Hola.Lo del límite de pago en efectivo es solo si interviene una empresa, entre particulares no existe ningún límite de pagar en efectivo.Por lo que dices entiendo que tú idea es firmar un contrato de arras diciendo que has estregado 3000 €, pero en realidad no entregárselos, es así ?Y la vendedora te va ha aceptar hacerlo así ?
Si como veo no te fias un pelo, y quizá haces bien.Lo que te aconsejaría sería dejar pasar esta operación y buscar otra vivienda que te inspire más confianza.Ya que nadie puede asegurarte que no te tengas que meter en pleitos si hay mala fe por parte del vendedora.Saludos.
Lo habitual és que pagues según el valor de referència que tenga el piso en el año que lo heredes.Por tanto a no ser que esté muy deteriorado y pudieras demostrar que el valor del piso es inferior al que te pone como valor de referència, no te va ha influir en lo que tengas que pagar por hacer alguna reforma.