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Casillas doble imposicion internacional

52 respuestas
Casillas doble imposicion internacional
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Casillas doble imposicion internacional
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#41

Re: Casillas doble imposicion internacional

He consultado la aplicación en este caso del régimen de transparencia fiscal internacional casilla 585 y "NO ES DE APLICACIÓN", para que nadie la utilice.
un saludo

#42

Re: Casillas doble imposicion internacional

Alguien puede explicarme como funciona la deduccion por doble imposicion internacional (redimientos del trabajo) ?

Trabajo para una empresa de Uk y me pagan alli pero vivo en España por lo que soy residente Español. Entiendo que los ingresos por trabajo y retenciones se meten en la casilla 001 del Padre y la deduccion por doble imposicion en la casilla 583 tipo 1 (redimientos del trabajo), cuando aparece el desplegable en Rendimiento neto pongo solo lo que percibo Neto en el extrenjero y en Impuestos satisfechos en el extranjero, lo que me ha quitado alli la empresa al pagarme (equivalente IRPF).

Al hacer esto no espero que hacienda me devuelva dinero que he pagado en UK, entiendo que esto vale para no volver a pagar por lo que cobras, sin embargo sale a que hacienda me devuelve, algo tiene que haber mal.

Alguien en una situacion parecida ?
Cada vez que llamo a hacienda no saben como ayudar...

Gracias

#43

Re: Casillas doble imposicion internacional

Creo que las retenciones que te han practicado en el extranjero (ya que no son para el fisco español) no se meten en el apartado normal de retenciones, sólo en lo de la deducción de doble imposición en impuestos pagados en el extranjero. Al ponerlo así, como mucho te devolverán las retenciones del capital mobiliario si procede. Es decir, en la 001 se mete el importe neto recibido ya descontadas las retenciones y gastos deducibles que hayas pagado allí, y no se rellena nada más.
Así lo interpreto yo.

Un saludo

#44

Re: Casillas doble imposicion internacional

Gracias Leopol72

Desde luego lo que dices tiene mucha logica. Sin embargo cuando llamo a hacienda me dicen que en la casilla 001 complete los ingresos brutos percibidos fuera, las retenciones que me aplican y lo que pago a la seguridad social en el extranjero, lo cual probablemente como dices no este bien y tan solo haya que poner los ingresos netos descontando retenciones y seguridad social y luego aparte en la 583 especificarlo bien.

Lo he probado como dices y el resultado final sale bastante mas balanceado, basicamente ni me devuelven ni pago, lo cual entiendo es lo que deberia pasar.

Me parece mas logico lo que me dices tu que lo que me cuenta hacienda cuando llamo al tlf de informacion.
Si pongo las retenciones en la 001 y en la 583 tiene logica que me devuelvan una de esas retenciones que es lo que me ocurria ya que estaria pagando dos veces lo mismo.

Gracias

Si alguien que este en una situacion parecida lo puede confirmar lo agradeceria.

Gracias.

#45

Re: Casillas doble imposicion internacional

He estudiado el tema porque me voy a tener que enfrentar a él el año que viene, pero por desgracia no he encontrado confirmación a mis suposiciones, y encima no puedes confiar en lo que te digan en el tlf de la AEAT. A ver si alguien puede responder por experiencia propia a ver cómo lo ha hecho, porque la teoría es relativamente fácil, pero en ningún sitio he encontrado la solución a la parte práctica de como meter los datos en el PADRE.

Un saludo

#46

Re: Casillas doble imposicion internacional

Acabo de hacer la declaración, consulta incluida a la AEAT. Como estoy afectado por la doble imposición, os explico cómo lo he hecho, y cómo me lo han explicado en Hacienda.

Datos: He obtenido unos dividendos de unas acciones de 717,35 euros brutos de los cuales me han retenido 150,65 en España y 126,60 en los USA. ¿Cómo se declara esto?

Primero, en los rendimientos de capital inmobiliario, me han indicado que lo declare en la casilla 24 (Dividendos....), aunque el año pasado otra amable señorita me indicó que lo declarase en la 22 (como los intereses de depósitos y cuentas normales). En ambas casillas, en mi caso el resultado de la declaración es equivalente. Puede que con otras cantidades, no.

Segundo, en la casilla 583 (Pag. 15 Deducciones por doble imposición...) , seleccionamos el tipo 2, y pinchamos en Desglose. Rellenamos la casilla de "Otras rentas obtenidas en el Extranjero" con la cantidad bruta (717,35 en mi caso) y bajo, en "Impuesto satisfecho en el extranjero", la retención en origen (126,60).

Y ya está. Espero que os sirva.

#47

Re: Casillas doble imposicion internacional

Interesante, pero no sé si es trasladable al 100% a rendimientos del trabajo, que es lo que estoy buscando. Gracias

Un saludo

#48

Re: Casillas doble imposicion internacional

Si lo haces así no te devuelven la retención en origen . Comprueba el resultado final de la declaración con desgravación y sin ella.