Compañer@s, después de leeros me entra la duda de si aquellos que tienen rectificadas las rentas del 2019 al 2022 realizadas por funcionario público habilitado pero no presentadas ¿También quedan deshabilitadas?
Y si es así ... quiere decir que del 2025 al 2028, en campaña de renta, habilitarán un enlace para, de nuevo, volver a solicitar las devoluciones perteneciente a 2019 al 2022, tal como indican 👇
* En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.
* En 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
* En 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.
* En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.