estar hecho con las normas de la ley.Si tienes mediador y no te está aclarando esto, y tienes que pedir opinión a desconocidos, es que no está haciendo su trabajo. Cámbialo.Entiendo que no te gusten las respuestas. Pero nadie (que sepa) te va a dar ninguna opinión diferente. Porque para esto hay una aplicación de la ley de manera lógica, casi matemática.
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Insurance 18/12/24 08:36
Ha respondido al tema Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto
Ya he explicado el trámite posible. Entiendo que no te convenza. Pero es lo que hay.Yo no tengo la culpa de que la aseguradora incumpla por norma la ley. Porque la conoce. Y puede actuar como más le beneficia.¿Que qué es lo establecido en el contrato sobre la modificación de precio en la renovación? pues eso, exactamente eso. Lo que pone en tu contrato sobre como se modifica el precio al vencer anualidades. Tu deberías saberlo. Yo no puedo saber que dice tu contrato. TU lo aceptaste. Yo se la ley, lo general. Lo particular, tuyo, no puedo saberlo porque no intervengo en el contrato.Esto es lo suficientemente complejo y enrevesado para, efectivamente, tener problemas para gestionarlo en igualdad de condiciones que la aseguradora.Gracias a eso, los mediadores de seguros tenemos trabajo. Los agente y corredores de seguros nos movemos como peces en el agua sobre estas cosas. Y no solo manejamos la ley igual de bien que "las aseguradoras", y mucho mejor que la mayoría de empleados que tienen, sino que conocemos como va a actuar esa aseguradora en concreto, si va a reclamar el importe debido en el juzgado, te va a mandar mil cartas, o sencillamente podemos anular la póliza nosotros...Preguntando en un foro, puedes tener suerte y que alguien sepa de verdad lo que dice, y medio resolver el caso, pero no creas que aprendes. Este tema de la anulación (art. 22 ley 50/1980 de contrato de seguro) por ejemplo ha sufrido una modificación hace unos años. Porque aunque la ley tiene 40 años, la jurisprudencia la ha modificado, y ha acabado por cambiarse muchos artículos para adecuarse. Así que cuando tengas que volver a usar algo de esto, lo mismo, ya no sirve...Lo que tienes que aprender, es a contratar tus seguros a través de un mediador, y ya tendrás la mejor información actualizada siempre y alguien que te va a dirigir entre normas, leyes y problemas...
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Insurance 18/12/24 08:18
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
No te han dado la información del todo correcta.Si dejas de pagar, y han pasado un par de anualidades, la póliza no se cancela, suspende ni otra forma de contarlo, lo que pasa es que se "reduce".Básicamente, que dejas de pagar y la esperanza de cobrar la cifra que hubiera pactada se "reduce".  Y se reducen (eliminan) las coberturas de seguro de vida.La inversión sigue en su sitio, y sigue teniendo el valor diario que tenga.A tus opciones: Si sigues con ese producto, tendrás que pagar las mensualidades que falten... puede ser que sea lo que pone tu contrato por tanto, así que: será.Si cancelas finalmente, o sea después de reducirlo rescatas, rescatas la cifra que valga tu inversión. No tienes que pagar ningún recibo de los que no has pagado. Eso sí, tienes un coste, una penalización, por rescatar, en tu contrato tienes la cifra según los años que lleves.Si trasladas a otro PIAS... pues la probabilidad de meterte en otro charco similar es alta. Lo que se dice: salir de Málaga para ir a Malagón. Con igual me refiero a "producto caro, con comisiones opacas, y asesorado o inducido por personas con mucha labia y poco escrúpulo."En estos casos siempre me acuerdo de Julio Iglesias : Spotify-Con la misma piedra
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Insurance 17/12/24 08:17
Ha respondido al tema Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto
La cosa es sencilla.Si tu quieres anular la póliza lo tienes que comunicar con un mes de antelación.Y si la compañía quiere cambiarte las condiciones debe hacerlo con dos meses de antelación. El asunto es qué es cambiar las condiciones (cambiar el precio), en tu caso, es modificar la prima por encima de lo establecido en el contrato. O sea, tu deberás asumir la subida pactada en el contrato de cada año, probablemente una tasa, más lo que te corresponda por tener un parte, dos , o diez.Si la compañía pretende subir más de lo estipulado, y no has recibido advertencia de la modificación, NI LA HAS ACEPTADO, puedes solicitar que te devuelvan a lo que dice el contrato (la subida por la tasa, y el parte) si la compañía no acepta: la póliza se modificó y no has aceptado, por tanto no hay póliza y no deben/pueden cobrarte el recibo.Y sobre el siniestro... las compañías son gigantes, y cada parte tiene los datos que le incumben, es probable que el siniestro acabe, te abonen y nadie se fije en si la póliza está en vigor o no. Asúmelo, no les importa un pimiento si eres o no cliente. Y van a actuar igual, si lo sigues siendo o no. Con el mismo interés. Ese interés dependerá del tipo de compañía, no de que la hayas abandonado.
