No se como llevas el asunto, pero si todavía no lo has resuelto (espero que si) puedes probar, a ver qué te dicen, llamando a Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), es una entidad financiera especializada en financiar hipotecas.
Un contrato de alquiler de uso exclusivo de una habitación en una vivienda es un acuerdo legal entre el arrendador (propietario de la vivienda) y el arrendatario (inquilino) que establece las condiciones bajo las cuales el arrendatario puede alquilar una habitación en una casa o departamento, excluyendo - o no- el uso de otras áreas comunes.Ejemplo de un esquema básico de cómo redactar un contrato de alquiler de habitación En [ciudad], a [fecha].....REUNIDOS:De una parte, [nombre del arrendador], mayor de edad, con DNI [número de DNI], con domicilio en [dirección completa].De otra parte, [nombre del arrendatario], mayor de edad, con DNI [número de DNI], con domicilio en [dirección completa].Ambas partes, en adelante referidas como "arrendador" y "arrendatario", acuerdan formalizar el presente contrato de arrendamiento, sujeto a las siguientes cláusulas:Aquí se ponen las condiciones que sean que pueden ser una o dos o tres.... o ninguna condición, eso ya dependerá de los acuerdos entre vosotros, esto es un ejemplo:CLÁUSULAS:OBJETO DEL CONTRATO .....DURACIÓN DEL CONTRATO .......PRECIO Y FORMA DE PAGO ......GASTOS ADICIONALES .........FIANZA .........USO DE LA HABITACIÓN (se suele hacer un inventario de muebles, etc ).......OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO El arrendatario se compromete a....OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR El arrendador se compromete a:...TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO ........Firmas[Firma del arrendador][Firma del arrendatario]
Sí, pero la prestación del IMV está sujeta a los ingresos de la unidad de convivencia, la S. S. podría considerar que el propietario forma parte de tu unidad familiar, lo que alteraría el cálculo de la prestación, para evitar esto, es recomendable justificar que no existe vínculo familiar ni económico con el propietario.¿Cómo se justifica?Certificado de empadronamiento con fecha de alta en la vivienda.Declaración responsable ( a veces la piden, no siempre) en la que indique que solo alquilas una habitación y que no tienes lazos familiares ni económicos con el propietario.Contrato de alquiler de la habitación, si lo tienes.Informe de Servicios Sociales, si el INSS lo solicita expresamente. No siempre es obligatorio, pero puede ayudar si hay dudas sobre la unidad de convivencia.Otra cosa que yo haría sería asegurarme bien de que no hay más gente empadronada en la vivienda, aunque no los veas en la casa o piso, a veces hay inquilinos que se marchan, o familiares del propietario, que no se han dado de baja aunque lleven tiempo viviendo en otro lugar.
Los periódicos o informativos digitales (y a veces los otros también) no son el mejor medio de información, lo mejor es ir a la fuente, informarse a través del INSS, esperar comunicados oficiales, BOE, etc. Personalmente esa información la pongo en cuarentena...
Te respondo lo mismo que en el otro comentario-pregunta que has hecho en el otro post: ¿Te has empadronado ya en el nuevo domicilio? cuando te hayas empadronado notificas el nuevo domicilio, no tiene que cambiarte nada si todas las condiciones, como dices, son iguales a cuando lo solicitaste, eso incluye personas con las que estés compartiendo piso.
Hi....!! Jajaja, qué vista y "control" tienes, ¿eh? 📚🔍 Digamos que me gusta tener mi propio 'manual de supervivencia' para situaciones inesperadas... nunca se sabe cuándo hará falta una aclaración sobre algún tema 😏 sea para una misma o para tirar un cable a alguien. Pero oye, si alguna vez necesitas una referencia rápida, ya sabes dónde buscar 😉 Un abrazo de vuelta!
Comparto plenamente el reconocimiento a la dedicación del compañero @ritekg5
y de otros foreros a informar y ayudar a solucionar problemas y cuestiones que se plantean en torno a la prestación del IMV. Dicho esto, me gustaría decir algo más: todos tenemos derecho a expresar nuestras opiniones y preferencias, sean políticas o de cualquier otro tipo. Pedir que alguien no manifieste sus ideas, ya sea porque no se comparten o para evitar simpatías o rechazos, es una forma de limitar esa libertad, de censurar, de amordazar, de callar, de esconderse.... Expresar opiniones no significa dejar de lado el respeto hacia los demás ni a sus preferencias o ideas políticas o creencias religiosas o lo que sea que opine, ni tampoco desviar el propósito principal, que en este caso sigue siendo ayudar e informar sobre temas como el IMV.Quiero detenerme un momento en el comentario sobre lo que usted dice: ‘ha salido a flote su corazón de derechas’...¿what? !Entiendo que esta observación parte de una percepción personal, pero considero importante aclarar que, incluso si eso fuera cierto, el hecho de que alguien tenga una ideología o afinidad política distinta a la nuestra (sea quien sea y sea la que sea) no debería ser motivo de juicio ni de menosprecio y mucho menos de censura.Todos tenemos derecho a nuestras ideas y convicciones, y esto incluye el derecho a expresarlas libremente, siempre desde el respeto hacia los demás. La diversidad de pensamiento no solo es inevitable, sino también necesaria para enriquecer los diálogos y entender perspectivas distintas.¡Un saludo y feliz día!"
Sí, es una vergüenza. Lo más probable (esperemos) es que el gobierno en el corto plazo priorice las medidas más urgentes como pensiones, IMV, transporte, descuentos, bonos calefacción, luz, ayudas por la DANA y sean retomadas en las próximas semanas o meses, probablemente en febrero o marzo y las medidas más estructurales o complejas (energía, sostenibilidad, empleo) podrían debatirse a lo largo de 2025, en función del margen político y los consensos que logre el Ejecutivo.Si el Gobierno no actúa con rapidez, corre el riesgo de que aumente la presión social y política, especialmente en temas sensibles como las pensiones y la pobreza energética.¿Por cierto ya llega el tren "normal" a Extremadura?...vergüenza no, lo siguiente.