Bacalo
22/01/25 16:35
Ha respondido al tema IRPF: Exención por reinversión Viv. Habitual en extinción de condominio
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para que la ganancia por la venta de la vivienda habitual quede exenta, se requiere que lo dediques a la adquisición de otra vivienda habitual."Adquisición" no es solo compra; puedes adquirir esa vivienda comprándola -lo más habitual- pero también entiendo que vale adquisición por herencia, destinando el dinero al pago de impuestos, notaría, registro,etc, y también puedes destinarlo a compensar al otro propietario en la disolución del condominio, como te han planteado.El problema que veo es que en la disolución del condominio tu cónyuge no interviene, no es comunera; por tanto, diría que sólo podrías declarar exenta máximo la mitad del precio de venta de la vivienda actual, no la otra mitad de tu cónyuge.Por ello, tendrías que echar cuentas qué opción es más favorable: pagar el ITP más alto, pero pudiendo tu cónyuge acogerse a la exención por reinversión, o pagar el ITP más bajo, y que tu cónyuge declare en el IRPF la ganancia.