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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#43486

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Gran error. Tenías que haber solicitado tú la baja del padrón. Los y las "EX" siempre dando por cu... 



#43487

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

como va todo Poesiadeluna? si quieres me contestas por privado
#43488

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Sobre el padrón porque veo muchas causas de desestimación del IMV porque el ex/la ex a pesar de no vivir en el domicilio está empadronada en el mismo.Debéis saber que cualquier persona que tenga conocimiento de que un sujeto no reside en la vivienda en la que está empadronado, puede presentar una solicitud de baja en el padrón. En la solicitud debe facilitar cuanta información se conozca sobre el domicilio o paradero de la persona indebidamente inscrita.
Dependendiendo del Ayuntamiento, unas veces os pedirán el convenio regulador, otras una declaración jurada, o se presentará la. Policía local para verificar este extremo.
Cuanto antes lo hagáis mejor. Pq no afecta únicamente al IMV sino a otras cuestiones como por ejemplo algl tan simple  como las becas de comedor.  
 











#43489

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital


Pues vengo de ver a la abogada.
1° Me dice que no entiende porque me la deniegan si salgo yo solo en el padrón. 
2° Que pasado el plazo de 30 días desde la no respuesta a la reclamación, no puedo demandar sin resolución expresa. Que tengo que esperar.
3° Y si no resuelven.....

Menuda engañifa todo. Le enseñó la carta del defensor del pueblo donde dicen que a partir de los 30 días me ponga en contacto con ellos pero no me dicen que es el plazo legal de denuncia y se me queda mirando.
Vaya manera de defenderme no? Le respondo. Un año de correos para nada. Osea que como dice siempre @nenuca02, palante siempre.

Me dice que haga un escrito donde solicite resolución expresa. En diez días tengo cita de nuevo. A ver cómo me mienten esta vez.
Saludos.
#43490

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

"Como hemos visto, la Seguridad Social tiene un plazo de 45 días hábiles para contestar la reclamación previa. Pueden suceder dos cosas:

-Que el INSS emita resolución rechazando la reclamación y se la notifique al ciudadano o bien,

-que pasen los 45 días hábiles y no hay contestación del INSS. En ese caso se interpretará como silencio administrativo negativo, es decir, como solicitud rechazada.

En ambos casos, queda terminada la vía administrativa y la única opción que le queda al solicitante de la ayuda es acudir a los Tribunales, presentando una demanda judicial contra el INSS en los Juzgados de lo Social.

Es muy importante recordar que la demanda judicial hay que presentarla en los 30 días hábiles siguientes a recibir la resolución por la que el INSS rechazaba la reclamación previa (o desde el día que se entienda denegada por el silencio administrativo negativo). Si se deja pasar este plazo, no es posible ya presentar la demanda."

De este enlace que puse muchas veces:
https://loentiendo.com/como-reclamar-por-ingreso-minimo-vital-denegado/

#43491

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

El asunto es que mi caso lo llevaba el defensor del pueblo y a él si le contestaron diciendo que estaba pendiente de resolución, por lo que yo entendía que no había silencio administrativo.
Mi pregunta sigue siendo: Están obligados a responder las solicitudes. También están obligados a responder las reclamaciones?
Mi abogada me dice que si, pero con la boca pequeña...
Muchas gracias por responder, en su día no lo vi.
#43492

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Después de los 45 dias no estan obligados a nada, pero seguramente contestaran y entonces podras poner la demanda. Han dicho que lo harian y lo estan haciendo pero no hay garantia, en cualquier momento pueden dejar de hacerlo. Lo mismo pasa con las solicitudes a los seis meses. Otra cosa es que pasara en comunidades que se van a hacer cargo del ingreso.
#43493