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Insurance 17/12/24 08:04
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
La suspensión de la póliza puede significar el final de ella, art. 15 LCS, "tras la suspensión la póliza se extingue". Eso es un problema.La excepción nos la da el art. 98 LCS, cuando esté pactada la posibilidad de rescate de la póliza. O sea, transcurrido en el plazo pactado en el contrato.En resumen, no es aconsejable pedir la paralización, la suspensión, etc sin el asesoramiento de un mediador de seguros (agente o corredor) que sea un poco especialista en estos temas, porque puedes estar regalando el valor de la póliza.Un unit link (aunque estos le llamen PIAS) es un producto complejo, un poquito más que cualquier seguro.Para no asustarte demasiado, si la póliza ha pasado los dos años completos, la ley ya reconoce el derecho de reducción, y la suspensión significa, eso, reducción de la póliza. Y eso es bien.
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Insurance 15/12/24 10:53
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
O sea, que ser insolventes, es un problema pequeño.Y como es un problema pequeño la solución es cambiar de nombre... porque hayan tenido que vender lo que queda del negocio.Tiene sentido.El problema no es que estos de FWU tengan que buscar dinero de dónde lo dejaran, antes del 19 de enero para dejar de ser insolventes, el problema es que son pólizas con gastos salvajes, y las habéis hecho asesorados por personas que creen que si una compañía declara insolvencia es un pequeño problema en una inversión.La realidad es que el estado de Luxemburgo, cuando FWU presente lo que sea en enero, estudiará si con esa información es viable o no.Si es viable todo seguirá igual, o sea, vosotros con un desastre de póliza para vuestros intereses.Si la aseguradora no puede rescatarse, o no con ese plan, se abren muuuuchas posibilidades que no voy a detallar. Solo contaré "la peor",  que es que la compañía se disuelva (para vosotros la mejor, porque como no hay forma de que entendáis que el negocio es malo si lo cierran no tendréis más remedio que buscar otra cosa). Y os enviarán el dinero que valga la póliza. O sea, lo que valgan vuestras posiciones en los fondos de inversión. Ese dinero está fuera del balance, y no debería haber demasiado problema para recuperarlo en, máximo, un par de años.Esa cifra deberíais conocerla, porque deberían trimestralmente decirte cuanto dinero tienes . En este caso cuanto te queda de lo que has puesto 😒, porque, otra vez, el dinero en estas pólizas se esfuma en gastos.
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Insurance 10/12/24 09:01
Ha respondido al tema Accidente de moto en AP7 entrada desde la Roca del valles, dirección Gerona.
