porque es la primera rectificación de autoliquidación de las originales y hecha por funcionario habilitado.
Yo me refería, quizás no explicado con claridad, que esas declaraciones originales si ya antes del tema de mutualidades fueron objeto de solicitud de rectificación de autoliquidación por el contribuyente, independientemente del tema objeto de rectificación, nunca ha figurado en renta web esa primera rectificación de autoliquidación ya resuelta ni va a figurar y, por tanto tampoco figura ni va a figurar la segunda rectificación de autoliquidación que haya hecho el funcionario habilitado por el tema de las mutualidades.
Por otro lado, toda resolución de rectificación de autoliquidación de una declaración es comunicada al detalle al contribuyente afectad ya sea por correspondencia postal certificada o a través de notificaciones/expedientes del contribuyente en renta web. Y no puede ser de otra forma ya que la ley establece unos plazos para presentar recursos a esa resolución si no se está conforme con la misma