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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

3,21K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3256

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Se pueden hacer ambas cosas por internet?
#3257

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Por poder si, pero no lo recomiendo.
Un error al rellenar un papel, en una fecha o una cantidad y el lio puede ser gordo.
#3258

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Intentaremos conseguir cita pero en Madrid es casi imposible.
La fecha del impuesto de sucesiones es el 22/09/2025 y no hay aceptación como tal porque en teoría no es necesaria, solo que el Banco haga el reparto del dinero después de validar la documentación que se le presentó.
La herencia consiste de fincas rurales muy pequeñas, un local (todo ello como nuda propiedad) y el dinero.
Me confirma que hay tiempo hasta el próximo DAR (sería en diciembre) para notificar al SEPE por la herencia?. En internet habla de 15 días, 30 días, etc. y no queremos pasarnos de plazo, antes preferimos hacerlo por internet si no conseguimos cita a tiempo. Cualquier opción será mejor que no cumplir con el plazo establecido.
#3259

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Viene bien claro en la instrucción de rentas publicada por el SEPE. Si se declara en la siguiente declaración de rentas, reanudación o prorroga no se considerará como fuera de plazo.
La página web dice lo que pone la Ley, pero las sentencias judiciales obligaron a ampliar el plazo.
#3260

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días. Estoy intentando enviar la documentación de mi irpf al sepe porque se me ha pasado la fecha del DAR debido a que me encontraba en un trámite de baja en la prestación por unas  vacaciones fuera de España. Ahora, cuando consulto el estado de mi prestación, esta consta como REANUDACION desde el 15/08, una vez cerrado el trámite correspondiente de las vacaciones, así que todo parece estar bien. Sin embargo, cuando voy a enviar documentación, me indica que no tengo ninguna prestación activa y no me permite acceder. Sabéis el motivo?. Como puedo contactar con ellos?, no consigo una cita previa de ninguna forma y no veo que haya teléfono que me permita hablar con ellos. Gracias
#3261

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El teléfono es el mismo de toda la administración del estado. 060
Luego ya derivan al organismo que corresponda 
#3262

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días. Estuve en una oficina del SEPE el día 10 para comunicar la venta de una vivienda y presenté la documentación correspondiente, de cara a lo que supongo que será una suspensión por un mes del subsidio. Me dieron el papelito de solicitud y me dijeron que lo tenían que ver "los técnicos".
El caso es que estamos a día 26 y no he recibido ninguna comunicación, y en la sede electrónica ni siquiera sale el trámite inicidado, no sale tampoco en solicitudes. La prestación sigue en el mismo estado, reanudada desde agosto de 2024 tras presentar la escritura de herencia por la que me adjudicaban la vivienda junto a mis dos hermanos.
No sé si es normal que tarden tanto, ya que con la escritura de herencia me lo hicieron enseguida, de hecho cuando volví a casa ya lo tenía suspendido.
No sé que me recomendais, que espere o que pida otra cita y vaya a preguntar.
Gracias a todos y un saludo.
#3263

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Con la venta de esa vivienda tuviste ganancias suficientes para que te pasaras de rentas ?
Podría ser que no sea necesario suspenderte el subsidio al no sobrepasar el máximo de rentas.
#3264

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Salvo que, al hilo de lo comentado por Euroramón, no esté incurso en un supuesto de superación mensual de rentas en concepto de plusvalía generada por esa operación, UD ha cumplido con su obligación, notificando y presentando documentación in situ en su oficina SEPE. Por tanto, si hubiera que ampliar datos ya se pondrá en contacto SEPE con UD. Tengamos en cuenta la carga de expedientes que están soportando los trabajadores de SEPE. Personalmente, no haría nada más.
#3265

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días. He ido a presentar la DAR y la funcionaria de turno me ha vuelto loco. Le expliqué mi situación por lo singular que era. Mi residencia habitual actual figuraba hasta mediados de julio como segunda residencia. Entiendo que a partir del 17 de julio, fecha en la que la di de alta en la AEAT como mi domicilio fiscal, deja de imputarse la renta presunta de la vivienda. No hubo manera de que lo entendiera. Me dice que hay que calcularle la renta presunta de todo el año. El cálculo de esa renta siempre he entendido que se consigue multiplicando el interés legal del dinero, 3,25%, y dividendo su resultado entre 12 meses. ¿Estoy equivocado?
La funcionaria no lo calcula así.
Vendí unas acciones en junio. La plusvalía la dividí entre 12 meses y al montante global recibido en cuenta corriente le he aplicado el 3,25% y lo he dividido entre 12. Bueno pues según esta señora esos cálculos tampoco son correctos. Os pregunto. ¿La renta presunta de una vivienda o bien inmobiliario se calcula multiplicando el 3,25% al valor catastral y dividiendo el resultado entre 12 meses o existe otro cálculo? ¿Cuándo una segunda residencia pasa a ser vivienda habitual, automáticamente, desde la fecha del cambio, no se deja de aplicar esa renta? ¿Si vendes acciones no se divide la plusvalía entre 12 meses? ¿Al total del valor de las acciones, ingresadas en cuenta corriente, no se le aplica el 3,25% y se divide entre 12 para calcular el rendimiento presunto? Os agradecería vuestras respuestas porque yo ya no sé a que atenerme.
#3266

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tiene razón en todo.
Ni caso a lo que le digan de palabra, puede que la persona no tenga los conocimientos necesarios y esté hablando más de la cuenta.
Si le llega una suspensión que no debería hacerse, entonces reclamación previa y los letrados del SEPE arreglarán el desaguisado. Pero no debería llegarse a eso, el que estudie su declaración debería tener los conocimientos.
#3267

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias franjgr. Solo me queda una duda, cuando unas acciones dan dividendos se tiene en cuenta el bruto de este dividendo para calcular la renta, no hace falta aplicar la fórmula del interés legal del dinero por el total del valor económico de las acciones y dividirlo por 12 meses. 
#3268

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Cuando hay un interés explicito, como los dividendos, no se aplica interés presunto 
#3269

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Una consulta. Percibiendo el SBS +52, si rescatas un plan pensiones de +10 años, sin estar jubilado. Los ingresos del PP se consideran como rentas, y suspensión de 1 mes?.
Gracias por toda vuestra labor y esfuerzo

#3270

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Se consideran rentas los beneficios que haya dado ese plan de pensiones, los importes que usted fuera ingresando durante su duración no se consideran nueva renta.
Eso sí, el posible interés presunto a partir del mes siguiente será por el total rescatado del plan de pensiones.