#9121
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
"Si cobras en una cuenta en Andorra desconozco la normativa, pero posiblemente te refieras a que, si no hay retención en origen, en tu residencia te realicen una retención a cuenta del IRPF que después vas a pagar en Andorra."
Es correcto, este es el escenario al que me refiero, dado que no concibo (ojo, no quiere decir que no sea posible, pero yo desde luego no lo recomendaría por aquello de "ubicar el centro de intereses económico" en el país de tu residencia fiscal, que es uno de los criterios fundamentales que se toman en consideración al dirimir cuan robusta es dicha residencia fiscal ...) que un residente fiscal en Andorra (u otro país) mantenga su cuenta de valores en España:
"Pero entiendo que, hablando del impuesto español y cobrando los cupones en una cuenta en España de no residente, no te retienen ..."
Finalmente, sí, muy de acuerdo con esto:
"(eso si, tienes que aportar como bien dices antes del cobro del cupón el certificado de no residente emitido en ese ejercicio por el país de residencia, lo que te hace correr como gamo según terminas de tomarte la última uva)"
Es correcto, este es el escenario al que me refiero, dado que no concibo (ojo, no quiere decir que no sea posible, pero yo desde luego no lo recomendaría por aquello de "ubicar el centro de intereses económico" en el país de tu residencia fiscal, que es uno de los criterios fundamentales que se toman en consideración al dirimir cuan robusta es dicha residencia fiscal ...) que un residente fiscal en Andorra (u otro país) mantenga su cuenta de valores en España:
"Pero entiendo que, hablando del impuesto español y cobrando los cupones en una cuenta en España de no residente, no te retienen ..."
Finalmente, sí, muy de acuerdo con esto:
"(eso si, tienes que aportar como bien dices antes del cobro del cupón el certificado de no residente emitido en ese ejercicio por el país de residencia, lo que te hace correr como gamo según terminas de tomarte la última uva)"