Yo no soy quién para decir que maniobra haces mal. Solo trato de explicarte que podría estar pasando, como se entiende desde fuera.Ante tu primera versión eres culpable:  al ver este vehículo me reincorporo al tercer carril esquivándolo, Y no porque hagas una maniobra mal... porque no ves la incorporación del de la "L", y coincidís, o porque no frenas. Y a mi entender, desde atrás, se te podría ver zigzaguear.Desde atrás, el del camión, quizá te vio salir con brío adelantando a la "L", ir hasta el segundo carril, volver al tercero y toparte con el "polo". Y tu maniobra puede tener sentido como la cuentas. No digo que no. Pero el golpe se produce cuando vuelves al carril que tu llamas "lento".Ahora dices: acelero para coger el segundo carril, pero yo ya estoy en el tercero, en ese momento se cruza el polo Esta otra forma de explicarlo puede ser un accidente distinto, aquí seguimos teniendo una posibilidad que es que no has podido frenar cuando se incorpora el "polo" y eres culpable (me da igual porque no indica, porque sale a velocidad anormalmente reducida, porque no te ve él a ti... o porque el de atrás ha visto una moto que sale del carril de aceleración adelantando a una "L", y no permitiéndole salir.Sin embargo, si tu no vuelves al carril, sino que estás, en estar versión se abre la posibilidad de que el "polo" haya entrado a invadir "tu" carril. Con esto no estoy valorando, ni queriendo tener razón, ni diciendo que cambias la versión, es la misma, ocurrió igual, pero solo que depende de como contemos las cosas, las circunstancias cambian, y el siniestro, y la culpa, tiene resultados distintos, porque el observador se fija en cosas distintas.Lo te dice @emmamani , es otra cuestión más, que es como determinan las aseguradoras la culpa, en función de un acuerdo entre ellas, pero que se ajusta al código de la circulación, y si la versión de ambos tenía que ver con "yo llego al carril "lento" ", o sea, se marcan las casillas del parte amistoso por las  dos partes del cambio de carril, tu tendrás la culpa por tener los daños en el lado izquierdo, pero sin embargo con la versión de "yo circulaba y la "L" se incorpora",  por alcanzar por detrás. Pero también esta última versión, con los daños en los laterales, te daría como inocente. Pero entiendo que hay algo, en el atestado, esa "infracción" que te anotan, y que no sabemos cual es, que lo debe cambiar todo... solo se me ocurre, la conducción temeraria (zigzagueo). Porque igual que no poner el intermitente, no hace culpable a la "L", una infracción pequeña de ese estilo, no cambia la culpa a ojos de la aseguradora, y a estas alturas tendrías la moto reparada.A dónde voy, nos falta algún dato para ser específico y solo generalizamos.
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Insurance 08/12/24 09:35
Ha respondido al tema Cuánto tarde el consorcio en pagar una vez autorizado el pago? - Consorcio de compensación de seguros
Los últimos datos es que el Consorcio ha enviado unos 100 millones de euros. Y que serán unos 3500 el total.Esa es la realidad. Va a ir despacio.El sector seguros propuso al gobierno que las aseguradoras adelantarán las indemnizaciones, porque son 150, y el Consorcio una sola entidad, y le va a costar. Y el gobierno dice que no, que lo haga el Consorcio.Así que tranquilidad, llegará, pero va a ser un poco lento.
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Insurance 08/12/24 09:28
Ha respondido al tema Recibo prima del seguro - Consorcio de compensación de seguros
Pues ese ahorro que tuviste por hacerlo tu solo por internet, sin saber lo que hacías, es precisamente el que te está generando la ansiedad.Un agente o corredor, te habría dado la tranquilidad de que todo va su curso normal, porque habría colaborado en que todo fuera normal.A ver... una apuesta, a que la que te piden el recibo es Allianz DIRECT? porque es una aseguradora alemana. No como Allianz Seguros que es española. La alemana solo hace seguros por teléfono, y la española cualquier corredor, y miles de agentes. Podría ser que el perito al ver que no están en España, que solo es una sucursal de una aseguradora alemana, quiera confirmar.
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