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Vamos a ver Bifidus1. Lo que dice Doggie es a partir de la reclamación, no antes. Si no tienes una resolución de tu solicitud, a tu favor o en contra, NO PUEDES RECLAMAR porque no sabes el motivo por el que en su caso(espero y confío que no) te la deniegan. 
Eso es muy lógico. Con todo el cariño y el respeto que te tengo, te diré que has perdido mucho tiempo con el defensor del pueblo, pero ya está hecho. 
En cuanto al padrón, yo también salía sola porque mi hermano ya había iniciado la solicitud de empadromiento en su lugar de residencia, pero al cruzar datos con el INE, estábamos en la misma vivienda. No obstante   no creo que este fuera tu caso.
Tú si no me equivoco tenías una habitación en un domicilio alquilada sin tener nada que ver con ellos. Y que yo sepa no has iniciado otra solicitud. Pues ahí es donde tienes que incidir y demostrar que no tenias nada que ver con la famlia.
La estrategia de tu abogada, no es mala. Está forzando la resolución. Lo que no significa que te hagan caso.
Una vez tengas la resolución "destimatoria" (que no lo creo de verdad) es cuando se procede como te ha dicho Doggie.

En el plazo de 30 días hábiles presentas reclamación previa y aportas las pruebas pertinentes. Y a los 45 días hábiles, si no te han contestado entiendes que se ha producido el silencio administrativo y presentas en el plazo de 30 días hábiles reclamación judicial. 

Me he explicado? 
#43494

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Bifidus1 olvida lo que te he dicho pq veo que has presentado ya  reclamación y además lo has vuelto a solicitar. Así que dime para cual de las solicitudes has pedido la asistencia jurídica gratuita y en que punto te encuentras exactamente. 
De todas formas el ministro Escrivá ya dijo que n o habrá silencio administrativo y que se contestará a todas las reclamaciones. 
#43495

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Bifidus1 dile a tu abogada que a partir de los 45 días hábiles puede y debe poner demanda judicial. Yo lo hice así que es como marca la ley que se haga. Además en una parte de mi demanda pone "que doña menganita puso reclamación el día" X" a la que todavía no se le ha dado contestación ". 


#43496

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Mi cronología es esta:
- Junio 2020 solicitud
- Marzo 2021 denegación
- Abril 2021 reclamación previa
- Julio 2021 SS contesta al def pueblo diciendo que está a la espera de resolución.
- Cambio de domicilio
- Marzo 2022 nueva solicitud 
- Julio 2022. Abogada me dice que se pasó el plazo y que sólo queda esperar a que resuelvan.
También entiende que si resuelven será a mí favor. Lo que yo entiendo es que no me lo quieren dar y está en un cajón. Lo único que me da esperanza es que mi solicitud original ha pasado de denegada a otros. La segunda pone en estudio, no duplicada.
El día 15 tengo cita, aunque no sé para que la verdad.
La abogada me ha dicho que presente un escrito solicitando resolución expresa. No sé qué poner ya, es todo tan ridículo.
#43497

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola haber si me podéis ayudar me he separado y estoy aquí. La espera que me llame el juzgado a firmar la sentencia, puedo solicitarlo sin la sentencia firme ya que estoy esperando a qe me citen en el juzgado y estoy sola con tres niños
#43498

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola buenos días me acaban de enviar un sms y no sé qué significa!!! Es el último sms
#43499

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

si que puedes solicitarlo sin la sentencia, has tenido ya el juicio? por que si es así no te preocupes que vas a tener mucho antes el papel del juzgado que cualquier notificación de la seguridad social. eso sii, si tu ex pareja trabaja y está en el padrón te la denegarán, me pasó ami la primera vez que la solicité en noviembre y tuve que hacer otra en febrero y aun estoy a la espera, he tenido tiempo a tener el juicio y todoo la semana pasada.... asi que assegurate de que solo salgais tu y tus hijos! tengo entendido que te pedirán el convenio regulador en algún momento (ami aún ni eso, llevo 5 meses de espera t creo que irá para largo) para saber quien tiene la custodia y la cuantía de la pensión de alimentos para calcular cuanto imv te corresponde, por que la pensión te la descontarán del imv en caso de la custodia sea exclusiva para ti. 
#43500

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pero porqué sois tan rápidos para poner nueva solicitud?
Si sabes que cumples los requisitos en la solicitud de 2020 persiste en ella. Ahí era el momento de una vez que a los 45 días no te han contestado, presentar demanda judicial. Insiste en la primera. Perdona, pero tu abogada no se entera.
Si quieres te hago yo el escrito.