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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

3,4K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3451

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, buenos días.

Una consulta. Me proponen contratarme "indefinido a tiempo parcial" 15 horas semana. Un total de 60 horas mensuales más o menos. En realidad me pagan por horas realizadas y será siempre menos debido a días festivos y temporadas de Navidad o semana santa. Lo cierto es que me pagan 20€/h. Habrá algún mes que cobre 1200€ y otros estaré por debajo de los 880€. El contrato en realidad finalizará en Junio 2026 al finalizar la escuela, y de febrero a junio haré 12 horas semana máximo, es decir, 48 horas que suponen 960€, aunque lo normal es que la imputaci,on real suponga menos de 880€ a poco que haya un festivo.
Como se compatibiliza esto con el subsidio?. Imagino que dejaría de cobrar los 480€ en general (salvo los meses que no supere los 880€?). En cuanto a la cotización, me cubrirían hasta smi×125% o no?. Lo comento porque si no me cubren la cotización me quedaré muy por debajo y no me merecería el esfuerzo, por mucho que yo quiera trabajar.
Si no fuera compatible, que fórmula habría para que lo fuera?, cobrar cada mes menos de 880€/mes u  otras alternativas como cambiar el tipo de contrato?, no se...

Gracias por adelantado

#3452

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 Todo depende de la fecha de concesión del subsidio. Si se lo reconocieron ANTES de primero de Noviembre de 2024, sólo será posible compatibilizar, si el sueldo bruto de ese laboro a jornada parcial NO supera los actuales 888 euros brutos mensuales (entendemos que no hay rentas mensuales a añadir). En cuanto a cotización, cobrará y cotizará en relación a su sueldo y se descontará, en función de las horas trabajadas, el importe y cotización del subsidio. Si está contratado a un cincuenta por ciento, cobrará un cincuenta por ciento del subsidio y SEPE le cotizará por un cincuenta por ciento del actual porcentaje de cotización (es decir, se suman ambas cotizaciones). Si no puede compatibilizar, deberá solicitar la suspensión del subsidio.
En definitiva, lo que se le comentó hace unos días, teniendo en cuenta que su subsidio es anterior a 1 de Noviembre de 2024.
Luego ya las consideraciones referidas a   "Lo comento porque si no me cubren la cotización me quedaré muy por debajo y no me merecería el esfuerzo, por mucho que yo quiera trabajar." , dependen de cada interesado.

#3453

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias por la respuesta. 
#3455

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si el contrato es indefinido ¿cómo va a terminar en junio de 2026? ¿O es que ya le avisan por anticipado de que le van a despedir en esa fecha?
No importa el tipo de contrato, sólo importa que sea un contrato por cuenta ajena y en ese caso el porcentaje del contrato. La compatibilidad será como dice Wediehard si el subsidio es anterior al 01/11/2024.
No hay nada que pueda hacer para hacer encajar el trabajo dentro de la compatibilidad con el SEPE, sólo el salario es importante y eso lo decide la empresa ¿no?
No puede superar los 888 euros brutos, de ingresos al mes, sin contar el propio subsidio, pero sumando al importe bruto del trabajo (e incluyendo la parte proporcional de las pagas extra) cualquier otro ingreso que pueda tener.

#3456

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Fran,  próximamente voy a abrir un depósito a 3 años con liquidación de los intereses al vencimiento. Al mismo tiempo llevo un excel mes a mes para controlar que todos mis rendimientos nunca superen los 888 € del tope de rentas. La duda me surge ahora con este depósito. Sé que los intereses habría que dividirlos entre 36 meses y aplicar a cada mes lo suyo. Pero si como en este caso los intereses no se abonan hasta que se cumplan los 3 años, ¿he de aplicar de todas formas desde el primer mes hasta el último los intereses que cobraría al final? ¿Qué ocurriría si cancelo el depósito antes de vencimiento, lo que conllevaría a una penalización de no obtención de intereses y sólo devolución del principal y cómo computaría esto a efectos de cálculo de rentas? 
#3457

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Un depósito genera rentas periódicas mensuales, independientemente de que el total de ganancia/rendimiento/intereses se abonen a su vencimiento. Por lo tanto, cálculos mes a mes sobre el rendimiento efectivo del mismo.
Si por el motivo que sea, rescinde el contrato de depósito, volverá a su CC un dinero que era suyo, por lo que a efectos de rentas, tendrá un rendimiento efectivo (si se trata de una cuenta remunerada) o en su caso, presunto, de dicha cantidad, debiendo recalcular todo lo que pueda tener para hacerlo constar en su Plantilla Excel personal.
#3458

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas.
Subsidio anterior noviembre 2024.
Herencia:   depósito bancario 100k euros con vencimiento septiembre 2026 , genera intereses trimestralmente.

Se debe comunicar al SEPE en el momento de la aceptación/adjudicación de la herencia?   
Suspenden el subsidio ese mes?
 O en el momento de su vencimiento en 2026?
@franjgr
#3459

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Se debe comunicar en el momento de la adjudicación de la herencia, como muy tarde en la proxima DAR.
Te suspenden el subsidio en el mes que te adjudicas la herencia, si por ejemplo te adjudicas la herencia el 10 de Octubre, se te suspendería del 10 de Octubre al 10 de Noviembre.
#3460

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Y cuando venza el depósito en septiembre 2026 vuelven a suspenderlo?
#3461

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No, si mes a mes no ha superado el límite de rentas, puesto que la dinámica de un contrato de depósito es generar una rendimiento mensual (ya que supone una renta periódica).

#3462

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tal como ha comentado Wediehard, al cobrar los intereses trimestralmente, si junto con otras rentas no superas el limite mes a mes, no te lo van a suspender cuando te venza el depósito.
#3463

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 A ver si lo he entendido bien.
Recibe 100k euros de herencia en un depósito que todavía no ha vencido.
Se comunica al SEPE y este lo considera aumento de patrimonio aunque todavía no va a cobrar los 100k, por lo que suspende el subsidio un mes.
Los intereses de este depósito junto a otras rentas no superan ningún mes el tope de rentas, por lo que sigue cobrando subsidio hasta el vencimiento del depósito, cuando se ingresan en cuenta los 100k y en ese momento ya no hay que comunicar nada al SEPE porque ya se hizo en la adjudicación de herencia.
Es correcto?
@euroramon @wediehard
#3464

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es correcto antoniokpa.
Saludos.
#3465

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muy buenas, antes de nada dar las gracias a los que responden las dudas. 
Ahora planteo mis dudas, seguro que luego vendrán más.
Estoy cobrando ayuda de mayor de 45 años, éste mes cumplo los 52 y en teoría cumplo requisitos para pasar a cobrar la ayuda de mayor de 52.
He concertado cita para solicitarla presencialmente pero me gustaría saber de antemano que me van a solicitar para poder tramitarla ese mismo día y no tener que volver.
Otra duda: Si me la conceden, cuando empezaría a contar/cotizar ? 
Desde el día que la trámite o desde el día que me la aprueben ?
Espero haberme explicado bien.
Gracias de antemano.
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